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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

AYUNTAMIENTO DE MARRATXÍ

Núm. 618433
Revocación de la delegación de competencias en las áreas de Urbanismo y Comunicación

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Texto

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 44, 46 i 52 del Reglamento de Organización Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Corporaciones Locales vigente, se publica el decreto de la Alcaldía sobre Revocación de la delegación de competencias de las áreas de Comunicación y Urbanismo, que a continuación se transcribe:

Decreto de la Alcaldía

Revocación de la delegación de competencias área Comunicación y Urbanismo

Vistos los artículos 9 y 12 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen jurídico del sector público así como el artículo 43 del Real decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales.

Dado que con fecha 14-05-2024 se dictó un nuevo Decreto de delegación de competencias a favor de los concejales en el que el Alcalde se reserva y no delega las áreas de Comunicación y Urbanismo.

Dado que en fecha 20-05-2024 se dictó un Decreto mediante el cual el Alcalde por motivos personales delegaba de forma puntual y por tiempo determinado a partir del día 20 de mayo de 2024 las funciones inherentes a las áreas de Comunicación y Urbanismo.

Esta concejalía, de conformidad con el Decreto de Alcaldía de fecha 14 de mayo de 2024 y 20 de mayo de 2024 de delegación de firma a varios concejales del Ayuntamiento, así como de las competencias que se reserva el alcalde, tiene a bien dictar lo siguiente:

1. Revocar la delegación de competencias inherentes a las áreas de Comunicación y Urbanismo decretada mediante Decreto de Alcaldía núm. 2024/2387 de fecha 20-05-2024.

2. Esta revocación de competencias surtirá efectos a partir del día 16-09-2024.

3. Que se dé cuenta de esta Resolución en la primera sesión del Ayuntamiento Pleno que se celebre, así como que se comunique al resto de áreas municipales e interesados para que tomen conocimiento.

4. La presente resolución deberá ser publicada en el BOIB y en la sede electrónica municipal.

Lo manda y firma el Alcalde del Ayuntamiento de Marratxí. Doy fe”

 

Marratxí, (firmado electrónicamente:18 de septiembre de 2024)

El alcalde Jaime Llompart Caldés