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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección II. Autoridades y personal

Subsección segunda. Oposiciones y concursos

AYUNTAMIENTO DE SANTANYÍ

Núm. 618085
Contratación de las personas que han superado el proceso selectivo de estabilización por el sistema extraordinario de concurso de méritos para cubrir seis plazas de operario de cometidos polivalentes, de nivel profesional 5, personal laboral fijo del Ayuntamiento de Santanyí

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Texto

Por Decreto de Alcaldía núm. 2024/1570, de fecha 16 de septiembre de 2024, se ha resuelto lo siguiente:

«CONTRATACIÓN DE LAS PERSONAS QUE HAN SUPERADO EL PROCESO SELECTIVO DE ESTABILIZACIÓN POR EL SISTEMA EXTRAORDINARIO DE CONCURSO DE MÉRITOS PARA CUBRIR SEIS PLAZAS DE OPERARIO DE COMETIDOS POLIVALENTES, DE NIVEL PROFESIONAL 5, PERSONAL LABORAL FIJO DEL AYUNTAMIENTO DE SANTANYÍ

Decreto

En la villa de Santanyí, la Alcaldesa que suscribe, Sra. Maria C. Pons Monserrat, en presencia del secretario de la Corporación, dicta lo siguiente:

Antecedentes

1. Vista la convocatoria del proceso de estabilización por concurso extraordinario de méritos para cubrir catorce plazas de personal laboral del Ayuntamiento de Santanyí, cuyas bases se publicaron en el BOIB núm. 160, de 10 de diciembre de 2022, y cuyo anuncio se publicó en el BOE núm. 307, de 23 de diciembre de 2022.

2. Visto que seis de estas catorce plazas son de operario de cometidos polivalentes.

3. Visto que, en fecha 24 de marzo de 2023, se publicó en la página web de la Corporación la lista provisional de personas admitidas y excluidas.

4. Visto que, en fecha 12 de mayo de 2023, se publicó la lista definitiva de personas admitidas y excluidas en la convocatoria mencionada, junto con las actas del tribunal en relación con las listas provisionales de los méritos alegados en la declaración responsable (autobaremo).

5. Visto que, en fecha 21 de junio de 2023, se publicó la lista informativa del orden de los aspirantes, de acuerdo con la puntuación resultante de los méritos alegados en la declaración responsable de autobaremación.

6. Visto que, en fecha 26 de septiembre de 2023, el tribunal calificador publicó el acta de aprobación de la lista provisional con las puntuaciones obtenidas en las seis plazas de operario de cometidos polivalentes.

7. Visto que, en fecha 9 de febrero de 2024, el tribunal publicó el acta de elevación a la alcaldesa de la propuesta de personas aspirantes que han superado el concurso extraordinario de méritos para cubrir seis plazas de operario de cometidos polivalentes.

8. Visto que, en fecha 11/09/2024, por Resolución de Alcaldía núm. 2024/1547 se ha aprobado la lista definitiva de personas aspirantes que han superado este proceso selectivo.

9. Visto el informe de fiscalización favorable emitido por la Intervención de este Ayuntamiento.

Fundamentos de derecho

- Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.

- Ley 20/2006, de 15 de diciembre, municipal y de régimen local de las Illes Balears.

- Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento común de las administraciones públicas.

- Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público.

- Real Decreto 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores.

- Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico de el Empleado Público.

- Decreto ley 6/2022, de 13 de junio, de nuevas medidas urgentes para reducir la temporalidad en el empleo público de las Illes Balears.

- Base 16.2 y 16.3 de la convocatoria del proceso de estabilización por concurso extraordinario de méritos a cubrir catorce plazas de personal laboral del Ayuntamiento de Santanyí, cuyas bases se publicaron en el BOIB nº. 160, de 10 de diciembre de 2022.

En consecuencia,

RESUELVE

Primero. Contratar de acuerdo con la base 16.2 de la convocatoria del proceso de estabilización por concurso extraordinario de méritos para cubrir catorce plazas de personal laboral del Ayuntamiento de Santanyí y la Resolución de Alcaldía núm. 2024/1547, a las siguientes personas:

- Pedro Antonio Mas Manresa, con DNI ***1712**, como personal laboral fijo, operario de cometidos polivalentes de 1ª, de nivel profesional 5, del Ayuntamiento de Santanyí.

- Simón Esquinas Rigo, con DNI ***2171**, como personal laboral fijo, operario de cometidos polivalentes de 2ª, de nivel profesional 5, del Ayuntamiento de Santanyí.

- Juan Rigo Adrover, con DNI ***0649**, como personal laboral fijo, operario de cometidos polivalentes/jefe de la brigada de Cala d'Or, de nivel profesional 5, del Ayuntamiento de Santanyí.

- Antonio Vallbona Bonet, con DNI ***1777**, como personal laboral fijo, operario de cometidos polivalentes de 2ª, de nivel profesional 5, del Ayuntamiento de Santanyí.

- Miguel Rigo Adrover, con DNI ***8586**, como personal laboral fijo, operario de cometidos polivalentes de 2ª, de nivel profesional 5, del Ayuntamiento de Santanyí.

- Juan Miguel Adrover Vila, con DNI ***4410**, como personal laboral fijo, operario de cometidos polivalentes de 2ª, de nivel profesional 5, del Ayuntamiento de Santanyí.

Segundo. Ordenar la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears, a efectos oportunos. Las personas contratadas dispondrán de un plazo de tres (3) días hábiles, contados a partir del día siguiente a la publicación, para firmar el contrato».

Lo que se hace público de acuerdo con lo establecido en la base 16.2 de las que han regido el proceso selectivo.

Contra esta resolución las personas interesadas podrán interponer un recurso potestativo de reposición ante este Ayuntamiento, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de la publicación, de conformidad con lo que disponen los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas. También podrán interponer alternativamente un recurso contencioso administrativo ante el Juzgado Contencioso Administrativo con sede en Palma, en el plazo de dos meses, de conformidad con lo que establecen los artículos 30, 112.3 y 114.1.c) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y 8, 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa. En caso de optar por interponer el recurso de reposición no se podrá interponer un recurso contencioso administrativo hasta que se haya notificación la resolución expresa del recurso de reposición o haya transcurrido un mes desde su interposición sin haber recibido la notificación, fecha en la que se podrá entender desestimado por silencio administrativo. Todo ello sin perjuicio de que puedan interponer cualquier otro recurso que estimen oportuno.

 

Santanyí, (firmado electrónicamente: 25 de septiembre de 2024)

La alcaldesa Maria C. Pons Monserrat