Sección II. Autoridades y personal
Subsección segunda. Oposiciones y concursos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDADES
Núm. 617672
Resolución del director general de Personal Docente y Centres Concertados de 20 de septiembre de 2024 por la cual se modifica la Resolución del director general de Personal Docente y Centres Concertados de 24 de enero de 2024 por la cual se aprueba la convocatoria pública para formar una bolsa de aspirantes a funcionarios interinos docentes con el fin de cubrir, en todas las islas, vacantes y sustituciones de todas los especialidades o funciones en centros públicos de enseñanza no universitaria dependientes de la Consejería de Educación y Universidades del Gobierno de las Illes Balears para el curso 2024-2025
Hechos
1. En el Boletín Oficial de las Illes Balears nº 16, de 1 de febrero de 2024, se publicó la Resolución del director general de Personal Docente de fecha 24 de enero de 2024 por la cual se aprueba la convocatoria pública para formar una bolsa de aspirantes a funcionarios interinos docentes con el fin de cubrir, en todas las islas, vacantes y sustituciones de todas las especialidades o funciones en centros públicos de enseñanza no universitaria dependientes de la Consejería de Educación y Universidades del Gobierno de las Illes Balears para el curso 2024-2025.
2. Esta Resolución fue rectificada por la Resolución del director general de Personal Docente y Centros Concertados de 14 de febrero de 2024 (BOIB nº 30, de 29 de febrero) y por la Resolución del director general de Personal Docente y Centros Concertados de 31 de mayo de 2024 (BOIB nº 74, de 1 de junio).
3. Debido a la adjudicación de plazas a funcionarios de carrera docentes que están como aspirantes a profesores interinos en otro cuerpo se ha producido un gran número de renuncias a las plazas adjudicadas lo cual hace que la plaza adjudicada a este funcionario quede sin cubrir y alargue el proceso de sustituciones. Esto hace necesario complementar la base 16 del anexo 1 de la mencionada Resolución referida a la situación de los aspirantes a la bolsa.
Fundamentos de derecho
1. Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
2. La Ley Orgánica de educación 2/2006, modificada por la Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre, para la cual se modifica la Ley Orgánica de educación (LOMLOE).
3. Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
4. La Ley 1/2022, de 8 de marzo, de educación de las Illes Balears.
Por todo esto, dicto la siguiente
RESOLUCIÓN
1. Añadir un nuevo punto en el apartado 16.3 del anexo 1 de la Resolución del director general de Personal Docente y Centros Concertados de 24 de enero de 2024 por la cual se aprueba la convocatoria pública para formar una bolsa de aspirantes a funcionarios interinos docentes con el fin de cubrir, en todas las islas, vacantes y sustituciones de todas las especialidades o funciones a centros públicos de enseñanza no universitaria dependientes de la Consejería de Educación y Universidades del Gobierno de las Illes Balears para el curso 2024-2025 quedando de la siguiente manera:
16.3. f) Los aspirantes funcionarios de carrera de cualquier cuerpo docente.
2. Establecer que esta resolución tendrá efectos desde el mismo día de su publicación en la web de la Dirección General de Personal Docente y Centros Concertados.
3. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de les Illes Balears.
Interposición de recursos
Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante el director general de Personal Docente y Centros Concertados en el plazo de un mes contador desde el día siguiente a haberse publicado en el BOIB, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y los artículos 25.5 y 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, del Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.
También se puede interponer directamente un recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo contencioso-administrativo en el plazo de dos meses contadores desde el día siguiente a la publicación en el *BOIB, de acuerdo con los artículos 8 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción contencioso-administrativa.
Palma, a fecha de la firma electrónica (20 de septiembre de 2024)
El director general de Personal Docente y Centros Concertados Ismael Sánchez Alonso