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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDADES

Núm. 614127
Resolución del director general de Personal Docente y Centros Concertados por la cual se convoca la inscripción al subprograma Primària Emprèn del programa de formación e innovación educativa IemprènJove

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Texto

Hechos

1 Dentro del marco de los 17 Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS), se implanta la Agenda Balear 2030 como un plan de acción integral y transformador orientado a favorecer el desarrollo que definirá las Illes Balears de los próximos años. Y lo hace dentro de los parámetros de seguimiento establecidos en el contexto internacional gracias a la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible, aprobada por la ONU en 2015.

2 Para potenciar el carácter transformador de una escuela preocupada por la sostenibilidad social y por el desarrollo integral del alumnado desde una perspectiva del aprendizaje entre iguales, adecuada a los ODS de la Agenda Balear 2030, es conveniente la unificación de las convocatorias de programas de formación e innovación y de programas educativos de los centros.

3 La Instrucción 2/2024 IemprènJove establece los objetivos, modalidad y línea estratégica, destinatarios, descripción del programa y actividades, compromisos de los centros, valoración de las solicitudes, selección de los centros, etc.

4 Entre el 9 y el 20 de septiembre se ha informado los centros seleccionados que imparten educación Primaria sobre la posibilidad de ampliar grupos al subprograma Primaria Emprèn de acuerdo con lo que establece la Instrucción 2/2024.

5 Una vez informados los centros seleccionados de la posibilidad de ampliar grupos, quedan plazas disponibles para que puedan participar 10 grupos más.

6 Resolución de la directora general de Primera Infancia, Atención a la Diversidad y Mejora Educativa y del director general de Personal Docente y Centros Concertados de día 17 de mayo de 2024 por la cual se aprueban las bases de la convocatoria unificada de programas de formación e innovación educativa, programas educativos y del Programa de Mejora y Transformación para el curso 2024-2025 dirigida a los centros docentes sostenidos con fondos públicos que imparten enseñanzas no universitarias de las Illes Balears (BOIB núm. 67 de 21 de mayo de 2024).

Fundamentos de derecho

1 La Ley orgánica 3/2020, de 29 de diciembre, por la cual se modifica la Ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación (BOE núm. 340, de 30 de diciembre de 2020).

2 La Ley 1/2022, de 8 de marzo, de educación de las Illes Balears (BOIB núm. 38, de 17 de marzo de 2022).

3 El Decreto 41/2016, de 15 de julio, por el cual se regula la formación permanente del profesorado de la enseñanza no universitaria de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB núm. 90, de 16 de julio de 2016).

4 El Decreto 4/2023, de 13 de febrero, por el cual se aprueba el Reglamento orgánico de las escuelas infantiles públicas, los colegios de educación primaria, los colegios de educación infantil y primaria, los colegios de educación infantil y primaria integrados con enseñanzas elementales de música, los colegios de educación infantil y primaria integrados con educación secundaria y los institutos de educación secundaria de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB núm. 21, de 16 de febrero de 2023).

5 Decreto 1/2024, de 4 de enero, de la presidenta de las Illes Balears por el cual se modifica el Decreto 12/2023, de 10 de julio, de la presidenta de las Illes Balears, por el cual se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, modificado por el Decreto 16/2023, de 20 de julio, y por el Decreto 17/2023, de 23 de agosto (BOIB núm. 3 de 5 de enero de 2024).

6 La Orden del consejero de Presidencia de 2 de diciembre de 2002, dictada a propuesta del consejero de Hacienda y Presupuestos y del consejero de Educación y Cultura, de despliegue del Decreto 110/2002, de 2 de agosto, por el cual se regula el procedimiento para llevar a cabo la autonomía de gestión económica de los centros docentes públicos no universitarios de la Consejería de Educación y Cultura de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB núm. 148, de 10 de diciembre de 2002).

7 La Orden del consejero de Educación y Universidad de 24 de abril de 2017 por la cual se regula la homologación, el reconocimiento, la certificación y el registro de la formación permanente del profesorado no universitario de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB núm. 54, de 6 de mayo de 2017), modificada por la Orden del consejero de Educación y Formación Profesional de 14 de abril de 2021 de modificación de la Orden del consejero de Educación y Universidad de 24 de abril de 2017 por la cual se regula la homologación, el reconocimiento, la certificación y el registro de la formación permanente del profesorado no universitario de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

8 Resolución de la directora general de Primera Infancia, Atención a la Diversidad y Mejora Educativa y del director general de Personal Docente y Centros Concertados de día 17 de mayo de 2024 por la cual se aprueban las bases de la convocatoria unificada de programas de formación e innovación educativa, programas educativos y del Programa de Mejora y Transformación para el curso 2024-2025 dirigida a los centros docentes sostenidos en fondos públicos que imparten enseñanzas no universitarias de las Illes Balears (BOIB núm. 67 de 21 de mayo de 2024).

9 La Resolución del consejero de Educación y Universidades del 7 de septiembre de 2024, a propuesta del director general de Personal Docente y Centros Concertados, por la cual se aprueba el Plan cuatrienal de formación permanente del profesorado 2024-2028 (BOIB núm. 119 de 10 de septiembre de 2024).

10 La Instrucción 2/2024 IemprènJove del director general de Personal Docente y Centros Concertados para el desarrollo del Programa IemprènJove para el curso 2024-2025. Esta misma Intrucción regula la solicitud y desarrollo del programa de formación e innovación educativa IemprènJove, prevé al artículo noveno , en lo referente a la selección de centros, que un golpe finalizado el proceso de selección, si no se ha llegado al número máximo de grupos, se podrán ofrecer las plazas sobrantes a los centros seleccionados hasta completar el máximo establecido.

Por todo esto, dicto la siguiente

Resolución

1 Aprobar esta convocatoria de inscripción al subprograma Primaria Emprèn.

2 Establecer que el plazo para presentar las solicitudes y la documentación es de siete días naturales a contar desde la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears

3 Aprobar el anexo I sobre el procedimiento a seguir para solicitarlo.

4 Ordenar la publicación de esta Resolución  y su anexo en el Boletín Oficial de las Illes Balears y a la página web de la Dirección general de Personal Docente y Centros Concertados.

Interposición de recursos

Contra esta Resolución, que no agota la vía administrativa, las personas interesadas pueden interponer un recurso de alzada ante el consejero de Educación y Universidades en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación de  esta Resolución, de acuerdo con el que establecen los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y el artículo 58 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

 

(Firmado electrónicamente: 23 de septiembre de 2024)

El director general     Ismael Alonso Sánchez

 

 

ANEXO 1

El programa «IemprènJove» potencia la autonomía personal, la capacidad de liderazgo, la creatividad, el trabajo cooperativo y la innovación como habilidades necesarias para potenciar actitudes emprendedoras que pueden conducir a la detección y la  identificación de oportunidades, poniendo en valor las propias ideas que se materializan a través de los diferentes subprogramas.

Primero Objetivos

1. Fomentar la creatividad, la innovación y la responsabilidad social.

2. Impulsar la cooperación entre los alumnos y atender la diversidad presente en las aulas.

3. Estimular el aprendizaje basado en proyectos y retos a través de la práctica.

4. Emplear tecnologías de la información y la comunicación como instrumento de iniciativas emprendedoras.

5. Potenciar el espíritu emprendedor y las habilidades para la vida y adquirir hábitos y conductas de manera autónoma a través del desarrollo de las capacidades emprendedoras.

6. Concienciar toda la comunidad educativa de la relevancia de las aptitudes emprendedoras.

Segundo Modalidad y línea estratégica

Modalidad de formación: programa de experiencia formativa (PEF).

Línea estratégica correspondiente al Plan Cuatrienal de Formación Permanente del Profesorado vigente en el momento de la realización del Programa.

ODS: 5. Igualdad de género, 8. Trabajo digno y medio económico, 10. Reducción de las desigualdades y 12. Consumo y producción responsable.

Tercero Destinatarios

Centros docentes sostenidos con fondos públicos dependientes de la Consejería de Educación y Universidades que imparten enseñanzas no universitarias regulados por la Ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación, modificada por la Ley orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la mejora de la calidad educativa, que imparten educación primaria, secundaria (ESO , ESPA) y Formación Profesional en el ámbito de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears durante el curso 2024-2025.

Cuarto Descripción del programa y actividades

1. Este programa se desarrolla mediante la colaboración del Servicio de Formación Permanente del Profesorado y el Instituto de Innovación Empresarial (IDI).

2. El programa propone una metodología en que los alumnos son los protagonistas y el centro del propio aprendizaje, lo cual se basa en un trabajo desde la práctica en que el aprendizaje es activo, cooperativo y significativo con una clara vertiente inclusiva, y en que la relación entre el centro educativo y los acontecimientos del entorno más cercano es muy presente. El papel de los profesores en el proceso es de apoyo, asesoramiento y propuesta de retos.

3. Los centros pueden desarrollar el programa mediante el subprograma:

Primaria Emprèn – 5º y 6º de Primaria

Se propone un programa con el que mediante la educación en habilidades sociales y desarrollo personal el grupo clase creará una cooperativa que estudiará su entorno, detectará necesidades socio ambientales y definirá una idea para la creación. El grupo dispondrá del asesoramiento de un consultor externo al centro especialista en habilidades sociales y emprendimiento.

 

Quinto​​​​​​​ Compromisos de la Consejería de Educación y Universidades (además de los incluidos a la resolución conjunta)

1. Colaborar en la planificación y el desarrollo de la formación inicial del programa.

2. Impulsar la elaboración de material didáctico competencial y difusión de buenas prácticas.

3. Colaborar en la evaluación del proceso y resultados del programa.

4. Participar en el proceso de selección de los Premios IemprènJove.

5. Certificar 30 horas de formación permanente del profesorado a los docentes participantes evaluados positivamente.

Sexto Compromisos de la Consejería de empresa, Ocupación y Energía, mediante el Instituto de Innovación Empresarial (IDI)

1. Planificar la formación inicial del programa.

2. Asesorar y orientar en aspectos técnicos propios del programa.

3. Asignar un tutor externo en el centro para guiar el proceso.

4. Aportar el material didáctico necesario en los centros.

5. Evaluar el proceso y los resultados del programa.

6. Hacer difusión de las buenas prácticas desprendidas de esta convocatoria.

7. Convocar los Premios Iemprènjove para valorar el esfuerzo y dar visibilidad a los proyectos.

Séptimo Compromisos de los centros (además de los incluidos a la resolución conjunta)

1. Designar el docente que tiene que tutorizar cada grupo clase admitido en el programa.

2. Los docentes participantes tienen que asistir a las sesiones de la formación presencial, participar activamente, implementar el programa al aula, asistir a las tutorías organizadas por el Instituto de Innovación Empresarial y a las sesiones de coordinación y presentar la memoria correspondiente.

3. Comunicar por escrito al Instituto de Innovación Empresarial (IDI) cualquier modificación significativa en la aplicación del programa.

​​​​​​​Octavo Plazo y presentación de la solicitud

El plazo de presentación de la solicitud y la documentación es de siete días naturales a contar desde la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears

Noveno Valoración de las solicitudes

Los centros educativos interesados pueden solicitar la participación en el programa  a través de un trámite abierto a la página web de la Dirección general de Personal Docente y Centros Concertados (http://sfpp.caib.es)

Pueden formalizar la solicitud telemática mediante el sistema de identidad electrónica para las administraciones: Cl@ve, DNI electrónico o certificado digital.

En esta solicitud cada centro tiene que adjuntar los datos siguientes:

a DATOS DEL CENTRO: NIF, CÓDIGO, NOMBRE, TELÉFONO, DIRECCIÓN ELECTRÓNICA, DIRECCIÓN POSTAL, CÓDIGO POSTAL, MUNICIPIO, LOCALIDAD E ISLA.

b DATOS DEL REPRESENTANTE:  NIF, NOMBRE Y APELLIDOS.

c PERSONA DE CONTACTO: NIF, NOMBRE Y APELLIDOS, CORREO ELECTRÓNICO Y TELÉFONO.

Décimo Procedimiento a seguir para la presentación de solicitudes

1. Para instruir el procedimiento derivado de esta convocatoria se constituye una comisión de valoración integrada por los miembros siguientes:

a) El jefe de Servicio de Formación Permanente del Profesorado o quien delegue, que actuará como presidente.

b) La directora del Instituto de Innovación Empresarial de las Illes Balears, o la persona en quien delegue.

c) Un técnico o técnica del Instituto de Innovación Empresarial de las Illes Balears.

d) Un asesor o asesora del Servicio de Formación Permanente del Profesorado, que actuará como secretario.

2. La Comisión de Valoración también podrá convocar a las sesiones otras personas que, por razones técnicas, estén implicadas en el programa.

3. Son funciones de la Comisión de Valoración:

a) Examinar las solicitudes presentadas y confeccionar la lista provisional con los centros admitidos.

b) Requerir a los solicitantes para que completen la documentación preceptiva o que rectifiquen las deficiencias detectadas a la solicitud.

c) Comprobar que los centros cumplen los requisitos y las obligaciones del programa.

d) Resolver las alegaciones recibidas  y confeccionar la lista definitiva de centros admitidos.

Undécimo Resolución del Procedimiento

1. La Comisión de Valoración tiene que seleccionar:

a.  Un máximo de 10 grupos clase para el subprograma Primaria Emprèn con un máximo de 2 grupos clase por centro solicitante.

2. La selección tiene que seguir los criterios siguientes:

a. Centros participantes con dos grupos clase.

b. Orden de inscripción de la solicitud de participación

Duodécimo Selección de los centros

Después de resolver las alegaciones se publicarán las listas definitivas de centros admitidos en la web de la Dirección general de Personal Docente y Centros Concertados (http://sfpp.caib.es)

Decimotercero Finalización del programa

Una vez finalizado el desarrollo del programa, el profesorado que participa tiene que rellenar el formulario-memoria a la plataforma digital del programa, que contendrá la información siguiente:

— Grado de logro de los objetivos planteados

— Valoración de los profesores

— Valoración del/de la consultor/a de el programa

Servicio responsable de la coordinación  

Servicio de Formación Permanente del Profesorado:

sfpp@dgpdocen.caib.es

cribotbinimelis@dgpdocen.caib.es    cbergasbauza@dgpdocen.caib.es

Tel. 971 17 77 76  Ext. 62146  Ext. 62302

 

IDI:  

Alejandra Gelabert De La Rosa (agelabert@idi.es)

Tel. 971 176 161 (iemprenjove@idi.es)​​​​​​​