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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

INSTITUTO DE INDUSTRIAS CULTURALES DE LAS ILLES BALEARS

Núm. 611615
Resolución por la que se modifica la Resolución del presidente del Instituto de Industrias Culturales de las Illes Balears por la que se conceden las ayudas destinadas a apoyar las inversiones que favorezcan la modernización, la innovación y el desarrollo tecnológico de las industrias culturales para el año 2023

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Texto

Antecedentes

1. En el Boletín Oficial de las Islas Baleares (BOIB) núm. 58, de 6 de mayo de 2023, se publicó la Resolución del presidente del Instituto de Industrias Culturales de las Illes Balears de 2 de mayo de 2023 por la que se convocan las subvenciones para apoyar las inversiones que favorezcan la modernización, innovación y desarrollo tecnológico de las industrias culturales para el año 2023.

2. Dentro del plazo de inscripción establecido en el apartado 6.1 de la convocatoria, el Instituto de Industrias Culturales de las Illes Balears (en adelante, ICIB) recibió un total de ochenta solicitudes.

3. En el BOIB núm. 151, de 7 de noviembre de 2023, se publicó Resolución del presidente del ICIB por la que se conceden y deniegan las ayudas destinadas a apoyar las inversiones que favorezcan la modernización, la innovación y desarrollo tecnológico de las industrias culturales para el año 2023.

4. En fecha 9 de febrero de 2024, la entidad Pauxa, SC, comunicó al ICIB la renuncia a la subvención concedida. Por otra parte, una vez revisada toda la documentación justificativa presentada por las personas beneficiarias y liquidados todos los expedientes, se comprobó que le quedaba un remanente de un importe de 26.309,27 €, con motivo de las minoraciones efectuadas como consecuencia de las justificaciones insuficientes de algunas subvenciones otorgadas.

5. De acuerdo con el apartado 10.3 de la convocatoria, en caso de que algún beneficiario renuncie a la subvención, el importe de la ayuda puede adjudicarse, correlativamente, a los expedientes denegados por falta de crédito presupuestario en la resolución de concesión. Por otra parte, el apartado 17.4 también dispone que, en caso de que algún beneficiario renuncie a la subvención, o en caso de que se produzca una minoración en el importe final justificado, el importe de la ayuda se puede adjudicar a otros expedientes siguiendo el mismo criterio establecido en el apartado 9.

6. En fecha 5 de septiembre, se publicó en la Sede Electrónica de la CAIB la propuesta de modificación de la resolución de la convocatoria, a fin de que las personas interesadas y inicialmente excluidas por falta de crédito presupuestario pudieran aceptar o renunciar a la concesión de la subvención en el plazo de 10 días hábiles desde el día siguiente de esta publicación.

7. Dentro del plazo establecido anteriormente, se presentaron las siguientes aceptaciones de la ayuda: MID 5/2023 Mallorca Video Servicios Audiovisuales, SL; MID 34/2023 Diabolus In Opera, SL; MID 7/2023 Sonoteque, SL; MID 62/2023 Auditorium de Palma de Mallorca, SL; MID 35/2023 Musical Balear, SL.

Dentro de este mismo plazo, también se presentó una renuncia por parte de Bastera Films, SL (REG MID 77/2023).

8. El personal del ICIB ha comprobado que las entidades beneficiarias cumplen los requisitos que la normativa establece para poder recibir subvenciones.

Fundamentos de derecho

1. La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones (BOE núm. 276, de 18 de noviembre de 2003).

2. El Decreto legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de subvenciones (BOIB núm. 196, de 31 de diciembre de 2005).

3. La Orden de la consejera de Educación y Cultura de 1 de julio de 2009 por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones en materia de educación y cultura (BOIB núm. 100, de 11 de julio de 2009). De acuerdo con el artículo 10.4, “si alguno de los beneficiarios renuncia a la subvención o incumple sus obligaciones con la consecuente pérdida del derecho al cobro total o parcial de la subvención, el órgano concedente tiene que acordar, sin necesidad de hacer una nueva convocatoria, la concesión de la subvención al solicitante o solicitantes siguientes a aquél por orden de puntuación, siempre que con la renuncia o incumplimiento por parte de alguno de los beneficiarios, se haya liberado bastante crédito para atender como mínimo una de las solicitudes denegadas. El órgano competente para resolver tiene que comunicar esta opción a los interesados, a fin de que accedan a la propuesta de subvención y, si es el caso, la acepten, en el plazo de diez días. Una vez aceptada la propuesta por parte del solicitante o solicitantes, tiene que dictarse el acto de concesión y tiene que notificarse”.

4. El Decreto 50/2018, de 21 de diciembre, por el que se aprueban los Estatutos del ICIB (BOIB núm. 160, de 22 de diciembre de 2018; corrección de erratas, BOIB núm. 6, de 12 de enero de 2019).

5. Los apartados 10.3 y 17.4 de la Resolución del presidente del ICIB por la que se convocan las subvenciones para apoyar las inversiones que favorezcan la modernización, la innovación y el desarrollo tecnológico de las industrias culturales para el año 2023. (BOIB núm. 58, de 6 de mayo de 2023).

Por todo ello, dicto la siguiente

Resolución

1. Modificar el anexo de la Resolución del presidente del ICIB por la que se conceden y deniegan las ayudas destinadas a apoyar las inversiones que favorezcan la modernización, la innovación y el desarrollo tecnológico de las industrias culturales para el año 2023 en los siguientes términos:

Donde dice:

Número de expediente: MID 5/2023

Estado: CONCEDIDO

Solicitante: MALLORCA VIDEO SERVICIOS AUDIOVISUALES, SLU

Objeto: Convocatoria de subvenciones

Presupuesto total sin IVA: 8.488,86 €

Importe solicitado: 4.244,43 €

Importe concedido: 2.698,59 €

Puntuación: 11,33

 

Número de expediente: MID 34/2023

Estado: DENEGADO

Motivo: Falta de crédito presupuestario

Solicitante: DIABOLUS IN OPERA, SL

Objeto: Modernización e innovación para la empresa Diabolus in Opera, SL, de la compañía lírica

Presupuesto total sin IVA: 21.552,00 €

Importe solicitado: 10.776,00 €

Puntuación: 10,67

 

Número de expediente: REG MID 77/2023

Estado: DENEGADO

Motivo: Falta de crédito presupuestario

Solicitante: BASTERA FILMS, SL

Objeto: Solicitud de subvención para la modernización de las industrias culturales

Presupuesto total sin IVA: 2.517.95 €

Importe solicitado: 1.258,98 €

Puntuación: 10,67

 

Número de expediente: MID 7/2023

Estado: DENEGADO

Motivo: Falta de crédito presupuestario

Solicitante: SONOTEQUE, SL

Objeto: Compra de material audiovisual

Presupuesto total sin IVA: 14.870,50 €

Importe solicitado: 7.435,25 €

Puntuación: 10,67

 

Número de expediente: MID 63/2023

Estado: DENEGADO

Motivo: Falta de crédito presupuestario

Solicitante: AUDITORIUM DE PALMA DE MALLORCA, SL

Objeto: Modernizar y actualizar la industria cultural

Presupuesto total sin IVA: 38.462,63 €

Importe solicitado: 19.198,68 €

Puntuación: 10,67

 

Número de expediente: MID 35/2023

Estado: DENEGADO

Motivo: Falta de crédito presupuestario

Solicitante: MUSICAL BALEAR, SL

Objeto: Proyecto de inversión y modernización (2023)

Presupuesto total sin IVA: 53.266,93 €

Importe solicitado: 26.633,47 €

Puntuación: 10,33

Debe decir:

Número d'expediente: MID 5/2023

Estado: CONCEDIDO

Solicitante: MALLORCA VIDEO SERVICIOS AUDIOVISUALES, SLU

Objeto: Convocatoria de subvenciones

Presupuesto total sin IVA: 8.488,86 €

Importe solicitado: 4.244,43 €

Importe concedido: 4.009,81 €

Puntuación: 11,33

 

Número de expediente: MID 34/2023

Estado: CONCEDIDO

Solicitante: DIABOLUS IN OPERA, SL

Objeto: Modernización e innovación para la empresa Diabolus in Opera, SL, de la

compañía lírica

Presupuesto total sin IVA: 21.552,00 €

Importe solicitado: 10.776,00 €

Importe concedido: 971,41 €

Puntuación: 10,67

 

Número de expediente: REG MID 77/2023

Estado: RENUNCIA

Motivo: No realización del proyecto en el año 2023

Solicitante: BASTERA FILMS, SL

Objeto: Solicitud de subvención para la modernización de las industrias culturales

Presupuesto total sin IVA: 2.517.95 €

Importe solicitado: 1.258,98 €

Importe concedido: 0,00 €

Puntuación: 10,67

 

Número de expediente: MID 7/2023

Estado: CONCEDIDO

Solicitante: SONOTEQUE, SL

Objeto: Compra de material audiovisual

Presupuesto total sin IVA: 14.870,50 €

Importe solicitado: 7.435,25 €

Importe concedido: 7.183,64 €

Puntuación: 10,67

 

 

Número de expediente: MID 63/2023

Estado: CONCEDIDO

Solicitante: AUDITORIUM DE PALMA DE MALLORCA, SL

Objeto: Modernizar y actualizar la industria cultural

Presupuesto total sin IVA: 38.462,63 €

Importe solicitado: 19.198,68 €

Importe concedido: 5.038,46 €

Puntuación: 10,67

 

Número de expediente: MID 35/2023

Estado: CONCEDIDO

Solicitante: MUSICAL BALEAR, SL

Objeto: Proyecto de inversión y modernización (2023)

Presupuesto total sin IVA: 53.266,93 €

Importe solicitado: 26.633,47 €

Importe concedido: 10.545,46 €

Puntuación: 10,33

2. Conceder un plazo de quince días hábiles desde el día siguiente a esta publicación para presentar la documentación justificativa de los proyectos subvencionados.

3. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

Interposición de recursos

Contra esta Resolución, que no agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso de alzada ante el presidente del ICIB, en el plazo de un mes a contar a partir del día siguiente de su publicación, de de acuerdo con el artículo 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y el artículo 58 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.

 

Palma, (firmado electrónicamente: 23 de septiembre de 2024)

La directora gerente Diana de la Cuadra Menéndez