Sección II. Autoridades y personal
Subsección segunda. Oposiciones y concursos
CONSEJO INSULAR DE MALLORCA
DEPARTAMENTO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA
Núm. 604143
Resolución de aprobación del Acuerdo del Tribunal Calificador de día 10 de septiembre de 2024, de la persona aspirante que ha superado el proceso selectivo de estabilización por el sistema de concurso excepcional para el ingreso como personal laboral fijo del subgrupo C1, categoría/especialidad de técnico –a auxiliar de patrimonio histórico industrial L del Consejo de Mallorca, del nombramiento como laboral fijo y de la adjudicación de puestos de trabajo
El consejero ejecutivo de Hacienda y Función Pública del Consejo Insular de Mallorca, ha dictado en fecha 18 de septiembre de 2024, la siguiente Resolución:
Vista la propuesta de aprobación del Acuerdo del Tribunal Calificador de día 10 de septiembre de 2024 de la persona aspirante que ha superado el proceso selectivo de estabilización por el sistema de concurso excepcional para el ingreso como personal laboral fijo del subgrupo C1, categoría/especialidad de técnico –a auxiliar del patrimonio histórico industrial L del Consejo de Mallorca, del nombramiento como a laboral fijo y de la adjudicación de puestos de trabajo cuyo contenido es el siguiente:
Los miembros del Tribunal calificador, una vez que el EMAP ha comprobado el cumplimiento de los requisitos de las personas aspirantes para ser nombradas personal laboral fijo y por haber superado el proceso selectivo de estabilización por el sistema de concurso excepcional establecido en las bases específicas de la convocatoria de fecha 29 de noviembre de 2022 (BOIB nº. 157) de acuerdo con el orden de puntuación de la lista definitiva una vez resueltos los desempates, y comprobados los requisitos específicos para la adscripción en el puesto de trabajo, han adoptado los siguientes acuerdos para elevar al consejero ejecutivo de Hacienda y Función Pública y por lo tanto,
SE PROPONE:
1. APROBAR la lista definitiva de la persona aspirante que ha superado el proceso selectivo de estabilización por el sistema de concurso excepcional para el ingreso como personal laboral fijo categoría /especialidad de técnico -a auxiliar del patrimonio histórico industrial L del subgrupo C1 del Consejo de Mallorca, de acuerdo con lo que se indica al anexo 1 de este documento.
De acuerdo con el artículo 52.3 de la Ley 3/2007, en concordancia con el artículo 61.8 del TREBEP, esta lista contiene, como máximo, tantas personas aprobadas como el número de plazas convocadas.
2. NOMBRAR personal laboral fijo categoría /especialidad de técnico -a auxiliar del patrimonio histórico industrial L del subgrupo C1 del Consejo de Mallorca, a la persona aspirante que ha superado el procedimiento selectivo de estabilización por el sistema de concurso excepcional para la convocatoria de esta plaza, de acuerdo con lo que se indica en el anexo 1 de este documento.
3. ADJUDICAR el puesto de trabajo correspondiente, de acuerdo con lo que se indica en el anexo 1 de este documento, a la persona aspirante que ha superado el proceso selectivo de estabilización por el sistema de concurso excepcional para la categoría fijo categoría /especialidad de tècnico -a auxiliar del patrimonio histórico industrial L, de acuerdo con el resultado del trámite de manifestación de orden de preferencias.
Por todo eso, y en virtud de las atribuciones conferidas
RESUELVO
1. APROBAR la lista definitiva de la persona aspirante que ha superado el proceso selectivo de estabilización por el sistema de concurso excepcional para el ingreso como personal laboral fijo categoría /especialidad de técnico -a auxiliar del patrimonio histórico industrial L del subgrupo C1 del Consejo de Mallorca, de acuerdo con lo que se indica al anexo 1 de este documento.
De acuerdo con el artículo 52.3 de la Ley 3/2007, en concordancia con el artículo 61.8 del TREBEP, esta lista contiene, como máximo, tantas personas aprobadas como el número de plazas convocadas.
2. NOMBRAR personal laboral fijo categoría /especialidad de técnico -a auxiliar del patrimonio histórico industrial L del subgrupo C1 del Consejo de Mallorca, a la persona aspirante que ha superado el procedimiento selectivo de estabilización por el sistema de concurso excepcional para la convocatoria de esta plaza, de acuerdo con lo que se indica en el anexo 1 de este documento.
3. ADJUDICAR el puesto de trabajo correspondiente, de acuerdo con lo que se indica en el anexo 1 de este documento, a la persona aspirante que ha superado el proceso selectivo de estabilización por el sistema de concurso excepcional para la categoría fijo categoría /especialidad de tècnico -a auxiliar del patrimonio histórico industrial L, de acuerdo con el resultado del trámite de manifestación de orden de preferencias.
4. ORDENAR la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares, a los efectos oportunos. Las personas nombradas dispondrán de un plazo de 3 días hábiles, contado a partir del día siguiente en la publicación, para el juramento o promesa y la toma de posesión.
5. La adscripción al puesto de trabajo del personal relacionado se llevará a cabo con resoluciones individualizadas del consejero ejecutivo de Hacienda y Función Pública una vez fiscalizada de conformidad por la Intervención General esta propuesta de Resolución.
Interposición de recursos
Contra esta resolución, que no pone fin a la vía administrativa, se puede interponer el recurso de alzada ante la Comisión de Gobierno del Consejo Insular de Mallorca, en el plazo de un mes, contador a partir del día siguiente de su publicación.
Contra la desestimación expresa de este recurso de alzada se puede interponer el recurso contencioso administrativo ante el Juzgado contencioso Administrativo de Palma que corresponda en el plazo de dos meses, contadores a partir del día siguiente de recibir la notificación de la desestimación de dicho recurso de alzada.
Si han transcurrido tres meses desde la interposición del recurso de alzada y no se ha recibido la notificación de resolución expresa, se entiende desestimado por silencio y se puede interponer el recurso contencioso administrativo ante el Juzgado contencioso Administrativo de Palma que corresponda, sin limitación de tiempo.
No obstante el anterior, se puede interponer, si procede , cualquier otro recurso que consideráis oportuno. Todo eso de conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa, y la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
Palma, en la fecha de la firma electrónica (19 de septiembre de 2024)
El consejero ejecutivo de Hacienda y Función Pública Rafael Angel Bosch Sans (Decreto de 27-08-2019, BOIB nº. 123 de 7 de septiembre)