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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

CONSEJO INSULAR DE MALLORCA

DEPARTAMENTO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA

Núm. 609271
Modificación de la plantilla del Consejo Insular de Mallorca correspondiente al año 2024 (2024.2)

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Texto

El pleno del Consejo de Mallorca, en fecha 29 de julio de 2024, aprobó inicialmente el expediente de modificación de la plantilla de la Corporación para el año 2024, que fue expuesto al público durante quince días hábiles, mediante anuncio publicado en el Boletín Oficial de las Islas Baleares nº. 101, de 1 de agosto de 2024. 

Transcurrida el plazo de exposición pública y atendida la certificación emitida por el Secretario General del Consejo de Mallorca en fecha 28 de agosto de 2024, se presentó una alegación por el delegado sindical de la UGT ( registro de entrada nº. 58260/2024).

En fecha 29 de agosto de 2024, el jefe de servicio del Servicio Juridicotécnico de Recursos Humanos emitió informe donde proponía desestimar la alegación formulada y elevar a definitivo el acuerdo inicial de modificación de la plantilla de personal del Consejo de Mallorca adoptado por plenario en fecha 29 de julio de 2024.

En fecha 19 de septiembre de 2024, el Pleno del Consejo Insular de Mallorca adoptó el acuerdo siguiente:

“En fecha 29 de julio de 2024, el pleno del Consejo Insular de Mallorca adoptó acuerdo de aprobación inicial de modificación de la plantilla del Consejo de Mallorca para el año 2024 (exp. 1092667T).

De conformidad con lo que dispone el artículo 169 del Real Decreto Legislativo 2/2004, que aprueba el Texto refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales (TRLHL), se publicó un edicto en el Boletín Oficial de las Islas Baleares nº. 101, de fecha 1 de agosto de 2024, mediante el cual se iniciaba un plazo de 15 días hábiles de exposición pública del acuerdo tomado, a los efectos de la presentación de alegaciones.

El plazo anterior concluyó el pasado día 23 de agosto de 2024 y la Secretaría General ha emitido una certificación acreditativa de la presentación de una alegación por el Sr. Pere Antoni Rullan Serra, como delegado sindical de la UGT.

Visto el informe jurídico emitido por el jefe de servicio Juridicotécnico de Recursos Humanos, el consejero ejecutivo de Hacienda y Función Pública del Consejo Insular de Mallorca, eleva al Pleno la siguiente propuesta de acuerdo:

“1-Desestimar la alegación formulada por el Sr. Pere Antoni Rullan Serra, contra el acuerdo plenario de fecha 29 de julio de 2024, de aprobación inicial de modificación de la plantilla del Consejo Insular de Mallorca, por encontrarse completamente falta de contenido y fundamento.

2-Elevar a definitivo el acuerdo inicial de modificación de la plantilla de personal de la CIM<A[CIMA|CUMBRE]> (exp. 1092667T), adoptado por<A[por|para]> el pleno en fecha 29 de julio de 2024, que se indica seguidamente:

PLANTILLA PRESUPUESTARIA

PERSONAL FUNCIONARIO

CREACIÓN DE UNA NUEVA PLAZA

Escala: Administración Especial

Subescala: técnica

Clase: superior

 

Categoría

Grupo

Total

Oficial -a

A1

1

3-Disponer la publicación en el BOIB de este acuerdo.”

Contra este acuerdo de aprobación definitiva, que agota la vía administrativa, los interesados legitimados a qué se refiere el artículo 171 del Real Decreto legislativo 2/2004, de 5 de marzo, pueden interponer el recurso contencioso administrativo delante de la Sala Contenciosa Administrativa del Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares, en el plazo de dos meses, a contar a partir del día siguiente de la publicación de este acuerdo. Todo eso de conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa. No obstante el anterior, podéis ejercer, si procede, cualquier otro recurso que consideráis pertinente.

 

Palma, en la fecha de la firma electrónica (20 de septiembre de 2024)

El consejero<A[consejero|conseller]> ejecutivo de Hacienda y Función Pública (Decreto de 27-08-2019, BOIB nº. 123, de 7 de septiembre) Rafael Angel Bosch Sans