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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

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AYUNTAMIENTO DE ALCÚDIA

Núm. 606897
Extracto de la convocatoria para la concesión de subvenciones a los centros escolares de Alcúdia, ejercicio 2024

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

BDNS (Identif.): 783050. De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo se puede consultar en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/783050)

Primero. Beneficiarios:

Pueden ser entidades beneficiarias de estas subvenciones los centros educativos, públicos o concertados, de Infantil, Primaria y Secundaria del municipio de Alcúdia, que estén legalmente constituidos y que cumplan con los requisitos de estas mismas bases.

Segundo. Finalidad:

La finalidad de esta convocatoria es reforzar la enseñanza obligatoria en los centros educativos, públicos o concertados, del municipio de Alcúdia, subvencionando la realización de proyectos para el Fomento de Programas Educativos durante el año 2024. Estas ayudas en ningún caso podrán ser para inversión.

Tercer. Bases reguladoras:

Bases reguladoras para la concesión de subvenciones a los centros escolares de Alcúdia, ejercicio 2024, dirigidas al fomento de programas educativos, y publicadas en el BOIB núm. 113 de día 29 de agosto de 2024.

https://intranet.caib.es/eboibfront/es/2024/11970/690339/bases-reguladoras-de-subvenciones-a-los-centros-es

Cuarto. Criterios de valoración:

Los criterios de valoración quedan recogidos en la Base octava "Gastos subvencionables e importe" de las bases reguladoras y el importe de la subvención se calculará en base a los siguientes criterios:

LÍNEA 1. SUBVENCIÓN PARA NATACIÓN ESCOLAR

El presupuesto destinado a subvencionar la actividad de natación escolar es de 7.300,00 €

Se subvencionará el 100% del coste de la actividad a los alumnos de educación primaria, hasta un importe máximo de 19,94€ por alumno/a.

En caso de que el importe total de las solicitudes supere el máximo de la partida presupuestaria, estas cantidades subvencionadas se reducirán proporcionalmente hasta ajustarse a la partida presupuestaria.

LÍNEA 2. SUBVENCIÓN PARA BAUTIZOS NÁUTICOS

El presupuesto destinado a subvencionar esta actividad es de 6.200,00 euros.

El bautizo náutico consistirá en la práctica de kayak, pádel surf, piragua, vela ligera, sup XL, waterbikes... o actividades parecidas por parte del alumnado de primaria y secundaria de los centros escolares de Alcúdia. Sólo será subvencionable un bautizo náutico por alumno/a.

La cuantía de la subvención se determinará dividiendo el presupuesto de la actividad entre el número de alumnos que la hayan realizado, con un máximo de 11,65 euros por alumno/a.

En caso de que el importe total de las solicitudes supere el máximo de la partida presupuestaria, estas cantidades subvencionadas se reducirán proporcionalmente hasta ajustarse a la partida presupuestaria.

 

LÍNEA 3. MUESTRA ESCOLAR DE VILLANCICOS

 

El presupuesto destinado a subvencionar la Muestra Escolar de Villancicos es de 8.000,00 euros.

Se subvencionará hasta un máximo de 90,00 euros por grupo clase que haya participado en la Muestra Escolar de Villancicos del curso 2023-24, organizada por el Ayuntamiento de Alcúdia.

En caso de que el importe total de las solicitudes supere el máximo de la partida presupuestaria, estas cantidades subvencionadas se reducirán proporcionalmente hasta ajustarse a la partida presupuestaria.

Las cuantías otorgadas a la participación en la Muestra Escolar de Villancicos deberán ser destinadas a financiar proyectos educativos de acuerdo con el objeto de la convocatoria (base tercera). La justificación de estos deberá seguir el procedimiento establecido en la base decimotercera.

LÍNEA 4. RESTO DE ACTIVIDADES

Para el resto de las actividades educativas se destinará un total de 31.000,00 euros.

Este importe se distribuirá proporcionalmente entre el número de alumnos matriculados en el conjunto de centros educativos solicitantes de la subvención.

El importe total de la subvención no podrá ser superior a los 8.760,00 € por centro.

Las entidades beneficiarias de subvenciones están obligadas a presentar la correspondiente justificación de la actividad subvencionada y a acreditar, antes de la ordenación del pago que están al corriente de sus obligaciones fiscales con el Ayuntamiento de Alcúdia.

Cuando la entidad beneficiaria sea deudora del Ayuntamiento, como consecuencia de una deuda, vencida, liquidada y exigible, se podrá acordar la compensación.

En caso de que el beneficiario no pudiera llegar a justificar adecuadamente la totalidad del importe de la subvención otorgada, el Ayuntamiento de Alcúdia tramitará de oficio la reducción del importe de la subvención en la misma proporción que exista entre el importe a justificar y aquel importe bien justificado.

En caso de que la suma de las subvenciones recibidas por la actividad de que se trate supere el coste de esta, la subvención otorgada se reducirá proporcionalmente.

Si el crédito presupuestario resulta insuficiente para cubrir las solicitudes de gasto presentadas a subvención se procederá a reducir el porcentaje subvencionado.

Quinto. Importe

La dotación de esta convocatoria de subvenciones será de 52.500,00 euros, con cargo a la partida presupuestaria EN 326 489000 "Aportaciones a los centros escolares" del Presupuesto General del Ayuntamiento de Alcúdia para el ejercicio 2024, aprobado definitivamente por el Pleno del Ayuntamiento en sesión extraordinaria urgente día 11 de julio de 2024 (BOIB núm. 92, de 13 de julio de 2024).

Sexto. Solicitud y documentación

Los centros educativos interesados que cumplan los requisitos que determinan estas bases tienen que presentar la siguiente documentación:

1. Solicitud, mediante el trámite telemático habilitado al efecto en la sede electrónica del Ayuntamiento de Alcúdia <https://alcudia.eadministracio.cat/catalog/t/c1af38a3-22a0-4232-bea9-3e256b9f5b95> que, además, contendrá una declaración responsable del cumplimiento de los requisitos de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones; declaración expresa en la que deben hacerse constar las ayudas y subvenciones solicitadas y/u otorgadas por cualquier institución pública o entidades privadas para la misma finalidad; y el número de cuenta bancaria donde se solicite el ingreso de la subvención.

Séptimo. Plazo de presentación de solicitudes

El plazo de presentación de solicitudes será de 15 días hábiles a partir del día siguiente a la fecha de la publicación de este extracto en el BOIB.

Alcúdia, en fecha de la firma electrónica (10 de septiembre de 2024) La concejal de Educación Verónica Caro Donoso