Sección I. Disposiciones generales
AYUNTAMIENTO DE ESPORLES
Núm. 606131
Suplemento de crédito expediente 1037/2024, aprobado por el Pleno del Ayuntamiento de Esporles de día 25 de julio de 2024
Visto que se ha publicado al BOIB n.º 99 de 27 de julio de 2024 anuncio relativo al expediente de suplemento de crédito expediente 1037/2024, aprobado por el Pleno del Ayuntamiento de Esporles de día 25 de julio de 2024, y de acuerdo con el que dispone el artículo 177 de la Ley 2/2004 de 5 de marzo y viste que no se han presentado reclamaciones, queda aprobado definitivamente y se expone al público por el general conocimiento.
Considerando que existen gastos que no pueden demorarse hasta el ejercicio siguiente por los cuales el crédito consignado en el vigente Presupuesto de la Corporación es insuficiente y no ampliable, y dado que se dispone de remanente líquido de Tesorería según los estados financieros y contables resultantes de la liquidación del ejercicio anterior, por la Alcaldía se propuso la concesión de un suplemento de crédito financiado con cargo al remanente líquido de Tesorería.
Considerando que se emitió propuesta de Alcaldía en la cual se especificaba la modalidad de modificación del crédito, la financiación de la operación y su justificación.
Considerando que se emitió informe jurídico sobre la Legislación aplicable y el procedimiento a seguir.
Considerando que se emitió informe de Intervención por el cual se informó favorablemente la propuesta de Alcaldía y se elaboró Informe de Intervención sobre el cálculo de la Estabilidad Presupuestaria.
Realizada la tramitación legalmente establecida, se propone al Pleno la adopción del siguiente.
ACUERDO
PRIMERO. Aprobar inicialmente el expediente de modificación de créditos n.º 1036/2024 del Presupuesto en vigor, en la modalidad de suplemento de crédito, financiado con cargo al remanente líquido de Tesorería resultante de la liquidación del ejercicio anterior, como sigue a continuación:
Partida gastos | Concepto | Importe |
165-21305 |
Trabajos octubre/diciembre |
10.718,55 |
334-22699 |
Actuación fiestas Navidad CACIM |
385,00 |
4311-22609 |
Suministros pr. económica |
61,71 |
3321-22199 |
Suscripción biblioteca |
320,00 |
011-35900 |
Comisiones 14/23 |
9.316,71 |
165-62300 |
Sustitución farolas |
12.253,20 |
Total............................. |
33.055,17 |
Esta modificación se financia con cargo al Remanente de Tesorería del ejercicio anterior, en los siguientes términos:
87000 remanente de Tesorería para gastos generales 33055,17 €
Además, queda acreditado el cumplimiento de los requisitos que establece el artículo 37.2, apartados a) y b), del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, por el cual se desarrolla el Capítulo primero del Título sexto de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, reguladora de las Haciendas Locales, en materia de presupuestos, que son los siguientes:
a) El carácter específico y determinado del gasto a realizar y la imposibilidad de demorarlo a ejercicios posteriores.
b) La insuficiencia del saldo de crédito no comprometido en la partida correspondiente, que tendrá que verificarse en el nivel en que esté establecida la vinculación jurídica.
Esporles, documento firmado electrónicamente (19 de setembre de 2024
El batle Josep María Ferrà terrassa)