Sección II. Autoridades y personal
Subsección primera. Nombramientos, situaciones e incidencias
AYUNTAMIENTO DE ALGAIDA
Núm. 606086
Nombramiento como personal funcionario de carrera de la escala de administración especial, en la categoría de Celador/a de obras del subgrupo C2 del Ayuntamiento de Algaida, al aspirante que ha superado el procedimiento selectivo de estabilización por el sistema de concurso excepcional
Se hace público que mediante el Decreto de Alcaldía n.º 2024-0653, de día 18 de septiembre de 2024, se ha aprobado el nombramiento y adjudicación del puesto de trabajo del personal funcionario de carrera de la escala de administración especial, con la categoría Celador/a de obras del subgrupo C2 del Ayuntamiento de Algaida a la persona aspirante que ha superado el procedimiento selectivo de estabilización por el sistema de concurso excepcional. Tal y como señala el decreto, que se transcribe a continuación, se publica el texto íntegro:
DECRETO DE ALCALDIA
Antecedentes
Primero. - En fecha 28 de junio de 2022 el Pleno del Ayuntamiento de Algaida acordó encargar al Consell de Mallorca la aprobación de las bases, la convocatoria y la gestión de los procesos de estabilización de la ocupación temporal del Ayuntamiento de Algaida que establece la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en la ocupación pública y el resto de la normativa concordante.
Segundo.- En fecha 28 de julio de 2022, el Pleno del Consell de Mallorca acordó aceptar expresamente el encargo de gestión del Ayuntamiento de Algaida a favor del Consell de Mallorca, relativo a la aprobación de las bases, la convocatoria y la gestión de los procesos de estabilización del empleo temporal de ayuntamientos y otras entidades locales de Mallorca establecidos por la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público y demás normativa concordante, que deriva de la oferta de empleo público correspondiente a la tasa adicional para la estabilización del empleo temporal, aprobada por este Ayuntamiento mediante Decreto de Alcaldía número 2022-0114, de fecha 24 de mayo de 2022, y publicada en el BOIB número 69, de 25 de mayo de 2022.
Tercero. - En el BOIB número 119, de fecha 10 de septiembre de 2022, se publicó el convenio de colaboración entre el Consell Insular de Mallorca y el Ayuntamiento de Algaida, para la convocatoria y gestión de los procesos de estabilización del empleo temporal.
Cuarto.- Por Resolución del consejero ejecutivo de Hacienda y Función Pública de fecha 30 de noviembre de 2022 (BOIB n.º 158, de 6 de diciembre de 2022), modificada por Resolución del consejero ejecutivo de Hacienda y Función Pública de fecha 24 de enero de 2023 y de fecha 8 de febrero de 2023 (BOIB n.º 13, de 28 de enero de 2023 y BOIB n.º 19, de fecha 11 de febrero de 2023), y por Resolución de la consejera ejecutiva de Hacienda y Función Pública de fecha 29 de agosto de 2023 (BOIB n.º 121, de 31 de agosto de 2023), se aprobó la convocatoria del proceso selectivo por el sistema excepcional de concurso de méritos para el ingreso como personal funcionario de la escala de administración especial, categoría Celador/a de obras del subgrupo C2, del Ayuntamiento de Algaida, categoría Gerente cementerio del subgrupo C2, del Ayuntamiento de Manacor y categoría Oficial/a obras y servicios del subgrupo C2, del Ayuntamiento de Manacor. En esta resolución se convocó 1 plaza de la categoría de Celador/a de obras al Ayuntamiento de Algaida, 1 plaza de la categoría Gerente cementerio al Ayuntamiento de Manacor y 1 plaza de la categoría de Oficial/a obras y servicios al Ayuntamiento de Manacor.
Quinto.- Por Acuerdo del Tribunal calificador competente de este proceso selectivo de estabilización, una vez concluidas la revisión y baremación de los méritos de los aspirantes, en fecha 2 de julio de 2024, se publicó al tablón electrónico de anuncios y a la Sede electrónica del Consell Insular de Mallorca, la lista definitiva de puntuaciones obtenidas por las personas aspirantes y la resolución de las alegaciones formuladas a la lista provisional de puntuaciones, así como el listado de lugares correspondientes a las plazas convocadas. Dado que, en estas convocatorias solo consta una plaza convocada por categoría, se prescindió del trámite de manifestación de preferencias.
Sexto.- De conformidad con el punto 8.8 de las bases específicas de la convocatoria, una vez asignados los puestos de trabajo ofertados, el tribunal tiene que elevar al consejero ejecutivo de Hacienda y Función pública la propuesta de personas aspirantes que han superado el proceso selectivo de concurso de méritos, con asignación de lugares de trabajo, desglosada, en su caso, por turnos de acceso.
Séptimo.- En fecha 9 de septiembre de 2024 el Tribunal calificador competente del procedimiento selectivo ha acordado elevar al consejero de Hacienda y Función Pública el Acuerdo de propuesta de personas aspirantes que han superado el proceso selectivo de estabilización por el sistema de concurso excepcional para el ingreso como personal funcionario en la escala de administración especial, categoría Celador/a de obras del subgrupo C2, derivado de la oferta de ocupación pública extraordinaria del Ayuntamiento de Algaida, categoría Gerente cementerio del subgrupo C2, derivado de la oferta de ocupación pública extraordinaria del Ayuntamiento de Manacor y categoría Oficial/a obras y servicios del subgrupo C2, derivado de la oferta de ocupación pública extraordinaria del Ayuntamiento de Manacor, y de asignación de lugares de trabajo, por turno de acceso.
Octavo.- En fecha 14 de septiembre de 2024 el consejero ejecutivo de Hacienda y Función Pública del Consejo de Mallorca dictó una resolución para aprobar la lista definitiva de personas aspirantes que han superado el proceso selectivo por el sistema excepcional de concurso de méritos para el ingreso como personal funcionario de la escala de administración especial, categoría Celador/a de obras del subgrupo C2 del Ayuntamiento de Algaida, entre otros.
Noveno.- De acuerdo con el punto 9 de las bases específicas del procedimiento, este Ayuntamiento tiene que dictar la resolución de nombramiento de personal funcionario de carrera, de la escala, subescala, clase y categoría- o especialidad- que corresponda. El plazo para la toma de posesión de la plaza se inicia el día siguiente a la publicación en el BOIB de la resolución de nombramiento y adjudicación del puesto de trabajo, y será de tres días hábiles, sin perjuicio de la aplicación del que dispone el párrafo segundo del artículo 37 del Decreto 27/1994.
Fundamentos de derecho
El artículo 91.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.
El artículo 68 de la Ley 20/2006, de 15 de diciembre, municipal y de régimen local de las Islas Baleares.
La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
El Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.
La Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en la ocupación pública.
El artículo 4 del Decreto Ley 6/2022, de 13 de junio, de nuevas medidas urgentes para reducir la temporalidad en la ocupación pública de las Islas Baleares.
La Resolución del consejero de Hacienda y Función Pública que aprueba la lista definitiva de personas aspirantes que han superado el proceso selectivo por el sistema excepcional de concurso de méritos para el ingreso como personal funcionario de la escala de administración especial, categoría Celador/a de obras del subgrupo C2 del Ayuntamiento de Algaida, categoría Gerente de cementerio del subgrupo C2 del Ayuntamiento de Manacor y categoría Oficial/a obras y servicios del subgrupo C2 del Ayuntamiento de Manacor con asignación de lugares de trabajo por turnos de acceso (BOIB n.º 121, de 14 de septiembre de 2024).
En atención a lo anterior, de acuerdo con el previsto en la base 9 de la convocatoria del proceso de estabilización (BOIB n.º 158, de 6 de diciembre de 2022) y la resolución dictada por la consejera de Hacienda y Función Pública del Consejo de Mallorca en fecha 14 de septiembre de 2024, en virtud de las atribuciones conferidas por el artículo 21.1.h) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local,
RESUELVO
PRIMERO. - NOMBRAR personal funcionario de carrera de la escala de administración especial, con la categoría Celador/a del Ayuntamiento de Algaida, al aspirante que ha superado el procedimiento selectivo de estabilización por el sistema de concurso excepcional:
APELLIDOS Y NOMBRE |
DNI |
OLIVER BIBILONI, JUAN |
***3001** |
SEGUNDO. - ADJUDICAR al aspirante que ha superado el proceso selectivo de estabilización por el sistema de concurso excepcional el puesto de trabajo siguiente:
APELLIDOS Y NOMBRE |
NOMBRE LUGAR |
UNIDAD |
SUBGRUPO |
TIPO DE ADSCRIPCIÓN |
OLIVER BIBILONI, JUAN |
Celador/A de obras |
Área de vivienda y urbanismo |
C2 |
Definitiva |
TERCERO. - ORDENAR la publicación de esta resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares, a los efectos oportunos. La persona nombrada dispondrá de un plazo de 3 días hábiles, contadores a partir del día siguiente a la publicación, para efectuar la toma de posesión.
Contra la presente Resolución que pone fin a la vía administrativa, se puede interponer alternativamente recurso de reposición potestativo ante el órgano que ha dictado el acto notificado, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la recepción de la presente notificación, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; o bien interponer directamente recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado del Contencioso-Administrativo de Palma, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la recepción de la presente notificación, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo, no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que pueda interponer usted cualquier otro recurso que pudiera estimar más conveniente a su derecho.
Algaida, 19 de setembre de 2024 (signat electrònicament)
La batlessa Margarita Fullana Arrom