Sección II. Autoridades y personal
Subsección segunda. Oposiciones y concursos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
ESCUELA BALEAR DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA (EBAP)
Núm. 605267
Resolución de la consejera de Presidencia y Administraciones Públicas de modificación de la Resolución de 23 de febrero de 2024 por la que se aprobaron las listas de aspirantes que han superado el proceso excepcional de estabilización por concurso extraordinario de méritos del cuerpo facultativo superior, especialidad biología y se ofrecieron los puestos de trabajo
1. Mediante la Resolución de la consejera de Presidencia, Función Pública e Igualdad de 16 de septiembre de 2022 (BOIB núm. 122, de 17 de septiembre de 2022), se aprobaron las bases generales que deben regir el proceso excepcional de estabilización por concurso extraordinario de méritos para cubrir las plazas de personal funcionario de la Administración general y especial de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
2. En fecha 27 de febrero de 2024 se publicó en el BOIB núm. 29 la Resolución de la consejera de Presidencia y Administraciones públicas por la que se aprueban las listas de aspirantes que han superado el proceso excepcional de estabilización por concurso extraordinario de méritos para los cuerpos facultativos superiores y se ofrecieron los puestos de trabajo.
3. En fecha 18 de abril de 2024 se publicó en el BOIB núm. 51 la Resolución de la consejera de Presidencia y Administraciones Públicas por la que se nombran funcionarios de carrera del concurso extraordinario de méritos del cuerpo facultativo superior de la Administración especial a la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (excepto especialidad geografía) y se les adjudica un puesto de trabajo.
4. El Tribunal del subgrupo A1 del proceso excepcional de estabilización por concurso extraordinario de méritos para cubrir las plazas de personal funcionario de la Administración especial de la CAIB, a raíz de la estimación de un recurso de alzada interpuesto, ha modificado la puntuación de una persona aspirante, la cual figuraba dentro de la lista de aspirantes que habían superado el proceso selectivo del concurso y se le nombró personal funcionario de carrera y se le adjudicó un puesto de trabajo del subgrupo A1 del cuerpo facultativo superior, escala científica, especialidad biología por la isla de Mallorca.
Con motivo de la estimación de este recurso, esta persona pierde la posición obtenida y ya no supera el proceso selectivo de dicho concurso.
5. Por eso, en fecha 6 de septiembre de 2024 el Tribunal Calificador acordó, a raíz de la estimación del recurso, aprobar la corrección y la modificación de la lista definitiva de valoración de méritos con las puntuaciones que han obtenido las personas aspirantes del proceso de estabilización por concurso extraordinario de méritos del cuerpo facultativo superior, escala científica, especialidad biología, en la isla de Mallorca, que fue publicada en el Portal del Opositor y en la sede electrónica de la CAIB.
Asimismo, elevó a la consejera la propuesta corregida del aspirante que ha superado el proceso selectivo en el sentido de excluir de esta lista al aspirante que fue nombrada funcionaria de carrera y que a raíz de la estimación del recurso, ha visto modificada la puntuación obtenida en la rectificación de puntuaciones.
Fundamentos de derecho
1. La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas
2. La Ley 3/2007, de 27 de marzo, de la función pública de la comunidad autónoma de las Illes Balears.
3. El Decreto ley 6/2022, de 13 de junio, de nuevas medidas urgentes para reducir la temporalidad en el empleo público de las Illes Balears.
4. El Decreto 27/1994, de 11 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de ingreso del personal al servicio de la comunidad autónoma.
5. La Resolución de la consejera de Presidencia, Función Pública e Igualdad, por la que se aprueba la convocatoria del proceso excepcional de estabilización por concurso extraordinario de méritos para cubrir las plazas de personal funcionario de la Administración general y especial de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB núm. 122, de 17 de septiembre de 2022).
6. El Decreto 12/2023, de 10 de julio, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears y posteriores modificaciones .
Por todo ello, dicto la siguiente
Resolución
1. Excluir, a raíz de la estimación de un recurso, de la lista definitiva de aspirantes que superaron el concurso extraordinario de méritos del cuerpo facultativo superior, escala científica, especialidad biología (BOIB núm. 29, de 27 de febrero de 2024) y por la cual fue nombrada funcionaria de carrera y se le adjudicó un puesto de trabajo (BOIB núm. 51, de 18 de abril), a la persona siguiente:
CUERPO FACULTATIVO SUPERIOR, ESCALA CIENTÍFICA, ESPECIALIDAD BIOLOGÍA |
|
DNI |
APELLIDOS, NOMBRE |
***4901* |
BORDOY AMENGUAL, MARIA |
2. Modificar parcialmente la lista de personas que han superado el proceso selectivo mediante la Resolución de la consejera de Presidencia y Administraciones públicas por la que se aprueban las listas de aspirantes que han superado el proceso excepcional de estabilización por concurso extraordinario de méritos del cuerpo facultativo superior, escala científica, especialidad biología trabajo (BOIB núm. 29, de 27 de febrero de 2024) en el sentido de incluir a la persona siguiente:
CUERPO FACULTATIVO SUPERIOR, ESCALA CIENTÍFICA, ESPECIALIDAD BIOLOGÍA |
|
DNI |
APELLIDOS, NOMBRE |
***1342* |
VALENS VADELL, MARIA |
3. Publicar, en el anexo de esta Resolución, el puesto de trabajo que se ofrece del cuerpo facultativo superior, escala científica, especialidad biología de la Administración especial de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears a efectos de que la persona que ha superado el concurso extraordinario de méritos solicite destino.
4. Requerir a la persona aspirante que figuran en el punto 2 anterior, a fin de que en el plazo de siete días hábiles presente la documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos.
La acreditación de los requisitos debe realizarse de acuerdo con lo establecido en la base 12 del anexo 2 de la convocatoria mencionada.
Si no se presenta la documentación dentro del plazo fijado, salvo casos de fuerza mayor, que deben ser debidamente acreditados y, en su caso, apreciados por la Administración mediante resolución motivada o, si en el momento de examinar la documentación se deduce que falta alguno de los requisitos exigidos, la persona interesada no podrá ser nombrada personal funcionario de carrera y sus actuaciones quedarán anuladas, sin perjuicio de la responsabilidad en que haya incurrido por falsedad en la solicitud inicial.
5. Publicar esta resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears, en el Portal del Opositor (http://oposicions.caib.es) y en la Sede electrónica www.caib.es.
Interposición de recursos
Contra esta Resolución, que pone fin a la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante la consejera de Presidencia y Administraciones Públicas en el plazo de un mes, a contar a partir del siguiente a su publicación, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
También se puede interponer un recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears, en el plazo de dos meses a contar a partir del siguiente a la publicación de la resolución, de acuerdo con los artículos 8.2 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.
(Firmado electrónicamente: 19 de septiembre de 2024)
La consejera de Presidencia y Administraciones Públicas Antònia Maria Estarellas Torrens