Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDADES
Núm. 604630
Resolución del director general de Personal Docente y Centros Concertados de corrección de errores y de modificación de la Resolución del director general de Personal Docente y Centros Concertados por la cual se determina la ampliación de la dotación de personal de apoyo educativo (dotación adicional) para la atención a la diversidad en la enseñanza privada concertada para el curso 2024-2025
Hechos
1. En el BOIB núm. 120, de 12 de septiembre de 2024, se publicó la Resolución definitiva del director general de Personal Docente y Centros Concertados de 5 de septiembre de 2024 por la cual se determina la ampliación de la dotación de personal de apoyo educativo (dotación adicional) para la atención a la diversidad en la enseñanza privada concertada para el curso 2024-2025.
2. Se ha advertido un error material en el anexo de esta Resolución, en relación a la dotación establecida para el CC Lladó (código 07002622). Así, para este centro, en el anexo figura la dotación de 18 horas de especialista en atención a la diversidad (AD) para las etapas de ESO y de FPB, y tiene que ser la dotación de especialista en pedagogía terapéutica (PT) para ESO y FPB. Este error se tiene que corregir tanto en la versión catalana como en la castellana.
3. Por otro lado, publicada la Resolución, los centros que se relacionan a continuación han hecho aclaraciones sobre las observaciones de centro y las alegaciones presentadas mediante el GestIB, lo cual hace necesario modificar la dotación que la Resolución establece en el sentido siguiente:
Fundamentos de derecho
1. La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas; en concreto, el artículo 109.2 de esta norma, el cual establece que las administraciones públicas pueden rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos, y que la competencia para dictar esta resolución corresponde al mismo órgano que dictó la resolución que se enmienda.
2. El Decreto 39/2011, de 29 de abril, por el cual se regula la atención a la diversidad y la orientación educativa en los centros educativos no universitarios sostenidos con fondos públicos (BOIB núm. 67, de 5 mayo).
3. El Decreto 59/2022, de 27 de diciembre, por el cual se establecen las normas que tienen que regir las convocatorias para el establecimiento y la renovación de los conciertos educativos a partir del curso académico 2023-2024 (BOIB núm. 169, de 29 de diciembre).
4. El Decreto 5/2024, de 29 de mayo, de la presidenta de las Illes Balears, por el cual se modifica el Decreto 12/2023, de 10 de julio, de la presidenta de las Illes Balears, por el cual se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, modificado por el Decreto 16/2023, de 20 de julio; por el Decreto 17/2023, de 23 de agosto; por el Decreto 1/2024, de 4 de enero, y por el Decreto 4/2024 de 17 de mayo (BOIB núm. 73, de 31 de mayo).
Por todo esto, dicto la siguiente
RESOLUCIÓN
1. Corregir el error material advertido en las versiones catalana y castellana del anexo de la Resolución definitiva del director general de Personal Docente y Centros Concertados de 5 de septiembre de 2024 por la cual se determina la ampliación de la dotación de personal de apoyo educativo (dotación adicional) para la atención a la diversidad en la enseñanza privada concertada para el curso 2024-2025 (BOIB núm. 120, de 12 de septiembre), en el sentido siguiente:
Donde dice:
Codi |
Centre |
Municipi |
Educació infantil i primària |
ESO i FP bàsica |
||||
---|---|---|---|---|---|---|---|---|
|
PT |
AL |
AD |
PT |
AL |
AD |
||
07002622 |
CC Lladó |
Palma |
0 |
0 |
6 |
0 |
0 |
18 |
Tiene que decir:
Codi |
Centre |
Municipi |
Educació infantil i primària |
ESO i FP bàsica |
||||
---|---|---|---|---|---|---|---|---|
|
PT |
AL |
AD |
PT |
AL |
AD |
||
07002622 |
CC Lladó |
Palma |
0 |
0 |
6 |
18 |
0 |
0 |
2. Modificar las versiones catalana y castellana del anexo de la Resolución definitiva del director general de Personal Docente y Centros Concertados de 5 de septiembre por la cual se determina la ampliación de la dotación de personal de apoyo educativo (dotación adicional) para la atención a la diversidad en la enseñanza privada concertada para el curso 2024-2025 (BOIB núm. 120, de 12 de septiembre), en el sentido siguiente:
Donde dice:
Codi |
Centre |
Municipi |
Educació infantil i primària |
ESO i FP bàsica |
||||
---|---|---|---|---|---|---|---|---|
|
PT |
AL |
AD |
PT |
AL |
AD |
||
07002579 |
CC Sant Francesc d'Assís |
Muro |
6 |
18 |
0 |
0 |
0 |
0 |
07004278 |
CC Madre Alberta |
Palma |
6 |
0 |
6 |
0 |
0 |
0 |
07004333 |
CC La Salle |
Palma |
24 |
0 |
12 |
6 |
0 |
0 |
Tiene que decir:
Codi |
Centre |
Municipi |
Educació infantil i primària |
ESO i FP bàsica |
||||
---|---|---|---|---|---|---|---|---|
|
PT |
AL |
AD |
PT |
AL |
AD |
||
07002579 |
CC Sant Francesc d'Assís |
Muro |
0 |
18 |
6 |
0 |
0 |
0 |
07004278 |
CC Madre Alberta |
Palma |
0 |
0 |
6 |
6 |
0 |
0 |
07004333 |
CC La Salle |
Palma |
24 |
0 |
12 |
0 |
0 |
6 |
3. Ordenar la publicación de esta corrección de errores en el Boletín Oficial de las Illes Balears.
Interposición de recursos
Contra esta Resolución, que no agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso de alzada ante el consejero de Educación y Universidades en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de la publicación, de acuerdo con los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y el artículo 58 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
Palma, en la fecha de la firma electrónica (18 de septiembre de 2024)
El director general de Personal Docente y Centros Concertados Ismael Alonso Sánchez