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AYUNTAMIENTO DE SANT ANTONI DE PORTMANY
Núm. 603912
Adquisición directa de edificio sito en C/ Santa Inés, 11, esquina con C/ Vara de Rey, 12
En sesión ordinaria de la Junta de Gobierno Local de fecha 1 de agosto de 2024, se ha adoptado el siguiente acuerdo:
“En relación con el expediente n.º 6234/2024 y en cumplimiento del Decreto 2024-2269 de fecha 19 de julio de 2024, emito el siguiente informe-propuesta de resolución, de conformidad con lo establecido en el artículo 175 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, con base a los siguientes,
ANTECEDENTES
PRIMERO. Considerando que es necesario para este Municipio proceder a la adquisición directa del siguiente bien:
Referencia catastral |
- 3062704CD5136S0001WX - 3062705CD5136S0001AX |
---|---|
Localización |
- C/ Santa Inés, 11 - C/ Vara de Rey, 12 |
Clase |
CASCO ANTIGUO 1 |
Superficie |
Superficie útil: 165m2 Superficie construida: 126m2 |
Titular |
CAPONE IBIZA S.L. B07471014 - 100% de propiedad |
SEGUNDO. Vista la justificación documental y memoria justificativa de fecha 11 de julio de 2024 y en la que se establece la justificación de la adquisición directa del bien.
TERCERO. Visto el informe técnico de valoración del bien de fecha 22 de julio de 2024.
CUARTO. Vista la oferta de venta presentada presentada por la entidad CAPONE IBIZA SL con CIF B07471014 en fecha 22 de julio de 2024 en la que se detalla lo siguiente:
QUINTO. Atendiendo a que, tal como consta en el expediente, la sociedad titular del inmueble tiene una deuda con el Ayuntamiento de Sant Antoni de Portmany a fecha de 24 de julio de 2024 que asciende a la cantidad de 116.673,80 euros, sin perjuicio de la actualización de dicho importe a fecha del acuerdo de compraventa.
LEGISLACIÓN APLICABLE
La Legislación aplicable es la siguiente:
— Los artículos 110 a 121 de la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, del Patrimonio de las Administraciones Públicas.
— Los artículos 9 a 11 del Reglamento de Bienes de las Entidades Locales aprobado por Real Decreto 1372/1986, de 13 de junio.
— El artículo 9 y la Disposición Adicional Segunda de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014.
A la vista de los anteriores antecedentes, teniendo en cuenta la normativa de aplicación y la doctrina expuestas, en base al Informe Jurídico obrante en el expediente, se considera que la siguiente propuesta de resolución se adecúa a la legislación aplicable, procediendo su aprobación definitiva por la Junta de Gobierno conforme a lo establecido en la Disposición Adicional Segunda de la Ley 9/2017 de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, en relación con el Decreto núm. 2222 de fecha 25 de junio de 2023.
Vista la propuesta de resolución PR/2024/3027 de 24 de julio de 2024 fiscalizada favorablemente con fecha de 29 de julio de 2024.
RESOLUCIÓN
PRIMERO. Adquirir el siguiente bien en las condiciones que figuran en su oferta de fecha 22 de julio de 2024 a:
ADJUDICATARIO |
DESCRIPCIÓN DEL BIEN |
PRECIO |
|
---|---|---|---|
CAPONE IBIZA S.L. B07471014 |
Referencia catastral |
- 3062704CD5136S0001WX - 3062705CD5136S0001AX |
1.073.902,33 € |
Localización |
- C/ Santa Inés, 11 - C/ Vara de Rey, 12 |
||
Clase |
CASCO ANTIGUO 1 |
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Superficie |
Superficie útil: 165m2 Superficie construida: 126m2 |
SEGUNDO. Aprobar y disponer el gasto correspondiente por importe de 1.073.902,33 euros, del que se compensarán los importes deudores de la entidad titular del inmueble hasta la fecha de la firma del contrato de compraventa.
TERCERO. Notificar el presente acuerdo a la Tesorería municipal y a la Intervención para su conocimiento y efectos.
CUARTO. Notificar a CAPONE IBIZA S.L., adjudicatario del contrato, el presente acuerdo y comunicarle que se procederá a requerirle para la firma del contrato a través de medios electrónicos.
QUINTO. Publicar el presente acuerdo en el Boletín Oficial de las Islas Baleares y en la sede electrónica del Ayuntamiento, a efectos de su general conocimiento.
SEXTO. Iniciar el procedimiento para la afectación del bien al servicio público consistente en la creación de un espacio cultural y, posteriormente, anotar el inmueble en el Inventario Municipal de Bienes al efecto de actualizarlo, una vez formalizada la adquisición.
SÉPTIMO. Remitir la documentación necesaria al Registro de la Propiedad para que efectúen los oportunos asientos registrales, según la Legislación hipotecaria.”
Se publica el mismo para su general conocimiento y en cumplimiento del artículo 8.1.a) de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno.
A su vez, estará a disposición de los interesados en la sede electrónica de este Ayuntamiento [http://santantoni.sedelectronica.es].
Contra la Resolución que pone fin a la vía administrativa, puede interponer alternativamente recurso de reposición potestativo ante La Junta de Gobierno Local de este Ayuntamiento, en el plazo de un mes, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; o bien interponer directamente recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Palma de Mallorca en el plazo de dos meses, a contar desde la práctica de la presente notificación, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que pueda interponer Vd. cualquier otro recurso que pudiera estimar más conveniente a su derecho.
Sant Antoni de Portmany, (signat electrònicament: 18 de septiembre de 2024)
El alcalde Marcos Serra Colomar