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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE VIVIENDA, TERRITORIO Y MOVILIDAD

Núm. 599592
Resolución del consejero de Vivienda, Territorio y Movilidad de modificación del anexo 2 de la Resolución de la consejera de Vivienda, Territorio y Movilidad de 26 de octubre de 2023 por la que se convocan las pruebas para la obtención del certificado de aptitud profesional acreditativo de la cualificación inicial de los conductores de determinados vehículos destinados al transporte por carretera que se realizarán en 2024 en la isla de Mallorca

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Texto

Hechos

1. Mediante la Resolución de la consejera de Vivienda, Territorio y Movilidad de 26 de octubre de 2023, publicada en el Boletín Oficial de las Illes Balears del día 28 de octubre de 2023, se recogió en el anexo 2 el Tribunal Calificador de las pruebas para la obtención del certificado de aptitud profesional acreditativo de la cualificación inicial de los conductores de determinados vehículos destinados al transporte por carretera que se realizarán en 2024 en la isla de Mallorca.

2. Se han producido cambios de personal en la Dirección General de Movilidad a raíz de procedimientos de selección y provisión para la cobertura de plazas de personal funcionario en la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears y que, concretamente, afectan a la composición del Tribunal arriba mencionado.

3. En consecuencia, se considera adecuado, por motivos organizativos y funcionales, modificar la composición del Tribunal Calificador de las pruebas para la obtención del certificado de aptitud profesional acreditativo de la cualificación inicial de los conductores de determinados vehículos prevista en el anexo 2 de la Resolución de la consejera de Vivienda, Territorio y Movilidad de 26 de octubre de 2023; y , al mismo tiempo, designar a los miembros suplentes de la presidencia y de la secretaría.

Fundamentos de derecho

1. El Real Decreto 284/2021, de 20 de abril, por el que se regula la cualificación inicial y la formación continua de los conductores de determinados vehículos destinados al transporte por carretera y por el que se modifica el Reglamento de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres, aprobado por el Real Decreto 1211/1990, de 28 de septiembre (BOE n.º 98, de 24 de abril de 2021).

2. La Ley 13/1998, de 23 de diciembre, de atribución de competencias a los consejos insulares de Menorca y de Ibiza y Formentera en materia de transporte por carretera (BOE n.º 166, de 31 de diciembre de 1998).

3. El Decreto 12/2023, de 10 de julio, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB ext. n.º 94, de 10 de julio de 2023).

Por todo ello, dicto la siguiente

Resolución

1. Modificar el anexo 2 de la Resolución de la consejera de Vivienda, Territorio y Movilidad de 26 de octubre de 2023 por la que se convocan las pruebas para la obtención del certificado de aptitud profesional acreditativo de la cualificación inicial de los conductores de determinados vehículos destinados al transporte por carretera que se realizarán durante el año 2024 en la isla de Mallorca (BOIB n.º147, de 28 de octubre de 2023), que quedará redactado de la siguiente manera:

Donde dice:

ANEXO 2 Tribunal Calificador de las pruebas

1. El Tribunal Calificador de las pruebas estará constituido por los siguientes miembros:

Presidencia:

Titular: D.ª Fuensanta París Pérez de Lema

Secretaría:

Titular: D.ª Carmen Albertí Bauzá

Vocales titulares:

Primera: D.ª Farah Bouazza Ariño

Segundo: D.ª Isabel M. García Sánchez

Tercero: D.ª Mercedes Riera López

2. El Tribunal tendrá su sede en la Dirección General de Movilidad, en la calle Eusebi Estada, 28, de Palma.

Debe decir:

ANEXO 2 Tribunal Calificador de las pruebas

1. El Tribunal Calificador de las pruebas estará constituido por los siguientes miembros:

Presidencia:

Titular: D.ª Fuensanta París Pérez de Lema

Suplente: D.ª Maria de Lluc Barceló Arroyo

Secretaría:

Titular: D.ª Francisca Maria Roig Jaume

Suplente: D. Gabriel Oliver Crespí

Vocales titulares:

Primera: D.ª Farah Bouazza Ariño

Segundo: D. Matías Bibiloni Gil

Tercera: D.ª Mercedes Riera López

2. El Tribunal tendrá su sede en la Dirección General de Movilidad, en la calle Eusebi Estada, 28, de Palma.

2. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears y en la sede electrónica de la Dirección General de Movilidad.

Interposición de recursos

Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, se podrá interponer un recurso potestativo de reposición ante el consejero de Vivienda, Territorio y Movilidad en el plazo de un mes desde el día siguiente al de su publicación, de acuerdo con el artículo 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

También se podrá interponer directamente un recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears en el plazo de dos meses desde el día siguiente al de la publicación, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.

 

(Firmado electrónicamente: 18 de septiembre de 2024)

La directora general de Movilidad Lorena del Valle Alonso Por delegación de competencias del consejero Resolución de 24/07/2024 (BOIB n.º 98, de 25/07/2024)