Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDADES
Núm. 597444
Corrección de errores advertidos en la Resolución del consejero de Educación y Universidades por la que se autoriza la apertura y funcionamiento del centro de educación infantil privado CEI Kaia con 4 unidades de educación infantil de primer ciclo (0-3 años
En el Boletín Oficial de las Islas Baleares núm. 114, de 31 de agosto de 2024, se publicó la Resolución del consejero de Educación y Universidades por la que se autoriza la apertura y funcionamiento del centro de educación infantil privado CEI Kaia con 4 unidades de educación infantil de primer ciclo (0-3 años)
Se ha observado un error en la publicación en lo que se refiere a la configuración del centro, concretamente en el punto 2 de la Resolución.
Según el artículo 56 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, la rectificación de los errores materiales, aritméticos y de hecho en actos y disposiciones administrativas corresponde al órgano que haya dictado el acto o disposición; la rectificación de errores debe especificar, si procede, los efectos jurídicos que se derivan, y debe notificarse o publicarse preceptivamente cuando haga referencia a actos que hayan sido notificados o publicados.
El artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, establece que las administraciones públicas pueden, asimismo, rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho, o aritméticos existentes en sus actos.
Se ha comprobado que hubo un error de transcripción en el punto 2 de la Resolución, a la hora de consignar la denominación genérica y la titularidad del centro privado de educación infantil de primer ciclo CEI Kaia, y es necesario corregirlas.
Por todo ello, dicto la siguiente
Resolución
1. Corregir los errores advertidos, en el siguiente sentido:
En el punto 2 de la resolución donde dice:
2. Determinar que, como consecuencia de esta autorización, el centro queda configurado de la siguiente forma:
CEI Kaia
Código de centro: 07016852
Denominación genérica: centro privado con enseñanzas de régimen general
Denominación específica: KAIA Escola Infantil CB
CIF: E02717726
Domicilio: c/ Aragón, 224A
Localidad: Palma
Municipio: Palma
CP: 07008
Enseñanzas autorizadas:
- Educación infantil de primer ciclo: 4 unidades y 55 plazas escolares, distribuidas de la siguiente manera:
De 0 a 1 año: 1 unidad y 7 plazas escolares
De 1 a 2 años: 1 unidad y 12 plazas escolares
De 2 a 3 años: 2 unidades y 36 plazas escolares
Debe decir:
2. Determinar que, como consecuencia de esta autorización, el centro queda configurado de la siguiente forma:
Código de centro: 07016852
Denominación genérica: centro privado de educación infantil de primer ciclo
Denominación específica: KAIA
Titularidad: Kaia Escola Infantil CB (NIF: E02717726)
Domicilio: c/ Aragó, 224A
Localidad: Palma
Municipio: Palma
CP: 07008
Enseñanzas autorizadas:
- Educación infantil de primer ciclo: 4 unidades y 55 plazas escolares, distribuidas de la siguiente manera:
De 0 a 1 año: 1 unidad y 7 plazas escolares
De 1 a 2 años: 1 unidad y 12 plazas escolares
De 2 a 3 años: 2 unidades y 36 plazas escolares
2. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.
Palma, en fecha de la firma electrónica (17 de septiembre de 2024)
El consejero de Educación y Universidades Antoni Vera Alemany