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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDADES

Núm. 597432
Resolución del consejero de Educación y Universidades por la que se autoriza definitivamente la modificación de la configuración, con la ampliación de 2 unidades de bachillerato, y se autoriza la redistribución y actualización de las ratios autorizadas de las etapas de educación infantil, de educación primaria, educación secundaria y bachillerato del centro docente extranjero Baleares International College, de sa Porrassa, en el municipio de Calvià

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Texto

Hechos

1.La Resolución del consejero de Educación y Formación Profesional de 10 de febrero de 2023, (BOIB núm. 24, de 23 de febrero), autorizó la modificación de la configuración, con la ampliación de 2 unidades de bachillerato y el aumento de los ratios autorizados de las etapas de educación primaria, educación secundaria y bachillerato del centro docente extranjero Baleares International College, de sa Porrassa, en el municipio de Calvià. Como consecuencia de estas modificaciones, el centro quedó configurado de la siguiente forma:

Código de centro: 07006445

Denominación genérica: centro docente extranjero

Denominación específica: Baleares International College

Titular: Baleares International School, Mallorca SL (NIF B07006349)

Domicilio: camino de Cala Figuera, núm.3

Localidad: Sa Porrassa

Municipio: Calvià

 

Enseñanzas autorizadas

Infantil: nursery, reception a year 1 (3, 4 y 5 años) 3 unidades y 75 plazas escolares

Primaria: de year 2 a year 7, 6 unidades y 150 plazas escolares

Secundaria: de year 8 a year 11, 4 unidades y 120 plazas escolares

Bachillerato: year 12 y year 13, 4 unidades y 140 plazas escolares

El punto 1, de esta resolución indica lo siguiente: Autorizar de forma condicionada, pendiente de la instalación del ascensor y una escalera exterior, con efectos del curso 2022-2023, la modificación de la configuración del centro docente extranjero Baleares International College, de sa Porrassa, con la ampliación de 2 unidades de bachillerato y el aumento de los ratios autorizados de las etapas de educación primaria, educación secundaria y bachillerato.

2. En fecha 26 de febrero de 2024, (GOIBE119041/2024), el representante del centro docente extranjero Baleares International College solicitó la autorización definitiva del centro indicando que habían finalizado las obras de reforma y acondicionamiento, en concreto las obras de la escalera exterior y del ascensor. Junto con la solicitud, se anexó la siguiente documentación: una declaración responsable de inicio y ejercicio de una actividad permanente mayor, un certificado técnico de ejecución de instalaciones y medidas correctoras de actividad permanente y un certificado de final de obras, certificado de habitabilidad y los planos correspondientes.

3. En fecha 6 de marzo de 2024, (GOIBE139527/2024), el representante de la titularidad Baleares International School SL, presentó documentación para completar y justificar el aumento de las plazas escolares: una memoria justificativa de aforo, un plano de la distribución de alumnos en la planta baja y un plano de la distribución de alumnos en la planta piso y sótano.

4. El 11 de julio de 2024, el arquitecto del Servicio de Infraestructuras Educativas emitió un informe favorable para la autorización definitiva con la configuración de la autorización provisional puesto que en la visita realizada el día 2 de mayo de 2024, se comprobó que la instalación y puesta en servicio de la escalera exterior y el ascensor proyectados y retrasados por la obtención de la licencia de obra mayor, cumplían con los condicionantes del informe emitido por el servicio de centros y recogido en la Resolución del Consejero de Educación y Formación Profesional de 10 de febrero de 2023.

5. El 11 de septiembre de 2024, la jefa del Departamento de Planificación Educativa emitió informe favorable sobre la autorización definitiva de la modificación de la configuración, con la ampliación de 2 unidades de bachillerato y se autoriza la redistribución y la actualización de las ratios autorizadas de las etapas de educación infantil, de educación primaria, educación secundaria y bachillerato del centro docente extranjero Baleares International College, de sa Porrassa, en el municipio de Calvià.

6. El 13 de septiembre de 2024, la directora general de Planificación y Gestión Educativas emitió una propuesta de resolución por la que se autoriza definitivamente la modificación de la configuración, con la ampliación de 2 unidades de bachillerato y se autoriza la redistribución y actualización de las ratios autorizadas de las etapas de educación infantil, de educación primaria, educación secundaria y bachillerato del centro docente extranjero Baleares International College, de sa Porrassa, en el municipio de Calvià.

Fundamentos de derecho

1. La Ley orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del derecho a la educación (BOE núm. 159, de 4 de julio).

2. La Ley orgánica 3/2020, de 29 de diciembre, por la que se modifica la Ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación (BOE núm.340, de 30 de diciembre).

3. La Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares (BOIB núm. 44, de 3 de abril).

4. El Real Decreto 332/1992, de 3 de abril, sobre autorizaciones de centros docentes privados para impartir enseñanzas de régimen general no universitarias (BOE núm. 86, de 9 de abril), modificado por el Real decreto 131/2010, de 12 de febrero (BOE núm. 62, de 12 de marzo).

5. Ley 1/2022, de 8 de marzo, de educación de las Illes Balears, que establece en el artículo 103, punto 2 de principio de autorización administrativa, que los centros privados de las Illes Balears, incluidos los centros extranjeros, que imparten enseñanzas de régimen general o de régimen especial deben someterse al principio de autorización administrativa establecido en esta ley y en el artículo 23 de la Ley orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del derecho a la educación (BOIB núm38, de 17 de marzo).

6. El Real Decreto 806/1993, de 28 de mayo, sobre régimen de centros docentes extranjeros en España (BOE núm. 149, de 23 de junio), modificado por el Real Decreto 131/2010, de 12 de febrero (BOE núm. 62, de 12 de marzo).

7. El Estatuto de autonomía de las Illes Balears, aprobado por la Ley orgánica 1/2007, de 28 de febrero (BOE núm. 52, de 1 de marzo), que establece, en el artículo 36.2, que , en materia de enseñanza, corresponde a la Comunidad Autónoma de las Illes Balears la competencia de desarrollo legislativo y de ejecución de la enseñanza en toda su extensión, niveles y grados, modalidades y especialidades.

8. El Decreto 5/2024, de 29 de mayo, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se modifica el Decreto 12/2023, de 10 de julio, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, modificado por el Decreto 16/2023, de 20 de julio; por el Decreto 17/2023, de 23 de agosto; por el Decreto 1/2024, de 4 de enero, y por el Decreto 4/2024, de 17 de mayo (BOIB núm. 73, de 31 de mayo).

Por todo ello, y de acuerdo con la propuesta formulada por la Dirección General de Planificación y Gestión Educativas, en fecha 13 de septiembre de 2024, dicto la siguiente

Resolución

1. Autorizar de forma definitiva la modificación de la configuración, con la ampliación de 2 unidades de bachillerato, del centro docente extranjero Baleares International College, con código de centro 07006445.

2. Autorizar la actualización y redistribución de las ratios autorizadas de las etapas de educación infantil, educación primaria, educación secundaria y bachillerato del centro docente extranjero Baleares International College.

3. Establecer que en este centro se imparten enseñanzas del sistema educativo británico para alumnos extranjeros y para alumnos españoles y que se imparten enseñanzas de lengua catalana y cultura de las Islas Baleares y de lengua y cultura española.

4. Determinar que, como consecuencia de estas autorizaciones, el centro queda configurado de la siguiente forma:

Código de centro: 07006445

Denominación genérica: centro docente extranjero

Denominación específica: Baleares International College

Titular: Baleares International School, Mallorca SL (NIF B07006349)

Domicilio: camino de Cala Figuera, núm.3

Localidad: Sa Porrassa

Municipio: Calvià

 

Enseñanzas autorizadas: 17 unidades y 485 plazas escolares

Sistema educativo británico:

Nursery and reception : 2 unidades y 50 plazas escolares

(equivalente a 4º y 5º de educación infantil del sistema educativo español)

De year 1 a year 6 (KS1 y KS 2) : 6 unidades y 150 plazas escolares

(Equivalente a 6º de educación infantil y de 1º hasta 5º de primaria del sistema educativo español)

De year 7 hasta year 11 (KS 3 y KS 4): 5 unidades y 145 plazas escolares

(equivalente a 6º de educación primaria y de 1º hasta 4º de la ESO del sistema educativo español

year 12 y year 13 (KS 5): 4 unidades y 140 plazas escolares

 (equivalente a 1º y 2º de bachillerato del sistema educativo español)

5. Inscribir estas autorizaciones en el Registro estatal de centros docentes no universitarios del Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes (RCD) y en el Registro de centros de la Dirección General de Planificación y Gestión Educativas.

6. Remitir al centro que queda obligado a cumplir la legislación vigente y a solicitar la revisión oportuna de su configuración cuando deba modificarse cualquiera de los datos que figuran en esta Resolución. De lo contrario, se revocará la autorización otorgada.

7. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.

Interposición de recursos

Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer recurso potestativo de reposición ante el consejero de Educación y Universidades en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de la publicación, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.

También se puede interponer directamente un recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente de la publicación, de acuerdo con los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

 

Palma, en fecha de la firma electrónica (17 de septiembre de 2024)

El consejero de Educación y Universidades Antoni Vera Alemany