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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE EMPRESA, EMPLEO Y ENERGIA

Núm. 595890
Resolución del consejero de Empresa, Empleo y Energía por la cual se dispone la inscripción y depósito en el Registro de Convenios Colectivos de las Islas Baleares del Acta de la Comisión Paritaria del Convenio Colectivo del Sector de la vigilancia acuática y socorrista de las Islas Baleares , del 11 de marzo del 2024 y su publicación en el Boletín Oficial de las Islas Baleares (código de convenio 07100875012023)

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Antecedentes

1. El 11 de marzo del 2024, los miembros de la Comisión Paritaria del Convenio Colectivo del Sector de la vigilancia acuática y socorrista de las Islas Baleares se reunieron para acordar la actualización de las tablas salariales para el año 2024.

2. El 25 de junio de 2024, José Sebastián Ginard Valcaneras, , en representación de la Comisión Paritaria del Convenio Colectivo, solicitó el registro, el depósito y la publicación de la citada Acta.

Fundamentos de derecho

1. El artículo 90.3 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre.

2. El Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad.

3. El artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Por todo ello, dicto la siguiente

RESOLUCIÓN

1. Inscribir y depositar el Acta de la Comisión Paritaria del Convenio Colectivo del Sector de la vigilancia acuática y socorrista de las Islas Baleares , del 11 de marzo de 2024 , en el Registro de Convenios Colectivos de las Illes Balears.

2. Publicar el Convenio en el Butlletí Oficial de les Illes Balears.

3. Ordenar la traducción del texto a la lengua catalana y hacer constar que la versión castellana del texto es la original firmada por la Comisión Paritaria.

4. Notificar esta Resolución a la persona interesada.

 

Palma, (firmado electronicamente: 13 de septiembre de 2024)

La secretaria autonómica de Trabajo, Ocupación y Diálogo Social Catalina Teresa Cabrer González Por delegación del consejero de Empresa, Ocupación y Energía y por suplencia de la directora general de Trabajo y Salud Laboral (BOIB núm. 103/2023 i BOIB 67/2024)

 

ACTA 3 COMISIÓN PARITARIA DEL CONVENIO COLECTIVO SECTORIAL DE VIGILANCIA ACUÁTICA Y SOCORRISMO

ASISTENTES:

BANCO EMPRESARIAL                                                    BANCO SINDICAL

Josep Salvà Grimalt SALVIB                                                  Pep Ginard Vallcaneras CCOO

J. Vicente Planells Roig AEBS                                                Sonia Moros UGT

En Palma de Mallorca, a 11 de marzo de 2024, siendo las 16:30 horas, en los locales de Comissions Obreres de les Illes Balaears (CCOO), se reúnen las personas arriba relacionadas, al objeto de proceder a la aprobación de las tablas salariales para el ejercicio 2024, del presente convenio colectivo.

Levanta el acta, Pep Ginard Vallcaneras

PUNTO ÚNICO. – Actualización Tablas salariales 2024

Grupo Profesional Salario Base Mensual 23 Salario Base Mensual 24 3,00% Salario Base Mensual + PT 2024 Salario Base 2024 + PT 14 pagas
Grupo I 1963,00 2021,89 2088,84 29243,76
Grupo II 1530,00 1575,90 1642,85 22999,90
Grupo III 1432,00 1474,96 1541,91 21586,74
Grupo IV A 1335,00 1375,05 1442,00 20188,00
Grupo IV B 1135,00 1169,05 1236,00 17304,00
Grupo V 1000,00 1067,05 1134,00 15876,30

Valor de la hora nocturna de los grupos profesionales  de conformidad con lo dispuesto en el artículo 19

Grupo Profesional Valor Hora Nocturna 2023 Valor Hora Nocturna 2024
Grupo I 1,36 1,4
Grupo II 1,24 1,28
Grupo III 1,09 1,12
Grupo IV A 0,98 1,01
Grupo IV B 0,98 1,01
Grupo V 0,98 1,01
     
Plus Transportes Mensual 2023 Mensual 2024
  65 66,95

Se acuerda autorizar a Pep Ginard Vallcaneras para que en nombre de la Comisión, proceda al registro del Acta ante la Autoridad Laboral para su depósito y que a su vez, solicite su publicación en el BOIB.

Y en prueba de conformidad, no habiendo más asuntos que tratar y siendo las 17:30 horas, se procede a firmar el Acta en el lugar y fecha ut supra.

PARTE EMPRESARIAL                                                 PARTE SINDICAL