Sección II. Autoridades y personal
Subsección segunda. Oposiciones y concursos
AYUNTAMIENTO DE LLUCMAJOR
Núm. 595836
Orden de contratar dos (2) plazas de Personal subalterno, clase pinche personal laboral fijo
Por Resolución de la Presidencia del Patronato de la Residencia de personas mayores de Llucmajor n.º 2024003192 de día 11 de septiembre de 2024, se ha dictado lo siguiente:
Antecedentes
Primero.- Vista la convocatoria del proceso de estabilización por el sistema concurso-oposición para la cobertura de dos (2) plazas de Pinche de la categoría personal subalterno, clase pinche, nivel VIII del Convenio colectivo, las bases de la cual se publicaron en el BOIB n.º 156, de día 1 de diciembre de 2022 y el anuncio de la cual se publicó en el BOE n.º 307, de 23 de diciembre de 2022.
Segundo.- Visto el anuncio de valoración de méritos y requisitos, realizado por el Tribunal el día 18 de marzo de 2024 y publicado el día 19 de marzo de 2024.
Tercero.- Visto el Decreto 2024001123 de día 27 de marzo de 2024 en el cual se establece que la Sra. Ana Belén Diaz-Salazar Cruz y el Sr. Antonio Matas Ferrer han superado el proceso selectivo del concurso-oposición.
En consecuencia, RESUELVO:
Primero.- Ordenar la contratación de la Sra. Ana Belén Diaz-Salazar Cruz, con DNI **0352*** y el Sr. Antonio Matas Ferrer, con DNI **1603***, como personal laboral fijo Pinche/Pinche, categoría Personal subalterno, clase pinche, nivel VIII del Convenio colectivo, derivada de la Oferta de Ocupación Pública del Patronato de la Residencia de personas mayores de Llucmajor.
Segundo.- Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.
Tercero.- Requerir a la Sra. Ana Belén Diaz-Salazar Cruz y el Sr. Antonio Matas Ferrer, para que firmen contrato en el plazo máximo de tres días hábiles, a contar a partir del día siguiente a la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.
Cuarto.- Dar traslado de esta Resolución al Pleno del Ayuntamiento, así como a la Unidad de Recursos Humanos por su conocimiento y efectos oportunos.
Contra esta resolución los interesados podrán interponer un recurso potestativo de reposición ante este Ayuntamiento, en el plazo de un mes a contar del día siguiente de la publicación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
También podrán interponer alternativamente un recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-administrativo con sede en Palma, en el plazo de dos meses, de conformidad con lo establecido en los artículos 30, 112.3 y 114.1 c) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y 8, 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.
En caso de optar por interponer el recurso de reposición, no se podrá interponer un recurso contencioso-administrativo hasta que se haya notificado la resolución expresa del recurso de reposición o haya transcurrido un mes desde su interposición sin haber recibido la notificación, fecha en que se podrá entender desestimado por silencio administrativo.
Todo ello sin perjuicio de que puedan interponer cualquier otro recurso que estimen oportuno.
Llucmajor, 16 de septiembre de 2024
La alcaldesa-presidenta María Francisca Lascolas Rosselló