Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDADES
Núm. 589622
Resolución del consejero de Educación y Universidades por la que se autoriza la modificación de la configuración del centro privado de formación profesional (CPFP) Escola d’Hoteleria de les Illes Balears con la apertura y funcionamiento de una nueva sede en Eivissa
Hechos
1. Mediante la resolución del consejero de Educación y Formación Profesional de 6 de junio de 2022 (BOIB núm. 76, de 11 de junio) se aprobó la modificación de la configuración del centro privado de formación profesional Escola d'Hoteleria de les Illes Balears, con la ampliación de una unidad del ciclo formativo de grado superior de Técnico Superior en Gestión de Alojamientos Turísticos. Como consecuencia de esta modificación, el centro quedó configurado de la siguiente forma:
Código de centro: 07015914
Denominación genérica: centro privado de formación profesional
Denominación específica: Escola d'Hoteleria de les Illes Balears
Titular: Consorcio Escola d'Hoteleria de les Illes Balears
Domicilio: ctra. de Valldemossa, km 7,5, edificio Archiduque Luis Salvador
Localidad: campus universitario de la UIB
CP:07122
Enseñanzas autorizadas:
Estudios de la familia profesional de Hostelería y Turismo
Ciclos formativos de grado medio:
- Técnico en Cocina y Gastronomía (HOT21): 1 unidad (2 grupos) y 30 plazas escolares por grupo
- Técnico en Servicios en Restauración (HOT22): 1 unidad (2 grupos) y 30 plazas escolares por grupo
Ciclos formativos de grado superior:
- Técnico superior en Dirección de Cocina (HOT34): 1 unidad (2 grupos) y 30 plazas escolares por grupo
- Técnico superior en Dirección en Servicios de Restauración (HOT35): 1 unidad (2 grupos) y 30 plazas escolares por grupo
- Técnico superior en gestión de Alojamientos Turísticos (HOT31): 1 unidad (2 grupos) y 30 plazas escolares por grupo
Adscripción administrativa: los estudios de los ciclos formativos de grado medio y grado superior quedan adscritos al Centro Integrado de Formación Profesional Junípero Serra (código:07015872).
2. El día 11 de mayo de 2023, la representante del Consorcio Escola d'Hoteleria de les Illes Balears ( Q5755013l) , presentó una solicitud de autorización de apertura y funcionamiento de la nueva sede en Eivissa de la Escola d'Hoteleria de les Illes Balears (EHIB). Junto a la solicitud anexaron la siguiente documentación: el proyecto de la Escola d'Hoteleria de les Illes Balears en Eivissa (EHIB Eivissa), la licencia de reforma y ampliación del pabellón 402 del antiguo cuartel de sa Coma para su reconversión en Escola d'Hoteleria, el proyecto de ejecución para la reforma y ampliación del edificio un certificado que acredita la ratificación del cargo de la actual directora del Consorcio Escola d'Hoteleria de les Illes Balears, el DNI de la directora del centro y copia del convenio de colaboración entre el Consejo Insular de Eivissa, la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, y el Consorcio de la Escola d'Hoteleria de les Illes Balears.
En este convenio se especificó que el Consejo Insular de Eivissa, consciente de la falta de Infraestructuras Educativas en la isla de Eivissa, adquirió en propiedad el antiguo cuartel de Sa Coma, en virtud del convenio firmado al efecto con el Ministerio de Defensa, el 14 de diciembre de 2009 y la posterior formalización de la escritura de compraventa, el 11 de enero de 2010. El Consell Insular de Eivissa ha rehabilitado el pabellón y ha construido un edificio anexo y finalizadas las obras cederá gratuitamente por un período de 20 años a la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para que a través de la Escola d'Hoteleria de les Illes Balears pueda desarrollar sus enseñanzas una vez realizada la cesión.
3. El 19 de febrero de 2024, el arquitecto del servicio de Infraestructuras emitió un informe favorable a la configuración solicitada pero especificaba que restaba la visita al centro una vez terminado y equipado para emitir el informe definitivo. Este informe fue comunicado al centro en fecha 19 de febrero de 2024.
4. En fecha 4 de marzo de 2024, la representante del consorcio de Hostelería de las Illes Balears (EHIB) indicó que las obras han finalizado y que solicitan la visita de los técnicos, para constatar que las obras se han realizado según los planes aprobados.
5. El 17 de julio de 2024, el arquitecto del servicio de Infraestructuras emitió un informe favorable a la visita virtual realizada al centro el 12 de julio de 2024 dado que se constató la existencia y adecuación de los espacios de el informe favorables emitido el 19 de febrero de 2024 para la configuración solicitada.
6. El 5 de agosto de 2024, la jefa del departamento de Planificación y Gestión Educativas emitió un informe favorable sobre la apertura y funcionamiento de la nueva sede en Eivissa (EHIB Eivissa) del centro privado de formación profesional Escola d'Hoteleria de les Illes Balears (EHIB).
6. El 5 de agosto de 2024, la directora general de Planificación y Gestión Educativas propuso la autorización de la apertura y funcionamiento de la nueva sede en Eivissa (EHIB Eivissa) del centro privado de formación profesional Escola d'Hoteleria de les Illes Balears (EHIB) .
Fundamentos de derecho
1. La Ley orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del derecho a la educación (BOE núm. 159, de 4 de julio).
2. La Ley orgánica 3/2020, de 29 de diciembre, (BOE núm. 340, de 30 de diciembre), por la que se modifica la Ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, (BOIB núm. . 106, de 4 de mayo).
3. La Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB núm. 44, de 3 de abril).
4. Ley 1/2022, de 8 de marzo, de educación de las Illes Balears, que establece en el artículo 102 de creación de centros, que la creación, la supresión y la transformación de centros privados deben someterse en la autorización administrativa correspondiente (BOIB núm. 38, de 17 de marzo).
5. El Real decreto 332/1992, de 3 de abril, sobre autorizaciones de centros docentes privados para impartir enseñanzas de régimen general no universitarias (BOE núm. 86, de 9 de abril), modificado por el Real Decreto 131/2010, de 12 de febrero (BOE nº62, de 12 de marzo).
6. El Real Decreto 132/2010, de 12 de febrero, por el que se establecen los requisitos mínimos de los centros que imparten las enseñanzas del segundo ciclo de educación infantil, educación primaria y educación secundaria (BOE núm. 62, de 12 de marzo).
7. El Real Decreto 659/2023, de 18 de julio (BOE núm. 174, de 22 de julio), por el que se desarrolla la ordenación del sistema de formación profesional.
8. El Decreto 91/2012, de 23 de noviembre (BOIB de 29 de noviembre) por el que se establece la ordenación general de la formación profesional del sistema educativo en el sistema integrado de formación profesional en las Illes Balears.
9. El Real Decreto 1396/2007, de 29 de octubre, por el que se establece el título de Técnico en Cocina y Gastronomía y se fijan sus enseñanzas mínimas (BOE núm. 281, de 23 de noviembre).
10. Orden ESD/3408/2008, de 3 de noviembre, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de Grado Medio correspondiente al título de Técnico en Cocina y Gastronomía (BOE núm. 287, de 28 de noviembre).
11. Real decreto 1690/2007, de 14 de diciembre, por el que se establece el título de Técnico en Servicios en Restauración y se fijan las enseñanzas mínimas (BOE núm. 16, de 18 de enero de 2008).
12. Orden EDU/2216/2009, de 3 de julio, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de grado medio correspondiente al título de técnico en servicios en restauración (BOE núm. 194, de 12 de agosto ) .
13. El Real decreto 1686/2007, de 14 de diciembre, por el que se establece el título de Técnico Superior en Gestión de Alojamientos Turísticos y se fijan sus enseñanzas mínimas (BOE núm.13, de 15 de enero).
14. La Orden EDU/2254/2009, de 3 de julio, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de grado superior correspondiente al título de Técnico Superior en Gestión de Alojamientos Turísticos (BOE núm. 198, de 17 de agosto).
15. El Real Decreto 687/2010, de 20 de mayo, por el que se establece el título de Técnico Superior en Dirección de Cocina y se fijan las enseñanzas mínimas (BOE núm.143, de 12 de junio).
16. La Orden EDU/2883/2010, de 2 de noviembre, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de grado superior correspondiente al título de técnico superior en dirección de cocina (BOE núm. 272, de 10 de noviembre ).
17. El Real decreto 688/2010, de 20 de mayo, por el que se establece el título de técnico superior en dirección de servicios de restauración y se fijan las enseñanzas mínimas (BOE núm. 143, de 12 de junio).
18. La Orden EDU/2884/2010, de 2 de noviembre, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de grado superior correspondiente al título de Técnico superior en Dirección de servicios en restauración (BOE núm. 272, de 10 de noviembre).
19. El Real Decreto 482/2020, de 7 de abril, por el que se establece el Curso de especialización en panadería y pastelería artesanales y se fijan los aspectos básicos del currículum, y se modifica el Real Decreto 651/2017, de 23 de junio, lo que se establece el Título de Técnico Superior en Acondicionamiento Físico y se fijan los aspectos básicos del currículo (BOE núm. 134, de 13 de mayo).
20. El Estatuto de Autonomía de las Illes Balears, aprobado por la Ley orgánica 1/2007, de 28 de febrero (BOE núm. 52, de 1 de marzo, y suplemento en catalán núm. 9, de 16 de marzo ), el cual establece, en el artículo 36.2, que, en materia de enseñanza, corresponde a la Comunidad Autónoma de las Illes Balears la competencia de desarrollo legislativo y de ejecución de la enseñanza en toda su extensión, niveles y grados, modalidades y especialidades.
21. El Decreto 5/2024, de 29 de mayo, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se modifica el Decreto 12/2023, de 10 de julio, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, modificado por el Decreto 16/2023, de 20 de julio; por el Decreto 17/2023, de 23 de agosto; por el Decreto 1/2024, de 4 de enero, y por el Decreto 4/2024, de 17 de mayo (BOIB núm. 73, de 31 de mayo).
22. La Orden EFD/657/2024, de 25 de junio, por la que se establece el currículo y se regulan determinados aspectos organizativos de los ciclos de grado medio en el ámbito de gestión del Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes.
23. La Orden EFD/659/2024, de 25 de junio, por la que se establece el currículo y se regulan determinados aspectos organizativos de los ciclos de grado medio en el ámbito de gestión del Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes.
Por todo ello, y de acuerdo con la propuesta formulada por la Dirección General de Planificación y Gestión Educativas, en fecha 5 de agosto de 2024, dicto la siguiente
Resolución
1. Autorizar la modificación de la configuración del centro privado de Formación Profesional Escola d'Hoteleria de les Illes Balears (EHIB) con la apertura y funcionamiento de una sede en Eivissa (EHIB-Eivissa).
2. Determinar que, como consecuencia de esta modificación, el centro queda configurado de la siguiente forma:
Código de centro: 07015914
Denominación genérica: centro privado de formación profesional
Denominación específica: Escola d'Hoteleria de les Illes Balears (EHIB)
Titular: Consorcio Escola d'Hoteleria de les Illes Balears (CIF Q5755013I)
Sede de Mallorca
Domicilio: ctra. de Valldemossa, km 7,5, edificio Archiduque Luis Salvador
Localidad: campus universitario de la UIB
CP:07122
Enseñanzas autorizadas:
Estudios de la familia profesional de Hostelería y Turismo
Ciclos formativos de grado medio:
- Técnico en Cocina y Gastronomía (HOT21): 1 unidad (2 grupos) y 30 plazas escolares
- Técnico en Servicios en Restauración (HOT22): 1 unidad (2 grupos) y 30 plazas escolares por grupo
Ciclos formativos de grado superior:
- Técnico superior en Dirección de Cocina (HOT34): 1 unidad (2 grupos) y 30 plazas escolares por grupo
- Técnico superior en Dirección en Servicios de Restauración (HOT35): 1 unidad (2 grupos) y 30 plazas escolares por grupo
- Técnico superior en gestión de Alojamientos Turísticos (HOT31): 1 unidad (2 grupos) y 30 plazas escolares por grupo
Adscripción administrativa: los estudios de los ciclos formativos de grado medio y grado superior de la sede de Mallorca, quedan adscritos al Centro Integrado de Formación Profesional Juníper Serra (código 07015872).
Sede de Eivissa
Domicilio: Pabellón 402, Parque de Servicios Insulares de Eivissa, km 3,5 de la ctra. C-731
Antiguo cuartel de Sa Coma
Municipio: Sant Antony de Portmany
CP:07800
Enseñanzas autorizadas:
Estudios de la familia profesional de Hostelería y Turismo
Ciclos formativos de grado medio:
- Técnico en Cocina y Gastronomía (HOT21): 1 unidad (2 grupos) y 30 plazas escolares
- Técnico en Servicios en Restauración (HOT22): 1 unidad (2 grupos) y 30 plazas escolares por grupo
Ciclos formativos de grado superior:
- Técnico superior en Dirección de Cocina (HOT34): 1 unidad (2 grupos) y 30 plazas escolares por grupo
- Técnico superior en Dirección en Servicios de Restauración (HOT35): 1 unidad (2 grupos) y 30 plazas escolares por grupo
- Técnico superior en gestión de Alojamientos Turísticos (HOT31): 1 unidad (2 grupos) y 30 plazas escolares por grupo
Curso de Especialización en Fornería y Bollería Artesanales: 2 unidades y 30 plazas escolares.
Adscripción administrativa: los estudios de los ciclos formativos de grado medio y grado superior de la sede de Eivissa, quedan adscritos al IES Sa Serra con código de centro 07014144.
3. Inscribir esta autorización en el Registro estatal de centros docentes no universitarios del Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes (RCD) y en el Registro autonómico de la de la Consejería de Educación y Universidades.
4. Recibir al citado centro que queda obligado a cumplir la legislación vigente ya solicitar la revisión oportuna de su configuración cuando deba modificarse cualquiera de los datos que figuran en esta Resolución. De lo contrario, se revocará la autorización otorgada.
5. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears.
Interposición de recursos
Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante el consejero de Educación y Universidades en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al día en que se publique en el BOIB, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
También se puede interponer directamente un recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente de la publicación en el BOIB, de acuerdo con los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.
Palma, en fecha de la firma electrónica (11 de septiembre de 2024)
El consejero de Educación y Universidades Antoni Vera Alemany