Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
AYUNTAMIENTO DE EIVISSA
Núm. 586663
Segunda modificación Plan Estratégico de Subvenciones año 2024 del Ayuntameinto de Eivissa, Organismos Autónomos y Consorcio adscrito
Visto que, según se establece la Base 44ª de Ejecución del Presupuesto General de la Corporación, la competencia para aprobar las modificaciones del Plan Estratégico de Subvenciones del Ayuntamiento de Ibiza, sus organismos autónomos y consorcio adscrito, corresponde al alcalde – presidente de la Corporación, se aprobó, mediante Decreto de alcaldía número 2024-6167, la siguiente modificación del PES:
MODIFICACIÓN DEL PLAN ESTRATÉGICO DE SUBVENCIONES AÑO 2024 DEL AYUNTAMIENTO DE IBIZA, SUS ORGANISMOS AUTÓNOMOS Y CONSORCIO ADSCRITO
Primero. - Se elimina la línea A) del artículo 14, referente a una subvención en materia de comercio, turismo y pequeñas y medianas empresas, concretamente la dinamización del comercio y restauración local, con un coste previsible de 250.000,00 euros.
CAPÍTULO I. DISPOSICIONES GENERALES
ARTÍCULO 1. PRINCIPIOS GENERALES
El establecimiento de subvenciones de este Ayuntamiento, de sus organismos autónomas y consorcio adscrito durante el periodo del 2024 se ajustará a aquello que prevé el presente Plan.
ARTÍCULO 2. PRINCIPIO CONSIGNACIÓN PRESUPUESTARIA
El establecimiento efectivo de las subvenciones que se prevén en este Plan requerirá la inclusión de las consignaciones correspondientes en los Presupuestos Municipales de cada año y se ajustará a la Ordenanza General Reguladora de las Bases para la concesión de subvenciones por parte del Ayuntamiento de Ibiza. (BOIB n.º 81 de 10 de junio de 2008, modificada BOIB n.º 25 de 13 de febrero de 2010) y a las bases específicas que correspondan.
ARTÍCULO 3. PRINCIPIO DE ESTABILIDAD PRESUPUESTARIA
El establecimiento de subvenciones queda supeditado al cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria, hecho por el cual las consignaciones presupuestarias que se aprueben y las bases reguladoras de su concesión se acomodarán en cada momento a estos objetivos.
ARTÍCULO 4. PRINCIPIO DE NO COMPENSACIÓN
La aprobación del Plan Estratégico de Subvenciones no supone la generación de ningún derecho en favor de los beneficiarios potenciales, que no podrán exigir indemnizaciones ni compensaciones en el supuesto de que el Plan no se lleve a la práctica en sus propios términos.
CAPÍTULO II. BENEFICIARIOS, MATERIAS Y RÉGIMEN DE CONTROL Y EVALUACIÓN CONTINUADA.
ARTÍCULO 5. BENEFICIARIOS Y COMPETENCIA
El Ayuntamiento concederá subvenciones a favor de personas o Entidades privadas con el fin de fomentar la realización de actividades de utilidad pública o interés social o para promover la consecución de finalidades públicas atribuidas a la competencia local.
ARTÍCULO 6. MATERIAS SUBVENCIONABLES
El Ayuntamiento establecerá anualmente subvenciones en las materias siguientes:
AYUNTAMIENTO DE EIVISSA
- Política de gasto 15: Vivienda
- Política de gasto 16: Bienestar comunitario
- Política de gasto 17: Medio ambiente
- Política de gasto 23: Servicios Sociales y Promoción Social
- Política de gasto 32: Educación
- Política de gasto 33: Cultura
- Política de gasto 43: Comercio, turismo y pequeñas y medianas empresas
- Política de gasto 92: Servicios de carácter general
PATRONATO MUNICIPAL DE MÚSICA
- Política de gasto 33: Música
PATRONATO MUNICIPAL DE DEPORTES
- Política de gasto 34: Deportes
CONSORCIO EIVISSA PATRIMONIO DE LA HUMANIDAD
- Política de gasto 33: Patrimonio
ARTICULO 7. RÉGIMEN DE SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN DE LOS RESULTADOS.
Los órganos gestores responsables de cada línea de subvenciones realizarán el seguimiento continuado de los objetivos operativos y de los indicadores de cada línea de subvención con el fin de obtener información que permita evaluar el desempeño de los resultados esperados.
Este control será realizado por los órganos gestores a través de un informe de evaluación anual que aprobará la Junta de Gobierno Local y del que se dará cuenta al Pleno de la Corporación.
La emisión de este informe se realizará dentro del primer trimestre del ejercicio siguiente al cual se evalúa.
CAPÍTULO III. SUBVENCIONES DEL AYUNTAMIENTO DE EIVISSA.
ARTÍCULO 8. SUBVENCIONES EN MATERIA DE VIVIENDA
A) AYUDAS PARA EL ALQUILER DE VIVIENDA
a) Objetivo: El objeto de esta subvención es ayudar a personas físicas residentes en el municipio de Ibiza con escasos medios económicos, a fin de facilitar la permanencia en una vivienda en régimen de alquiler por medio del otorgamiento de ayudas directas consistentes en la financiación de una parte de la renta que tienen que satisfacer.
b) Efectos que se pretenden: Se pretende paliar los efectos del encarecimiento del alquiler en el municipio de Ibiza, que actualmente presenta los precios más elevados del Estado, y que obliga a muchas personas que llevan años viviendo a partir hacia otros territorios por no poder hacer frente al pago de estos alquileres.
c) Procedimiento: El procedimiento de concesión de subvenciones se tramita en régimen de concurrencia competitiva.
d) Coste previsible: 500.000,00 euros.
e) Financiación: La financiación se llevará a cabo con fondos propios, con cargo al capítulo cuarto de los presupuestos, concretamente a la aplicación presupuestaría 15200 48900.
f) Plazo: Ejercicio presupuestario a que corresponda el Plan.
g) Régimen de seguimiento y evaluación continua:
Indicadores:
- Total del presupuesto destinado a la línea sobre el presupuesto total.
- Porcentaje final de la subvención pagada respeto la concedida (índice de consecución)
- Nombre de población beneficiada
ARTÍCULO 9. SUBVENCIONES EN MATERIA BIENESTAR COMUNITARIO
En materia de Bienestar Comunitario, el Ayuntamiento establecerá, durante el período de vigencia el Plan, las líneas de subvenciones siguientes:
A) EXPLOTACIÓN DEL ALUMBRADO:
a) Objetivos: Subvención a la explotación de la concesión del alumbrado público prevista en la cláusula 28.2 del P.C.A.P.
Efectos que se pretenden: Evaluación indicadores de calidad del servicio de alumbrado público.
b) Coste previsible: 1.043.349,62 euros.
c) Financiación: La financiación se llevará a cabo con fondos propios, con cargo al capítulo cuarto de los Presupuestos, concretamente a la aplicación presupuestaría 16500-47900.
d) Procedimiento: Subvención corriente a la explotación.
e) Plazo: Ejercicio presupuestario a que corresponda el Plan.
ARTÍCULO 10. SUBVENCIONES EN MATERIA DE MEDIO AMBIENTE
En materia de Medio Ambiente, el Ayuntamiento de Ibiza establecerá, durante el periodo de vigencia del Plan, las líneas de subvención siguientes:
A) ACTUACIONES FORO MARINO
a) Objetivo: Apoyar el acontecimiento “Foro Marino” como espacio de referencia para el debate y reflexión en materia de desafíos en turno a la conservación del Mar Balear, para la divulgación de buenas prácticas y asunción de compromisos relacionados con los retos pendientes por parte de todas las partes involucradas, públicas y privadas.
b) Efectos que se pretenden: Contribuir al hecho que el Mar Balear, y en particular las aguas de Ibiza se encuentren libres de vertidos y residuos, el fondeo de barcos sea respetuoso con el entorno y se proteja la biodiversidad de nuestro mar.
c) Coste previsible: 25.000,00 euros
d) Financiación: La financiación se llevará a cabo con fondos propios, con cargo al capítulo cuarto de los presupuestos, concretamente a la aplicación presupuestaria 17200-48900.
e) Procedimiento: Concesión mediante subvención con régimen de concurrencia competitiva, pero con carácter excepcional se podrán otorgar mediante concesión directa aquellas otras subvenciones en que se acrediten razones de interés público, social, económico o humanitario, u otras debidamente justificadas que dificulten la convocatoria.
f) Plazo: Ejercicio presupuestario a que corresponda el Plan.
g) Régimen de evaluación continua:
Indicadores:
- Total del presupuesto destinado a la línea sobre el presupuesto total
- Porcentaje final de la subvención pagada respeto la concedida (índice de consecución)
- Nombre de la población beneficiada
ARTÍCULO 11. SUBVENCIONES EN MATERIA DE SERVICIOS SOCIALES Y PROMOCIÓN SOCIAL.
En materia de Servicios Sociales y Promoción Social, el Ayuntamiento establecerá, durante el periodo de vigencia del Plan, las líneas de subvención siguientes:
A) ACTUACIONES DE SENSIBILIZACIÓN, COOPERACIÓN Y DE PROMOCIÓN Y PARTICIPACIÓN SOCIAL
a) Objetivo: Apoyar aquellas actividades que promueven las propias entidades que fomentan la participación social y solidaria de las personas, la atención socio-educativa de niños y adolescentes en horarios no lectivos y todas aquellas actividades concretas y dirigidas a la promoción personal e individual de los ciudadanos para la mejora de oportunidades y de las propias condiciones de vida.
b) Efectos que se pretende: Potenciar y mejorar las capacidades de las personas tanto a nivel personal como de cara a incentivar la participación social responsable hacia actuaciones que favorezcan el civismo, la empatía y la mejora de la convivencia entre ciudadanos.
c) Coste previsible: 75.000,00 euros
d) Financiación: La financiación se llevará a cabo con fondos propios, con cargo al capítulo cuarto de los presupuestos, concretamente a la aplicación presupuestaria 23200-48900.
e) Procedimiento: Concesión mediante subvención con régimen de concurrencia competitiva.
f) Plazo: Ejercicio presupuestario a que corresponda el Plan.
g) Régimen de evaluación continua:
Indicadores:
Total del presupuesto destinado a la línea sobre el presupuesto total
Número de solicitudes justificadas sobre el número total de solicitudes
Porcentaje final de la subvención pagada respeto la concedida (índice de consecución)
B) PROMOCIÓN Y ATENCIÓN SOCIO-SANITARIA
a) Objetivo: Potenciar y colaborar en actividades que se lleven a cabo en el municipio de Ibiza o que beneficien a sus ciudadanos, en relación a la atención en aquellas personas, grupos o colectivos que sufren algún tipo de enfermedad, discapacidad, afectación o cualquier otra patología que afecte al normal desarrollo de su vida diaria.
b) Efectos que se pretenden: La subvención tiene como objeto la mejora de las condiciones de vida de las personas afectadas por cualquier tipo de afectación de la salud o bien otras circunstancias de cariz social o sanitario que impiden el desarrollo de una vida llena.
c) Coste previsible: 296.000,00 euros
d) Financiación: La financiación se llevará a cabo con fondos propios, con cargo al capítulo cuarto de los presupuestos, concretamente a las aplicaciones presupuestarías 23200-48903.
e) Procedimiento: Concesión mediante subvención con régimen de concurrencia competitiva, pero con carácter excepcional se podrán otorgar mediante concesión directa aquellas otras subvenciones en que se acrediten razones de interés público, social, económico o humanitario, u otros debidamente justificadas que dificulten la convocatoria pública.
f) Plazo: Ejercicio presupuestario al que corresponda el Plan
g) Régimen de evaluación continua:
Indicadores:
- Total del presupuesto destinado a la línea sobre el presupuesto total
- Número de solicitudes justificadas sobre el número total de solicitudes
- Porcentaje final de la subvención pagada respeto la concedida (índice de consecución)
C) ACTUACIONES EN MATERIA DE VOLUNTARIADO.
a) Objetivo: Hacer frente a los gastos de alquiler necesarios para contribuir al funcionamiento y mantenimiento de la sede de la Plataforma Socio sanitaria.
b) Efectos que se pretenden: Facilitar a todas las asociaciones que forman parte de la Plataforma Socio-sanitaria el mantenimiento de su tarea y actividades comunitarias y potenciar el trabajo en red y objetivos comunes de cara al bienestar de la ciudadanía que lo necesite.
c) Coste previsible: 24.500 euros
d) Nombre del convenio: Subvención local Plataforma Socio-sanitaria.
e) Financiación: La financiación se llevará a cabo con fondos propios, con cargo al capítulo cuarto de los presupuestos, concretamente a la aplicación presupuestaría 23203-48900.
f) Procedimiento: Concesión mediante subvención nominativa incluida en el Presupuesto General de la Corporación para el ejercicio 2024.
g) Plazo: Ejercicio presupuestario a qué corresponda el Plan
h) Régimen de evaluación continua:
Indicadores:
- Porcentaje final de la subvención pagada respeto la concedida (índice de consecución).
- Nombre de alumnos beneficiarios.
- Nombre de población beneficiaria.
ARTÍCULO 12. SUBVENCIONES EN MATERIA DE EDUCACIÓN
En materia de Educación, el Ayuntamiento establecerá, durante el periodo de vigencia del Plan, las líneas de subvención siguientes
A) AYUDAS LIBROS DE TEXTO
a) Objetivos: Creación de un fondo de libros de texto y material didáctico para el curso escolar 2023-2024 de los grupos de primaria.
b) Efectos que se pretenden: El uso solidario y cooperativo de los libros de texto re-utilizables y el material didáctico de los cursos y niveles correspondientes a la enseñanza obligatoria.
c) Coste previsible: 100.000,00 euros.
d) Financiación: La financiación se llevará a cabo con fondos propios, con cargo al capítulo cuarto de los Presupuestos, concretamente a la aplicación presupuestaría 32000-48000.
e) Procedimiento: Concesión mediante subvención con régimen de concurrencia competitiva.
f) Plazo: Ejercicio presupuestario a que corresponda el Plan.
g) Régimen de evaluación continuada:
Indicadores:
- Total del presupuesto destinado a la línea sobre el presupuesto total
- Número de solicitudes presentadas en relación con convocatorias anteriores
- Nombre de alumnos beneficiados
B) SUBVENCIONES DESTINADAS AL FINANCIAMIENTO DE ACTIVIDADES DE ASOCIACIONES DE FAMILIAS (AFAS) DE LOS CENTROS EDUCATIVOS DEL MUNICIPIO DE EIVISSA.
a) Objetivos Potenciar la participación en la vida escolar de las familias de los alumnos matriculados en los centros educativos del municipio de Ibiza.
b) Efectos que se pretenden: dinamizar y apoyar a las AFAS para ampliar y consolidar la oferta de talleres y actividades en todos los centros.
c) Coste previsible: 50.000,00 euros.
d) Financiación: La financiación se llevará a cabo con fondos propios, con cargo al capítulo cuarto de los Presupuestos, concretamente a la aplicación presupuestaría 32000-48100.
e) Procedimiento: Concesión mediante subvención con régimen de concurrencia competitiva.
f) Plazo: Ejercicio presupuestario a que corresponda el Plan.
g) Régimen de evaluación continua:
Indicadores:
- Total del presupuesto destinado a la línea sobre el presupuesto total
- Nombre de población beneficiada
- Nombre de alumnos beneficiados
ARTÍCULO 13. SUBVENCIONES EN MATERIA DE CULTURA
A) APORTACIÓN CONVENIOS CULTURA:
a) Objetivos: Teniendo en cuenta la necesidad, por parte del Ayuntamiento de Ibiza, de promover la enseñanza del folclore y la enseñanza del teatro, promocionar el cine realizado en nuestra isla, arte urbano e impulsar otras actividades de goce cultural importante para la población del municipio, a la vez que pueden ayudar a descubrir vocaciones a aquellas personas que quieran dedicarse profesionalmente.
b) Efectos que se pretenden: Que las asociaciones con una reconocida trayectoria profesional lleven a cabo de manera singular cursos, destacando el baile y el aprendizaje para tocar diferentes instrumentos musicales característicos de nuestro folclore y clases de teatro, cine y arte urbano.
c) Coste previsible: 100.000 euros.
d) Financiación: La financiación se llevará a cabo con fondos propios, con cargo al capítulo cuarto de los Presupuestos, concretamente a la aplicación presupuestaría 33400-48901.
e) Procedimiento: : Concesión mediante subvención con régimen de concurrencia competitiva, pero con carácter excepcional se podrán otorgar mediante concesión directa aquellas otras subvenciones en que se acrediten razones de interés público, social, económico o humanitario, u otros debidamente justificadas que dificulten la convocatoria pública.
f) Plazo: Ejercicio presupuestario a que corresponda el Plan.
g) Régimen de evaluación continua:
Indicadores:
- Total del presupuesto destinado a la línea sobre el presupuesto total
- Nombre de población beneficiada
- Nombre de alumnos beneficiarios
B) CONVENIO CURSOS CATALÁN:
a) Objetivos:
Convenio Cursos de catalán IEB-AjEivissa:
Convenio anual firmado con el Instituto de Estudios Baleáricos para los cursos de catalán 2022-2023 donde se ofrecen todos los niveles (A1, A2, B1, B2, C1 y C2) tanto de forma presencial, como semi presencial, atendiendo a la demanda y a la situación derivada de la pandemia.
Convenio Voluntariado Lingüístico:
Convenio anual entre el Ayuntamiento de Ibiza y el Instituto de Estudios Ibicencos para la realización del programa Voluntariado Lingüístico. Contempla el seguimiento y apoyo de las parejas lingüísticas para facilitar el aprendizaje y práctica de los conocimientos orales en lengua catalana, así como un programa de dinamización de conocimiento del entorno.
Campaña sensibilización uso del catalán:
Durante el año 2024 se tiene previsto llevar a cabo una campaña de sensibilización del uso de la lengua catalana, en colaboración con otras entidades, a través de las redes y medios de comunicación.
b) Efectos que se pretenden: Proteger el patrimonio lingüístico de las Islas Pitiusas llevando a cabo múltiples actividades a lo largo del año 2024 como publicaciones, cursos, exposiciones y asesoramiento lingüístico.
c) Coste previsible: 22.500,00 euros.
Financiación: La financiación se llevará a cabo con fondos propios, con cargo al capítulo cuarto de los Presupuestos, concretamente a la aplicación presupuestaria 33401-48900.
d) Procedimiento: Concesión mediante subvención con régimen de concurrencia competitiva, pero con carácter excepcional se podrán otorgar mediante concesión directa aquellas otras subvenciones en que se acrediten razones de interés público, social, económico o humanitario, u otras debidamente justificadas que dificulten la convocatoria pública.
e) Plazo: Ejercicio presupuestario a que corresponda el Plan.
f) Régimen de evaluación continua:
Indicadores:
- Total del presupuesto destinado a la línea sobre el presupuesto total
- Porcentaje final de la subvención pagada respeto la concedida (índice de consecución)
- Número de población beneficiada
C) CONVENIOS VARIOS NORMALIZACIÓN LINGÜÍSTICA:
a) Objetivos: Convenio mantenimiento Centro de Catalán 2023: Convenio anual firmado con el Instituto de Estudios Baleáricos para el mantenimiento del Centro de Catalán como recurso de auto-aprendizaje de la lengua catalana y dinamización lingüística. Es un espacio dotado de medios y materiales para facilitar el aprendizaje individualizado del catalán y se ajusta a las necesidades horarias de cada aprendiz. Cuenta con asesoramiento y grupos de conversación.
b) Efectos que se pretenden: Facilitar el conocimiento y fomentar el uso de la lengua catalana entre la población, especialmente entre las personas que quieren profundizar en la práctica oral y el conocimiento de la lengua y cultura catalana en Ibiza.
c) Coste previsible: 15.000,00 euros.
d) Financiación: La financiación se llevará a cabo con fondos propios, con cargo al capítulo cuarto de los Presupuestos, concretamente a la aplicación presupuestaria 33401 48901.
e) Procedimiento: Concesión mediante subvención con régimen de concurrencia competitiva, pero con carácter excepcional se podrán otorgar mediante concesión directa aquellas otras subvenciones en que se acrediten razones de interés público, social, económico o humanitario, u otras debidamente justificadas que dificulten la convocatoria pública.
f) Plazo: Ejercicio presupuestario a que corresponda el Plan.
g) Régimen de evaluación continua:
Indicadores:
- Total del presupuesto destinado a la línea sobre el presupuesto total
- Porcentaje final de la subvención pagada respeto la concedida (índice de consecución).
- Nombre de población beneficiada
- Nombre de alumnos beneficiarios
D) PREMIOS Y BECAS PATRIMONIO:
a) Objetivos: Programa de becas para realizar prácticas de laboratorio en materia de arqueología, con el objetivo de contribuir a la formación profesional de estudiantes, licenciados, graduados y pos-graduados en historia y/o arqueología.
b) Efectos que se pretenden:
Adquirir habilidades y conocimientos prácticos relacionados con su formación universitaria, aprovechando los materiales arqueológicos encontrados en excavaciones arqueológicas realizadas en el marco de proyectos promovidos por el Ayuntamiento de Ibiza.
Proporcionar una formación práctica en arqueología que servirá de experiencia por la futura incorporación al mi laboral de los participantes.
Fomentar el conocimiento de la arqueología y de la historia de la ciudad de Ibiza y de la isla.
c) Coste previsible: 4.000,00 euros
d) Financiación: La financiación se llevará a cabo con fondos propios, con cargo al capítulo cuarto de los Presupuestos, concretamente a la aplicación presupuestaría 33600-48100.
e) Procedimiento: Concesión mediante subvención con régimen de concurrencia competitiva.
f) Plazo: Ejercicio presupuestario a que corresponda el Plan.
g) Régimen de evaluación continua:
Indicadores:
- Número de solicitudes presentadas en relación con convocatorias anteriores
- Porcentaje/número de solicitudes desestimadas respeto las presentadas
- Media de las puntuaciones en relación a la puntuación máxima
E) CONVENIO ASOCIACIÓN ASTRONÓMICA DE EIVISSA
a) Objetivos: El Observatorio Astronómico des Puig des Molins es un bien demanial del ayuntamiento de Ibiza, que tiene como destino dar un servicio público relacionado con la investigación divulgación y promoción en materia de astronomía. Se creó en 1956, ligado a la fundación de la Agrupación Astronómica de Ibiza (AAE). Esta asociación desarrolló una intensa labor pedagógica y divulgativa dirigida a la sociedad, a la cual se le quiere dar continuidad.
b) Efectos que se pretenden: Divulgación de la astronomía, dirigida a la sociedad en general mediante la organización de observaciones astronómicas divulgativas, abiertas en toda la población; charlas y conferencias; demostraciones observacionales mediante el material disponible en el observatorio astronómico; contribución a la enseñanza de la astronomía en el ámbito escolar. Dar continuidad en los planes de investigación y de colaboración con organismos científicos, tanto nacionales como internacionales.
c) Coste previsible: 30.000,00 euros
d) Financiación: La financiación se llevará a cabo con fondos propios, con cargo al capítulo cuarto de los Presupuestos, concretamente a la aplicación presupuestaría 33600-48901.
e) Procedimiento: Concesión mediante subvención nominativa incluida en el Presupuesto General de la Corporación para el ejercicio 2024.
f) Plazo: Ejercicio presupuestario a que corresponda el Plan.
g) Régimen de evaluación continua:
Indicadores:
- Porcentaje final de la subvención pagada respeto la concedida (índice de consecución).
- Número de población beneficiada
- Número de alumnos beneficiarios
F) AYUDAS A ESTUDIANTES DE ENSEÑANZAS SUPERIORES
a) Objetivos: Ayudas para estudiantes de enseñanzas superiores (de grado, enseñanzas artísticas superiores y ciclos formativos de grado superior) del municipio de Ibiza para estudios cursados en Ibiza o fuera de la isla.
b) Efectos que se pretenden: Que todos los estudiantes puedan tener acceso a formación de calidad en la enseñanza.
c) Coste previsible: 80.000,00 euros
d) Financiación: La financiación se llevará a cabo con fondos propios, con cargo al capítulo cuarto de los Presupuestos, concretamente las aplicaciones presupuestarías 33700-48101.
e) Procedimiento: Concesión mediante subvención con régimen de concurrencia competitiva.
f) Plazo: Ejercicio presupuestario a que corresponda el Plan.
g) Régimen de seguimiento y evaluación continua:
Indicadores:
- Número de solicitudes presentadas en relación con convocatorias anteriores
- Porcentaje/número de solicitudes desestimadas respecto a las presentadas
- Porcentaje de beneficiarios respecto a los solicitantes.
G) PREMIOS A LOS MEJORES EXPEDIENTES ACADÉMICOS DE BACHILLERATO Y CICLOS FORMATIVOS DE GRADO MEDIO
a) Objetivos: Valorar la excelencia, el esfuerzo y el rendimiento académico del alumnado dando un reconocimiento oficial a los méritos de los alumnos que demuestran una especial preparación en los estudios.
b) Efectos que se pretenden: Promover una formación de calidad en la enseñanza secundaria que incentive el alumnado hacia la continuación de estudios superiores.
c) Coste previsible: 15.000,00 euros
d) Financiación: La financiación se llevará a cabo con fondos propios, con cargo al capítulo cuarto de los Presupuestos, concretamente a la aplicación presupuestaría 33700-48100.
e) Procedimiento: Concesión mediante subvención con régimen de concurrencia competitiva.
f) Plazo: Ejercicio presupuestario a que corresponda el Plan.
g) Régimen de seguimiento y evaluación continua:
Indicadores:
- Número de solicitudes presentadas en relación con convocatorias anteriores
- Porcentaje/número de solicitudes desestimadas respecto a las presentadas
- Porcentaje de beneficiarios respecto a los solicitantes
H) PREMIOS Y BECAS FIESTAS:
a) Objetivos: Promocionar y gestionar políticas y proyectos de participación en las fiestas del municipio, así como hacer difusión y promoción mediante el otorgamiento de diferentes premios por los participantes al Desfile de Carnaval 2024.
b) Efectos que se pretenden: Organizar actividades festivas potenciando la participación ciudadana.
c) Coste previsible: 18.000 euros
d) Financiación: La financiación se llevará a cabo con fondos propios, con cargo al capítulo cuarto de los Presupuestos, concretamente a la aplicación presupuestaría 33800-48000.
e) Procedimiento: Concesión mediante subvención con régimen de concurrencia competitiva.
f) Plazo: Ejercicio presupuestario a que corresponda el Plan.
g) Régimen de evaluación continua:
Indicadores:
- Total del presupuesto destinado a la línea sobre el presupuesto total
- Número de solicitudes justificadas sobre el número total de solicitudes
- Porcentaje final de la subvención pagada respeto la concedida (índice de consecución)
ARTÍCULO 14. SUBVENCIONES EN MATERIA DE COMERCIO, TURISMO Y PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS.
En materia de Comercio, Turismo y pequeñas y medianas empresas, el Ayuntamiento establecerá, durante el periodo de vigencia del Plan, las líneas de subvención siguientes:
A)SUBVENCIONES EN MATERIA DE ADECUACIÓN DE LOS LETREROS, TOLDOS Y MOBILIARIO DE LOS COMERCIOS AL CASCO HISTÓRICO DEL MUNICIPIO DE EIVISSA:
a) Objetivos: Impulsar la renovación y mejora de la imagen exterior del núcleo histórico y, en concreto, la adecuación de los letreros, toldos y mobiliario de los comercios del núcleo histórico en el municipio de Ibiza.
b) Efectos que se pretenden: Mejora de la imagen del casco Histórico. Renovación de la imagen exterior de los comercios del casco histórico
c) Coste previsible: 250.000,00 euros.
d) Financiación: La financiación se llevará a cabo con fondos propios, con cargo al capítulo cuarto de los Presupuestos, concretamente a la aplicación presupuestaria 43100-47900.
e) Procedimiento: Concesión mediante subvención con régimen de concurrencia competitiva, pero con carácter excepcional se podrán otorgar mediante concesión directa aquellas otras subvenciones en que se acrediten razones de interés público, social, económico o humanitario, u otras debidamente justificadas que dificulten la convocatoria pública.
f) Plazo: Ejercicio presupuestario a que corresponda el Plan.
g) Régimen de seguimiento y evaluación continua:
Indicadores:
- Total del presupuesto destinado a la línea sobre el presupuesto total
- Número de solicitudes justificadas sobre el número total de solicitudes
- Porcentaje/número de solicitudes desestimadas respeto las presentadas
- Número de población beneficiada
- Media de las puntuaciones en relación a la puntuación máxima
B) SUBVENCIONES PARA LA DINAMIZACIÓN COMERCIAL SOPORTE A LAS ENTIDADES QUE PROMOCIONEN EL PRODUCTO LOCAL.
a) Objetivos: Dinamización comercial apoyo a las entidades que promocionan el producto local.
b) Efectos que se pretenden: Promoción del consumo del producto local.
c) Coste previsible: 20.000,00 euros.
d) Financiación: La financiación se llevará a cabo con fondos propios, con cargo al capítulo cuarto de los Presupuestos, concretamente a la aplicación presupuestaria 43100-48900.
e) Procedimiento: Concesión mediante subvención con régimen de concurrencia competitiva, pero con carácter excepcional se podrán otorgar mediante concesión directa aquellas otras subvenciones en que se acrediten razones de interés público, social, económico o humanitario, u otras debidamente justificadas que dificulten la convocatoria pública.
f) Plazo: Ejercicio presupuestario a que corresponda el Plan
g) Régimen de seguimiento y evaluación continua:
Indicadores:
- Total del presupuesto destinado a la línea sobre el presupuesto total
- Número de solicitudes justificadas sobre el número total de solicitudes
- Porcentaje final de la subvención pagada respeto la concedida (índice de consecución)
- Nombre de población beneficiada
C) SUBVENCIONES PARA POTENCIAR EIVISSA COMO DESTINACIÓN TURÍSTICA
a) Objetivos: Potenciar Eivissa como destinación turística.
b) Efectos que se pretenden: Promover varios acontecimientos y acciones promocionales a lo largo del año para posicionar Ibiza como destino turístico.
c) Coste previsible: 75.000,00 euros
d) Financiación: La financiación se llevará a cabo con fondos propios, con cargo al capítulo cuarto de los Presupuestos, concretamente a la aplicación presupuestaría 43200-48900.
e) Procedimiento: Concesión mediante subvención con régimen de concurrencia competitiva, pero con carácter excepcional se podrán otorgar mediante concesión directa aquellas otras subvenciones en que se acrediten razones de interés público, social, económico o humanitario, u otras debidamente justificadas que dificulten la convocatoria pública.
f) Plazo: Ejercicio presupuestario a que corresponda el Plan.
g) Régimen de evaluación continua:
Indicadores:
- Total del presupuesto destinado a la línea sobre el presupuesto total
- Número de solicitudes justificadas sobre el número total de solicitudes
- Porcentaje final de la subvención pagada respeto la concedida (índice de consecución)
- Nombre de población beneficiada
ARTÍCULO 15. SUBVENCIONES EN MATERIA DE SERVICIOS DE CARÁCTER GENERAL
En materia de servicios de carácter general, el Ayuntamiento establecerá, durante el periodo de vigencia del Plan, las líneas de subvención siguientes:
A) PARTIDOS POLÍTICOS:
a) Objetivos: Asignación anual a los grupos políticos que conforman el Pleno de la Corporación en conformidad con el que dispone el arte. 27 del RD 2568/86, de 28 de noviembre, por el cual se aprueba el Reglamento de la Organización, funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales.
b) Efectos que se pretenden: Financiar los gastos ocasionados por el desarrollo de sus trabajos.
c) Coste previsible: 49.125,00 euros
d) Financiación: La financiación se llevará a cabo con fondos propios, con cargo al capítulo cuarto de los Presupuestos, concretamente a la aplicación presupuestaría 92400-48900.
e) Procedimiento: Concesión mediante el establecido en el apartado 2.º de la Base n.º 68 de Ejecución del Presupuesto General de la Corporación del ejercicio 2024 del tenor literal siguiente:
“La distribución de la cantidad a percibir por los grupos políticos se realizará en función del número de regidores obtenidos en las últimas elecciones municipales y de los grupos políticos existentes.
Las cantidades a asignar serán las siguientes:
Por cada grupo político, una asignación anual fija de 1.500,00 €
Por cada regidor integrante del grupo político 625,00€
“Aquellos grupos políticos que una vez constituidos no tengan derecho de contar con personal de espaldarazo según el previsto al reglamento del pleno, o que renuncien al mismo, además de la aportación antes mencionada, verán incrementada esta con 3.750,00 € anuales por regidor electo. La medida anterior no supondrá, en ningún caso, un incremento anual de la aportación del grupo de más de 15.000,00 € anuales.”
f) Plazo: Ejercicio presupuestario a que corresponda el Plan.
B) AYUDA ACTIVIDADES ASOCIACIONES DE VECINOS:
a) Objetivos: Que las AAVV del municipio de Ibiza, puedan hacer frente a los gastos de las actividades necesarias para contribuir al funcionamiento y mantenimiento de la Asociación vecinal y la dinamización del barrio.
b) Efectos que se pretenden: Facilitar a todas las asociaciones de vecinos el mantenimiento de su tarea y actividades comunitarias y potenciar el trabajo en red y objetivos comunes de cara al bienestar de la ciudadanía que lo necesite.
c) Coste previsible: 115.000,00 euros
d) Financiación: La financiación se llevará a cabo con fondos propios, con cargo al capítulo cuarto de los Presupuestos, concretamente a la aplicación presupuestaría 92400-48901.
e) Procedimiento: Concesión mediante subvención con régimen de concurrencia competitiva.
f) Plazo: Ejercicio presupuestario a que corresponda el Plan.
g) Régimen de evaluación continua:
Indicadores:
- Total del presupuesto destinado a la línea sobre el presupuesto total
- Número de solicitudes justificadas sobre el número total de solicitudes
- Número de solicitudes presentadas en relación con convocatorias anteriores
- Nombre de población beneficiada
C) AYUDA GASTOS LOCALES SOCIALES DE LAS AAVV:
a) Objetivos: Que las AAVV del municipio de Ibiza, puedan hacer frente a los gastos de alquiler y otros por el mantenimiento de los locales sociales.
b) Efectos que se pretenden: Facilitar a todas las asociaciones de vecinos que puedan tener un local social para desarrollar sus actividades.
c) Coste previsible: 68.500,00 euros
d) Financiación: La financiación se llevará a cabo con fondos propios, con cargo al capítulo cuarto de los Presupuestos, concretamente a la aplicación presupuestaría 92400-48902.
e) Procedimiento: Concesión mediante subvención con régimen de concurrencia competitiva, pero con carácter excepcional se podrán otorgar mediante concesión directa aquellas otras subvenciones en que se acrediten razones de interés público, social, económico o humanitario, u otros debidamente justificadas que dificulten la convocatoria pública.
f) Plazo: Ejercicio presupuestario a que corresponda el Plan
g) Régimen de evaluación continua:
Indicadores:
- Total del presupuesto destinado a la línea sobre el presupuesto total
- Número de solicitudes justificadas sobre el número total de solicitudes
- Número de solicitudes presentadas en relación con convocatorias anteriores
- Número de población beneficiada
CAPÍTULO IV SUBVENCIONES DEL PATRONATO MUNICIPAL DE MÚSICA
ARTÍCULO 16. SUBVENCIONES EN MATERIA DE MÚSICA
En materia Música, el Ayuntamiento establecerá, durante el periodo de vigencia del Plan, las líneas de subvención siguientes:
A) PREMIOS I BECAS MÚSICA
a) Objetivos: El motivo del presente concurso es fomentar la participación, divulgación y práctica de la música en las actividades que lleva a cabo el Patronato Municipal de Música a través de la agrupación de la Banda.
b) Efectos que se pretenden: La finalidad del Premio es promocionar y contribuir a la creación musical, así como descubrir nuevos talentos.
c) Coste previsible: 2.000,00 euros
d) Financiación: La financiación se llevará a cabo con fondos propios, con cargo al capítulo cuarto de los Presupuesto del Patronato Municipal de Música, concretamente a la aplicación presupuestaría 33403-48100.
e) Procedimiento: Concesión mediante subvención con régimen de concurrencia competitiva.
f) Plazo: Ejercicio presupuestario a que corresponda el Plan.
g) Régimen de evaluación continua:
Indicadores:
- Total del presupuesto destinado a la línea sobre el presupuesto total
- Número de alumnos beneficiarios
- Media de las puntuaciones en relación a la puntuación máxima
CAPÍTULO V SUBVENCIONES DEL PATRONTO MUNICIPAL DE DEPORTES.
ARTÍCULO 17. SUBVENCIONES EN MATERIA DE DEPORTES.
En materia de deportes, el Ayuntamiento establecerá, durante el periodo de vigencia del Plan, las líneas de subvención siguientes:
A) SUBVENCIONES PARA EL MANTENIMIENTO DE ENTIDADES DEPORTIVAS
a) Objetivos: Estas ayudas van destinadas al mantenimiento de entidades deportivas y APIMAS registradas en el municipio de Ibiza para impulsar la suyas actividades y su funcionamiento ordinario en el marco de la promoción y la iniciación deportiva.
b) Efectos que se pretenden: Las ayudas pretenden dar un apoyo económico a entidades deportivas sin ánimo de lucro que constituyen, en su conjunto, el verdadero motor deportivo del municipio. A diferencia de otras líneas de subvenciones, estas van dirigidas a consolidar proyectos de iniciación deportiva, el crecimiento del deporte de base, el incremento de la práctica deportiva femenina y la mejora de la calificación del técnico y formadores de los clubes.
c) Coste previsible: 90.000,00 euros.
d) Financiación: La financiación se llevará a cabo con fondos propios, con cargo al capítulo cuarto de los presupuestos, concretamente a la aplicación presupuestaría 34000 – 48900.
e) Procedimiento: El procedimiento de concesión de subvenciones se tramita en régimen de concurrencia competitiva.
f) Plazo: Ejercicio presupuestario a que corresponda el Plan.
g) Régimen de seguimiento y evaluación continua:
Indicadores:
- Número de solicitudes presentadas en relación con convocatorias anteriores.
- Porcentaje de beneficiarios respeto solicitantes.
- Media de las puntuaciones en relación a la puntuación máxima.
B) APORTACIÓN CONVENIOS ESCUELAS DEPORTIVAS
a) Objetivos: Estas ayudas van destinadas apoyar a las entidades deportivas de la Ciudad que colaboran con el Patronato en la hora de potenciar la práctica deportiva en edades escolares mediante programas de promoción e iniciación deportiva concretos que se realizan en el marco del horario lectivo escolar y en horario extraescolar.
b) Efectos que se pretenden: Las ayudas pretenden crear, de la mano del PME, una extensa red de Escuelas Deportivas donde las familias puedan inscribir a sus hijos e hijas. Iniciarse en el aprendizaje de una o más modalidades. De una manera descentralizada, puesto que se pretende llegar a todos los barrios y colegios del municipio.
c) Coste previsible: 115.000,00 euros.
d) Financiación: La financiación se llevará a cabo con fondos propios, con cargo al capítulo cuarto de los presupuestos, concretamente a la aplicación presupuestaría 34000 – 48901.
e) Procedimiento: Concesión mediante subvención con régimen de concurrencia competitiva, pero de carácter excepcional se podrán otorgar mediante concesión directa aquellas otras subvenciones en que se acrediten razones de interés público, social, económico o humanitario, u otras debidamente justificadas que dificulten la convocatoria pública.
f) Plazo: Ejercicio presupuestario a que corresponda el Plan.
g) Régimen de seguimiento y evaluación continua:
Indicadores:
- Número de solicitudes presentadas en relación con convocatorias anteriores
- Porcentaje final de la subvención pagada respecto a la concedida (índice de consecución)
- Número de población beneficiada.
C) APORTACIÓN CONVENIOS CLUBS PATRIMONIO:
a) Objetivos: Estas ayudas van destinadas al apoyar a aquellos clubes deportivos del municipio que se destacan por su significada presencia en competiciones de carácter Balear o Nacional y que tienen que hacer frente a importantes gastos de desplazamientos y otros a nivel federativo, de deportistas, técnicos, administrativos, etc.
b) Efectos que se pretenden: Las ayudas pretenden hacer posible la participación de los principales equipos y deportistas del municipio en las más importantes ligas y competiciones de carácter autonómico y nacional y que de este modo puedan lograr los máximos objetivos deportivos a que puedan aspirar, teniendo en cuenta que sus recursos propios nunca son suficientes.
c) Coste previsible: 286.350,00 euros.
d) Financiación: La financiación se llevará a cabo con fondos propios, con cargo al capítulo cuarto de los presupuestos, concretamente a la aplicación presupuestaría 34000 – 48902.
e) Procedimiento: Concesión mediante subvención con régimen de concurrencia competitiva, pero de carácter excepcional se podrán otorgar mediante concesión directa aquellas otras subvenciones en que se acrediten razones de interés público, social, económico o humanitario, u otras debidamente justificadas que dificulten la convocatoria pública.
f) Plazo: Ejercicio presupuestario a que corresponda el Plan.
g) Régimen de seguimiento y evaluación continua:
Indicadores:
- Número de solicitudes justificadas sobre el número total de solicitudes.
- Porcentaje final de la subvención pagada respecto a la concedida (índice de consecución).
D) APORTACIÓN CONVENIOS VARIOS DEPORTES
a) Objetivos: El objetivo principal de esta línea de subvenciones es hacer posible la realización de un número importante de acontecimientos deportivos en la Ciudad de Ibiza durante 2024. Los dichos acontecimientos tendrán que ser de carácter nacional o/e internacional y se organizarán de la mano de las principales entidades deportivas de nuestro entorno con el objetivo de, por una parte, promover la práctica deportiva entre nuestros ciudadanos y por la otra, situar en la Ciudad de Ibiza como un destino comprometido con el deporte y capaz de atraer a un gran número de deportistas visitantes.
b) Efectos que se pretenden: Se pretende que los acontecimientos deportivos incluyan un abanico muy variado de las modalidades deportivas más practicadas en nuestros días y que más aceptación tienen. En este sentido, también se fundamental aprovechar estas ayudas para impulsar todavía más la práctica deportiva por parte de las mujeres. Así, las pruebas a realizar tendrán que estar guiadas por el principio de igualdad de género para que todo el mundo tenga las mismas oportunidades de participación. Los deportes con más protagonismo, por la habitual presencia masiva de participantes, serán las carreras atléticas en ruta, en forma de pruebas de 5km, 10km, y 21 km, carreras de montaña o trial, triatlón, ciclismo en BTT y de carretera, motociclismo, baloncesto y atletismo en pista. Y las entidades beneficiarias de las ayudas tendrán que ser clubes o federaciones con un reconocido prestigio en el ámbito de la organización de grandes acontecimientos deportivos.
c) Coste previsible: 278.000,00 euros.
d) Financiación: La financiación se llevará a cabo con fondos propios, con cargo al capítulo cuarto de los presupuestos, concretamente a la aplicación presupuestaría 34000 – 48903.
e) Procedimiento: Concesión mediante subvención con régimen de concurrencia competitiva, pero de carácter excepcional se podrán otorgar mediante concesión directa aquellas otras subvenciones en que se acrediten razones de interés público, social, económico o humanitario, u otras debidamente justificadas que dificulten la convocatoria pública.
f) Plazo: Ejercicio presupuestario a que corresponda el Plan.
g) Régimen de seguimiento y evaluación continua:
Indicadores:
- Número de solicitudes justificadas sobre el número total de solicitudes
- Porcentaje final de la subvención pagada respecto a la concedida (índice de consecución).
- Nombre de población beneficiada.
CAPÍTULO VI SUBVENCIONES DEL CONSORCIO EIVISSA PATRIMONIO DE LA HUMANIDAD
ARTÍCULO 18. SUBVENCIONES EN MATERIA DE VIVIENDA
A) REHABILITACIÓN VIVIENDAS Y LOCALES
a) Objetivos: Conseguir la rehabilitación de las viviendas y locales situados a los barrios de su Peña, La Marina, S'Alamera y Arriba Vila del municipio de Ibiza.
b) Efectos que se pretenden: Fomentar la recuperación y mejora de los edificios, la calidad de las viviendas y de las condiciones de vida de sus ocupantes.
c) Coste previsible: 115.000,00 euros
d) Financiación: La financiación se llevará a cabo con fondos propios, con cargo al capítulo séptimo del Presupuesto del Consorcio Ibiza Patrimonio de la Humanidad, concretamente a la aplicación presupuestaría 33600-7800009.
e) Procedimiento: Concesión mediante subvención con régimen de concurrencia competitiva.
f) Plazo: Ejercicio presupuestario a que corresponda el Plan
g) Régimen de seguimiento y evaluación continua:
Indicadores:
- Total del presupuesto destinado a la línea sobre el presupuesto total
- Número de solicitudes presentadas en relación con convocatorias anteriores
- Media de las puntuaciones en relación a la puntuación máxima
Eivissa, 3 de septiembre de 2024
La primera Teniente de Alcalde Gema Marí Planells