Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE EMPRESA, EMPLEO Y ENERGIA
Núm. 584253
Resolución del consejero de Empresa, Empleo y Energía, a propuesta del director general de Economía Circular, Transición Energética y Cambio Climático por la que se deniegan las subvenciones para el fomento de instalaciones de autoconsumo con o sin almacenamiento eléctrico con fuentes de energía renovable, así como de renovables térmicas, promovidas para personas físicas dentro de las actuaciones previstas en el Plan de Inversiones para la Transición Energética de les Illes Balears, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia financiado por la Unión Europea (PITEIB PF)
En fecha de la firma digital, el director general de Economía circular, Transición Energética y Cambio Climático ha formulado la propuesta definitiva siguiente:
Hechos
1. El 26 de diciembre de 2023 se publicó la convocatoria pública de subvenciones para el fomento de instalaciones de autoconsumo con o sin almacenamiento eléctrico con fuentes de energía renovable, así como de renovables térmicas, promovidas para personas físicas dentro las actuaciones previstas en el Plan de Inversiones para la Transición Energética de les Illes Balears, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia financiado por la Unión Europea (NextGenerationEU) (BOIB núm. 174, de 26 de diciembre de 2023 ).
2. Las personas que figuran en el Anexo de esta propuesta presentaron una solicitud de subvención en el marco de la convocatoria de referencia.
3. Los técnicos de la Dirección General de Economía Circular, Transición Energética y Cambio Climático, en aplicación del procedimiento de concesión que establece el apartado décimo de la citada Resolución, han informado desfavorablemente sobre la concesión de las subvenciones descritas en el anexo, con la motivación que también figura.
4. El 19 de agosto de 2024, se emitió la Propuesta de resolución provisional del director general de Economía Circular, Transición Energética y Cambio Climático por la que se deniegan las subvenciones para el fomento de instalaciones de autoconsumo con o sin almacenamiento eléctrico con fuentes de energía renovable, así como de renovables térmicas, promovidas para personas físicas dentro de las actuaciones previstas en el Plan de Inversiones para la Transición Energética de las Illes Balears, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia financiado por la Unión Europea (PITEIB PF) (BOIB nº110, de 22 de agosto de 2024).
5. Se ha agotado el plazo que se concedía para presentar alegaciones sin que se hayan presentado.
Fundamentos de derecho
1. Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.
2. El Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
3. El Decreto legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de subvenciones (BOIB núm. 196, de 31 de diciembre de 2005).
4. El Decreto 75/2004, de 27 de agosto, por el que se despliegan determinados aspectos de la Ley de finanzas y de las leyes de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares (BOIB núm. 122, de 2 de septiembre de 2004 ).
5. La Orden de la consejera de Comercio, Industria y Energía de 15 de mayo de 2008 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de energía (BOIB núm. 72, de 24 de mayo de 2008 ).
6. La Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, por la que se configura el sistema de gestión del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, así como por la Orden HFP/1031/2021, de 29 de septiembre, por la cual se establece el procedimiento y formato de la información a proporcionar por las entidades del sector público para el seguimiento del cumplimiento de los logros y objetivos y de ejecución presupuestaria y contable de las medidas de los componentes del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia .
7. El Real decreto 451/2022, de 14 de junio, por el que se regula la concesión directa de ayudas destinadas a la financiación de estrategias de energía sostenible para las Islas Baleares y Canarias, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, se enmarca en el Plan de Recuperación, presentado por el Gobierno el 21 de abril de 2021 y aprobado por la Decisión de Ejecución del Consejo relativa a la aprobación de la evaluación del Plan de Recuperación y Resiliencia de España (Council Implementing Decision-CID), de 13 de julio de 2021.
8. El Real decreto 244/2019, de 5 de abril, por el que se regulan las condiciones administrativas, técnicas y económicas del autoconsumo de energía eléctrica.
9. La Resolución del consejero de Empresa, Empleo y Energía por la que se aprueba, mediante el procedimiento de gasto anticipado, la convocatoria pública de subvenciones para el fomento de instalaciones de autoconsumo con o sin almacenamiento eléctrico con fuentes de energía renovable, así como de renovables térmicas, promovidas para personas físicas dentro de las actuaciones previstas en el Plan de Inversiones para la Transición Energética de las Illes Balears, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia financiado por la Unión Europea (NextGenerationEU) (BOIB núm. 174, de 26 de diciembre de 2023).
Propuesta de resolución definitiva
Propongo al consejero de Empresa, Empleo y Energía que dicte resolución en los siguientes términos:
1. Denegar la concesión de una subvención para el fomento de instalaciones de autoconsumo con o sin almacenamiento eléctrico con fuentes de energía renovable, así como de renovables térmicas, promovidas para personas físicas dentro de las actuaciones previstas en el Plan de 'Inversiones para la Transición Energética de les Illes Balears, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia financiado por la Unión Europea (PITEIB PF) a los beneficiarios que figuran en el anexo, de acuerdo con la motivación que también existe figura.
2. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de les Illes Balears.
Resolución
Manifestar la conformidad con la propuesta de resolución y dictar resolución en los mismos términos.
Interposición de recursos
Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante el consejero de Empresa, Empleo y Energía en el plazo de un mes contando desde el día siguiente al de su publicación, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico del Administración de la Comunidad Autónoma de les Illes Baleares.
También cabe interponer directamente un recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de les Illes Balears en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la publicación de la resolución, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.
Palma, fecha de la firma digital (11 de septiembre de 2024)
El director general de Economía Circular, Transición Energética y Cambio Climático Diego Viu Domínguez Por delegación del consejero de Empresa, Empleo y Energía (BOIB núm. 103, de 22/07/2023) El director general proponente Diego Viu Domínguez
ANEXO Lista de beneficiarios a los que se les deniega la subvención para el fomento de instalaciones de autoconsumo con o sin almacenamiento eléctrico con fuentes de energía renovable, así como de renovables térmicas, promovidas para personas físicas dentro de las actuaciones previstas en el Plan de Inversiones para la Transición Energética de las Islas Baleares, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia financiado por la Unión Europea (PITEIB PF)
Número |
Expediente |
Fecha registro entrada |
Solicitante |
NIF |
Tipo de inversión |
Motivo de denegación |
---|---|---|---|---|---|---|
1 |
PF_PITEIB-1156/2024 |
08/05/2024 |
FERNÁNDEZ AGUILAR, JUAN JOSÉ |
***4399** |
Programa 1. Instalación generación fotovoltaica de 7.00 kWp. Programa 1. Instalación almacenamiento complementario generación de 10.00 kWh. |
El beneficiario tiene ya concedida una subvención por el mismo concepto, por importe de 3000 euros. Publicada la resolución de concesión en el BOIB núm. 78, de 11 de junio de 2024 (expediente FOTOPAR24-1205/2024). |
2 |
PF_PITEIB-1728/2024 |
18/06/2024 |
JIMÉNEZ PONS, SARA |
***0920** |
Programa 1. Instalación generación fotovoltaica de 3.22 kWp.- |
Los documentos presentados no corresponden a la convocatoria de la subvención PITEIB PF. |
3 |
PF_PITEIB-1749/2024 |
19/06/2024 |
TORRES LÓPEZ, MAURICIO |
***7294** |
Programa 1. Instalación generación fotovoltaica de 5.46 kWp.- |
El solicitante de la ayuda no podrá ser una persona difunta. |
4 |
PF_PITEIB-1766/2024 |
19/06/2024 |
RIBOT RIERA, JOAN |
***7494** |
Programa 1. Instalación generación fotovoltaica de 7.20 kWp en cubierta. Programa 1. Instalación almacenamiento complementario generación de 11.50 kWh. |
El beneficiario tiene ya concedida una subvención por el mismo concepto, por importe de 3240 euros. Publicada la resolución de concesión en el BOIB núm. 60, de 11 de mayo de 2023 (expediente NEXTG45-36/2021). |
5 |
PF_PITEIB-1803/2024 |
20/06/2024 |
NADAL MOLL, RAFEL |
***2319** |
Programa 1. Instalación almacenamiento complementario generación de 5.00 kWh. |
De acuerdo con el apartado quinto de la convocatoria de referencia (Actuaciones subvencionables en el programa 1), únicamente son subvencionables los sistemas de acumulación cuando sean complementarios a las instalaciones fotovoltaicas por las que se soliciten ayudas en el mismo expediente. |
6 |
PF_PITEIB-1806/2024 |
20/06/2024 |
NADAL SUREDA, RAFAEL |
***0024** |
Programa 1. Instalación almacenamiento complementario generación de 10.00 kWh. |
De acuerdo con el apartado quinto de la convocatoria de referencia (Actuaciones subvencionables en el programa 1), únicamente son subvencionables los sistemas de acumulación cuando sean complementarios a las instalaciones fotovoltaicas por las que se soliciten ayudas en el mismo expediente. |
7 |
PF_PITEIB-1872/2024 |
27/06/2024 |
VAZQUEZ NÚÑEZ, MARIA LAURA |
***5333** |
Programa 1. Instalación generación fotovoltaica de 3,60 kWp e instalación almacenamiento complementaria generación de 10.80 kWh.- |
El beneficiario tiene ya concedida una subvención por el mismo concepto, por importe de 2160 euros. Publicada la resolución de concesión en el BOIB núm. 55, de 29 de 04 de 2023 (expediente NEXTG45-2365/2021) |
8 |
PF_PITEIB-2075/2024 |
17/07/2024 |
N&N INNOECO ASOCIADOS S.L. |
***7183** |
Programa 1. Instalación generación fotovoltaica de 10,44 kWp. |
El titular de la solicitud es una sociedad. La convocatoria de referencia está dirigida únicamente a personas físicas. |
9 |
PF_PITEIB-2130/2024 |
22/07/2024 |
CORTÉS CORTÉS, MANUEL |
***9229** |
Programa 1. Instalación generación fotovoltaica de 6,75 kWp. |
El beneficiario tiene ya concedida una subvención por el mismo concepto, por importe de 3000 euros. Publicada la resolución de concesión en el BOIB núm. 130, de 21 de septiembre de 2023 (expediente FOTOPAR23-261/2023). |
10 |
PF_PITEIB-2240/2024 |
01/08/2024 |
LLADÓ VIDAL, MICAELA ÁNGELA |
***8106** |
Programa 1. Instalación generación fotovoltaica de 4.95 kWp |
Expediente duplicado con PITEIB PF 767/2024. |
11 |
PF_PITEIB-2283/2024 |
07/08/2024 |
CERDÀ CASAS, MIGUEL |
***4044** |
Programa 1. Instalación almacenamiento complementario generación de 10.00 kWh. |
Las baterías no pueden ser objeto de subvención si no van acompañadas de una nueva instalación fotovoltaica o la ampliación de una instalación fotovoltaica existente. |
12 |
PF_PITEIB-2286/2024 |
07/08/2024 |
GOMBAU SAGUE, MONTSERRAT |
***1144** |
Programa 1. Instalación generación fotovoltaica de 2.66 kWp. |
Para ser subvencionables, las actuaciones deben haberse llevado a cabo a partir del 16 de junio de 2022. Esta actuación está registrada a fecha 03 de junio de 2022. |
Total expedientes: 12 Primer beneficiario: FERNÁNDEZ AGUILAR, JUAN JOSÉ Último beneficiario: GOMBAU SAGUE, MONTSERRAT