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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección II. Autoridades y personal

Subsección primera. Nombramientos, situaciones e incidencias

CONSEJO INSULAR DE MALLORCA

AGENCIA DE DEFENSA DEL TERRITORIO DE MALLORCA

Núm. 574552
Resolución de adjudicación del puesto de trabajo de personal funcionario de Letrado/a adscrito/a la Agencia de Defensa del Territorio de Mallorca (código SIRH F00110001-expansió 2), por el sistema de libre designación

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Texto

Antecedentes

1. El 27 de mayo de 2024, el director gerente de la Agencia de Defensa del Territorio de Mallorca dictó resolución de inicio del procedimiento para aprobar las bases y la convocatoria para la provisión definitiva por el sistema de libre designación del puesto de trabajo de Letrado -a con código SIRH F00110001 (Expansión 2) adscrito a la Agencia de Defensa del Territorio.

2. El 10 de junio de 2024 se dicta la Resolución del director gerente de la Agencia de Defensa del Territorio de Mallorca para aprobar las bases y la convocatoria para la provisión definitiva por <A[para|por]>el sistema de libre designación del puesto de trabajo de personal funcionario de Letrado -a de la Agència de Defensa del Territorio de Mallorca con código SIRH F00110001 (Expansión 2) (BOIB nº. 80, de 15 de junio de 2024).

3.El anuncio de la convocatoria se publicó en el BOE nº. 158, de 1 de julio de 2024.

4. El plazo de presentación de solicitudes empezó el día 2 de julio de 2024 y finalizó el día el 22 de julio de 2024, ambos incluidos.

5. La lista provisional de personas admitidas que se convierte en lista definitiva, de acuerdo con lo que dispone la base 3.5 de la convocatoria, se publicó el 5 de agosto de 2024 en la Sede Electrónica.

6. Una vez finalizado el plazo de presentación de solicitudes de admisión en el proceso de provisión consta que se han presentado las personas siguientes:

- Adrover Cànaves, Jaume

7. De acuerdo con la base 4 de la convocatoria, previa constatación del cumplimiento<A[cumplimiento|cumplido]> de los requisitos exigidos y otros extremos meritorios exigidos, se procede a motivar en relación con el cumplimiento<A[cumplimiento|cumplido]> de los requisitos, el resto de especificaciones y la observancia del procedimiento con el contenido siguiente:

- El artículo 79 de la Ley 3/2007, de 27 de marzo, de la Función Pública de la comunidad autónoma de las Islas Baleares determina que la libre designación es el sistema de provisión de los puestos<A[lugares|sitios]> que tienen establecido expresamente este sistema en la relación de puestos<A[lugares|sitios]> de trabajo, por<A[por|para]> el hecho de que implican una elevada responsabilidad o que requieren una confianza personal para ejercer las funciones y que así lo establezca la relación de puestos<A[lugares|sitios]> <A[lugares|sitios]> de trabajo, vista la naturaleza de sus funciones.  En el mismo sentido, el artículo 196 de la Ley 20/2006, de 15 de diciembre, municipal y de régimen local de las Islas Baleares.

- La Agencia de Defensa del Territorio de Mallorca tiene discrecionalidad para decidir, a la vista de las singulares circunstancias del puesto<A[lugares|sitios]><A[lugar|sitio]> de trabajo que se tiene que proveer, cuáles son los aspectos y las condiciones que resultan más idóneas para llevar a cabo las funciones del puesto<A[lugares|sitios]><A[lugar|sitio]>, pero al mismo tiempo al ser un acto motivado, la selección del candidato por libre designación se ha sujetado a los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad, y al de publicidad con la exigencia de convocatoria pública.

- El Sr. Jaume Adrover Cànaves acredita el cumplimiento<A[cumplimiento|cumplido]> de los requisitos para ocupar el puesto<A[lugares|sitios]><A[lugar|sitio]>, vistas las funciones del puesto<A[lugares|sitios]><A[lugar|sitio]> de trabajo descritas en la Base 1 de la Convocatoria, y se ha valorado la experiencia profesional de más de tres años acreditada en el ejercicio de la disciplina urbanística en la administración pública como personal funcionario del candidato en varios ayuntamientos de Mallorca y destaca:

a. En el Ayuntamiento de Santa Margalida desde el día 20 de noviembre de 2006 hasta el día 20 de mayo de 2016.

b. En<A[En|A]> la Agencia Defensa del Territorio de Mallorca desde el día 16 de octubre de 2019 hasta el día de hoy.

 

- La capacidad técnica del candidato, en materia de disciplina urbanística, queda también acreditada según consta a los numerosos cursos aportados y que constan en el expediente 1093179E.

- La idoneidad la aprecia libremente el órgano competente, juicio que se tiene que poner en relación con los requisitos exigidos para el puesto<A[lugar|sitio]>, caracterizado por esta especial responsabilidad que justificó que fuera clasificado de libre designación y este libre juicio de idoneidad es la base de la idea de confianza en que la persona designada desarrollará adecuadamente las funciones del puesto<A[lugares|sitios]> de trabajo. La ocupación <A[empleo|ocupación]>del puesto de trabajo en comisión de servicios desde el día 16 de octubre de 2019 hasta el día de hoy del candidato en la Agencia de Defensa del Territorio de Mallorca, confirma la idea de confianza que hasta ahora, el candidato ya ha ejecutado las tareas y las funciones del puesto<A[lugares|sitios]><A[lugar|sitio]> de trabajo de manera adecuada y satisfactoria.

Por todo eso, se constata la idoneidad y adecuación del perfil profesional y otros extremos meritorios y se propone proveer el puesto<A[lugares|sitios]><A[lugar|sitio]> de trabajo mencionado por el Sr. Jaume Adrover Cànaves, dado que, cumple con los requisitos del puesto de trabajo de titulación, categoría, nivel de catalán y más tres años de experiencia acreditada en el ejercicio de la disciplina urbanística para la administración pública como personal funcionario. Por lo tanto, reúne la capacidad técnica para ejercer las funciones y acredita méritos suficientes que determinan que resulte ser la persona idónea para obtener la titularidad del puesto de trabajo de Letrado -a de la Agencia de Defensa del Territorio de Mallorca.

Fundamentos<A[Fundamentos|Cimientos]> de derecho

1. El artículo 101 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases de régimen local, y en los artículos 75 y siguientes de la Ley 3/2007, de 27 de marzo, de la Función Pública de la comunidad autónoma de las Islas Baleares.

2. Los capítulos II y III, respectivamente, del Decreto 33/1994, de 28 de marzo, por el cual se aprueba el Reglamento de provisión de puestos de trabajo y promoción profesional del personal funcionario al servicio de la Administración de la comunidad autónoma de las Islas Baleares, de aplicación en virtud de lo que dispone el artículo 190 de la Ley 20/2006, de 15 de diciembre, municipal y de régimen local de las Islas Baleares.

3. La Resolución del director gerente de la Agencia de Defensa del Territorio de Mallorca que aprueba las bases y la convocatoria para la provisión definitiva por<A[para|por]> el sistema de libre designación del puesto de trabajo de personal funcionario de Letrado -a de la Agència de Defensa del Territorio de Mallorca con código SIRH F00110001 (Expansión 2) (BOIB nº. 80, de 15 de junio de 2024).

Por todo esto, visto lo que establece el Acuerdo del Consejo Ejecutivo de fecha 28 de septiembre de 2022 (BOIB n.º 128, de 1 de octubre de 2022 y del artículo 19.1 d) en concordancia con el artículo 20.2 de los vigentes Estatutos de la Agencia de Defensa del Territorio de Mallorca (BOIB nº. 41, de 30 de marzo de 2019) dicto la siguiente

 

Resolución

1. Adjudicar el puesto de trabajo de Letrado -a de la Agència de Defensa del Territorio de Mallorca con código SIRH F00110001 (Expansión 2), por<A[para|por]> el sistema de libre designación, al Sr. Jaume Adrover Cànaves.

2. La adjudicación del puesto <A[lugar|sitio]> al Sr. Jaume Adrover Cànaves tiene carácter definitivo e implica la titularidad.

3. Establecer que el plazo para tomar posesión es de tres días hábiles, si no implica cambio de residencia del funcionario, o de un mes si comporta cambio de residencia o el reingreso al servicio activo, y empezará a contar a partir del día siguiente del cese en el puesto<A[lugares|sitios]><A[lugar|sitio]> de procedencia que se tendrá que efectuar dentro de los tres días hábiles siguientes en el de la publicación de la resolución de adjudicación en el Boletín Oficial de las Islas Baleares (BOIB).

4. Disponer que la adjudicación del puesto de trabajo objeto de esta convocatoria determina el cese en el puesto <A[lugares|sitios]>de procedencia, sea cuál sea la forma de ocupación.

5. Establecer que la obligación de permanecer en el puesto, <A[lugares|sitios]>como titular, un mínimo de dos años antes de participar en un procedimiento de provisión ordinaria, no es de aplicación en los supuestos de remoción o supresión del puesto de trabajo, de movilidad forzosa a que hace referencia el apartado 5 del artículo 74 de la Ley 3/2007, de 27 de marzo de la Función Pública de la comunidad autónoma de las Islas Baleares, o de participación en convocatorias de provisión ordinaria de puestos<A[lugares|sitios]> <A[lugares|sitios]> de trabajo del mismo organismo autónomo.

6. Publicar esta resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares y en la Sede electrónica del Consejo de Mallorca (Tablón de anuncios) a los efectos oportunos.

 

​​​​​​​Interposición de recursos

Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, las personas interesadas pueden interponer recurso potestativo de reposición delante del mismo órgano que ha dictado la resolución en el plazo de UN MES.

Contra la desestimación expresa del recurso de reposición podrá interponerse recurso contencioso administrativo ante el Juzgado Contencioso administrativo de Palma que corresponda, en el plazo de DOS MESES, contados a partir del día siguiente de la notificación de la desestimación del mencionado recurso. Una vez transcurrido un mes desde la interposición del recurso de reposición sin que se haya notificado la resolución, se podrá interponer recurso contencioso administrativo, contra la desestimación presunta del recurso de reposición, sin limitación temporal, mientras no haya resolución expresa.

No obstante el anterior, se puede ejercitar, si es el caso, cualquier otro recurso que se estime pertinente. Todo eso de conformidad con el artículo 4.2 de los Estatutos de la Agencia, aprobados por<A[por|para]> el Pleno del Consejo Insular de Mallorca, en sesión de día 10 de noviembre de 2008 (última publicación BOIB nº. 41, de 30/03/2019), la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa.

 

Palma, en la fecha de la firma electrónica (10 de septiembre de 2024)

El director gerente de la Agencia de Defensa del Territorio de Mallorca ​​​​​​​Bartomeu Tugores Truyol (por delegación del Consejo Ejecutivo, según acuerdo de día 28 de septiembre de 2022 (BOIB nº. 128, de 1 de octubre de 2022) ​​​​​​​y del artículo 19.1 d) en concordancia con el artículo 20.2 de los vigentes Estatutos de la Agencia de Defensa del Territorio de Mallorca (BOIB nº. 41, de 30 de marzo de 2019))