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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

FONDO DE GARANTÍA AGRARIA Y PESQUERA DE LAS ILLES BALEARS (FOGAIBA)

Núm. 571176
Notificación del Informe/Propuesta/Resolución de desistimiento y archivo de expediente. Programa de Desarrollo Rural de las Islas Baleares 2014-2020. Medida: 19.2 Estrategias LEADER (Apoyo a la implementación en las operaciones incluidas los EDL)

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Texto

Acuerdo por el que se aprueban las Bases de la convocatoria, para el año 2022, de ayudas de minimis al desarrollo rural de la isla de Mallorca, vinculadas a proyectos relacionados con los ámbitos agrario y/o ambiental y enmarcados en el 'Estrategia de Desarrollo Local Participativo 2014-2020 de Mallorca.

El vicepresidente en materia agraria del FOGAIBA,en fecha 04 de septiembre de 2024, firmó la siguiente resolución.

Informe/Propuesta/Resolución de desistimiento y archivo del expediente

Programa de Desarrollo Rural de las Illes Balears 2014-2020

Medida: 19.2 Estrategies LEADER

(Soporte a la implementación a las operaciones incluidas en los EDL)

Convocatoria: EDLP32022_1

Grupo: EDLNP32022_1-1-RE

Documento: Resolución

Expediente: Varios

Codigo SIA: 2887724

Emisor (DIR3): A04026954

ANTECEDENTES

1. Acuerdo por el que se aprueban las Bases de la convocatoria, para el año 2022, de ayudas de minimis al desarrollo rural de la isla de Mallorca, vinculadas a proyectos relacionados con los ámbitos agrario y/o ambiental y enmarcados en el 'Estrategia de Desarrollo Local Participativo 2014-2020 de Mallorca.

2. Las personas interesadas señaladas en el Anexo I presentaron, en tiempo y forma, la solicitud de ayuda para acogerse a las ayudas minimis al desarrollo rural de la isla de Mallorca, vinculadas a proyectos relacionados con los ámbitos agrario/o ambiental y enmarcados en la Estrategia de Desarrollo Local Participativo 2014-2020 de Mallorca.

3. Los órganos gestores del Servicio de Ayudas al Desarrollo Rural llevaron a cabo los controles administrativos de las solicitudes y de la documentación aportada y se constató que carecía de documentación o que la presentada tenía errores.

4.En fecha 3 de octubre de 2023 y en 13 de octubre de 2023 se notificaron, mediante la publicación en la página web del http://www.caib.es, los requerimientos según los cuales se emplazaba a dichas personas en el Anexo I para que presentaran la correspondiente documentación o subsanaran los errores detectados donde se indicaba que en caso de no hacerlo, se consideraría por desistida la solicitud de ayuda y se procedería al archivo de las actuaciones.

5.Transcurrido el plazo de los 10 días hábiles, los interesados ​​señalados en el Anexo I no han presentado ninguna documentación.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

1. Acuerdo por el que se aprueban las Bases de la convocatoria, para el año 2022, de ayudas de minimis al desarrollo rural de la isla de Mallorca, vinculadas a proyectos relacionados con los ámbitos agrario y/o ambiental y enmarcados en el 'Estrategia de Desarrollo Local Participativo 2014-2020 de Mallorca.

2. Orden del consejero de Agricultura, Medio Ambiente y Territorio de 19 de febrero de 2015, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en el marco del Programa de Desarrollo Rural de las Illes Balears 2014-2020 .

3. Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas.

  • El artículo 21.1 de la Ley antes mencionada, establece que «la Administración está obligada a dictar resolución expresa y notificarla en todos los procedimientos cualquiera que sea su forma de iniciación. En los casos de prescripción, renuncia del derecho, caducidad del procedimiento o desistimiento de la solicitud, así como de desaparición sobrevenida del objeto del procedimiento, la resolución consiste en la declaración de la circunstancia que concurra en cada caso, con indicación de los hechos producidos y normas aplicables. Se exceptúan de la obligación a que se refiere el párrafo primero los supuestos de terminación del procedimiento por pacto o convenio, así como los procedimientos relativos al ejercicio de derechos sometidos únicamente al deber de declaración responsable o comunicación en la Administración» . 
  • Por otra parte, el artículo 68.2 de la misma Ley determina que: «si la solicitud de iniciación no reúne los requisitos señalados en el artículo 66, y, en su caso, los señalados en el artículo 67 u otros exigidos por la legislación específica aplicable, se requerirá al interesado para que, en un plazo de diez días, repare la falta o adjunte los documentos preceptivos, con indicación de que, si no lo hace, se considera que desiste de su petición, previa resolución que será dictada en los términos previstos en el artículo 21»

Por todo ello, dicto la siguiente

Resolución

1. Dar por desistidas las solicitudes de ayuda detalladas en el Anexo I que son un total de 4 y que comienza con CASTELLITX AGRÍCOLA SAT y termina en Mª ISABEL PIZÀ ALABERN. 

2. Declarar concluido el procedimiento y, por tanto, archivar el expediente.

3.Notificar la resolución a cada uno de los beneficiarios del Anexo I.

INTERPOSICIÓN DE RECURSOS

Contra esta resolución -que no agota la vía administrativa- se puede interponer recurso de alzada ante el consejero de Agricultura, Pesca y Medio Natural, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente de la notificación de la resolución , de acuerdo con el artículo 58.4 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la comunidad autónoma de las Illes Balears, y los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

Informa

La jefa de la Sección I

Mª Ängels Pérez Ribas

Propone

La jefa del Servei de Ayudas al Deesarrollo Rural

Gema Canós Franch

 

Conforme con la propuesta, dicto resolución

 

El vicepresidente en materia agraria del FOGAIBA

Fernando Fernández Such»

 

ANEXO I: RELACIÓN DE PERSONAS INTERESADAS DESISTIDAS   

Solicitante

NIF

Núm. exp.

Documentación a enmendar y observaciones

CASTELLITX AGRÍCOLA SAT

V57595316

EDLNP32022_1/008

Transcurridos mas de 10 dias, no ha contestado a las deficiencias

SAT SON BURGUES

V07447451

EDLNP32022_1/012

Transcurridos mas de 10 dias, no ha contestado a las deficiencias

VIRGINIA PONS PARRA

***4677**

EDLNP32022_1/016

Transcurridos mas de 10 dias, no ha contestado a las deficiencias

MARIA ISABEL PIZÀ ALABERN

***3086**

EDLNP32022_1/030

Transcurridos mas de 10 dias, no ha contestado a las deficiencias

 

Palma, a fecha de la firma electrónica  (6 de septiembre de 2024)

El director gerente del FOGAIBA Joan Josep Coll Bibiloni