Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDADES
Núm. 571151
Resolución definitiva del director general de Personal Docente y Centros Concertados por la cual se determina la ampliación de la dotación de personal de apoyo educativo (dotación adicional) para la atención a la diversidad en la enseñanza privada concertada para el curso 2024-2025
Hechos
1. En el BOIB núm. 86, de 29 de junio de 2024, se publicó la Resolución del director general de Personal Docente y Centros Concertados por la cual se convoca el procedimiento para ampliar la dotación de personal de apoyo educativo (dotación adicional) para la atención a la diversidad en la enseñanza privada concertada para el curso 2024-2025.
2. En el BOIB núm. 96, de 20 de julio de 2024, se publicó la Resolución provisional del director general de Personal Docente y Centros Concertados por la cual se determina la ampliación de la dotación de personal de apoyo educativo (dotación adicional) para la atención a la diversidad en la enseñanza privada concertada para el curso 2024-2025.
De acuerdo con el punto 3 de esta Resolución, los solicitantes pudieron presentar alegaciones a la resolución provisional en un plazo de diez días naturales a partir del día siguiente de su publicación. Las alegaciones se han presentado a través del GestIB.
3. Atendidas las alegaciones presentadas y de acuerdo con la previsión de los recursos presupuestarios destinados a la financiación de los centros privados concertados, se tiene que dictar la resolución definitiva.
4. Con fecha 29 de agosto de 2024, se ha informado de esta propuesta definitiva, a la Comisión de Conciertos Educativos de las Illes Balears.
5. De acuerdo con el Decreto 5/2024, de 29 de mayo, de la presidenta de las Illes Balears, por el cual se modifica el Decreto 12/2023, de 10 de julio, de la presidenta de las Illes Balears, por el cual se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, modificado por el Decreto 16/2023, de 20 de julio; por el Decreto 17/2023, de 23 de agosto; por el Decreto 1/2024, de 4 de enero, y por el Decreto 4/2024 de 17 de mayo (BOIB núm. 73, de 31 de mayo) corresponde a la Dirección General de Personal Docente y Centros Concertados la gestión de los centros concertados.
Fundamentos de derecho
1. La Ley orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del derecho a la educación (BOE núm.159, de 4 de julio).
2. La Ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación (LOE), en la redacción dada por la Ley orgánica 3/2020, de 29 de diciembre, (LOMLOE) (BOE núm. 106, de 4 de mayo).
3. La Ley 1/2019, de 31 de enero, del Gobierno de las Illes Balears (BOIB núm. 15, de 2 de febrero).
4. La Ley 9/2019, de 19 de febrero, de la atención y los derechos de la infancia y la adolescencia de las Illes Balears (BOIB núm. 26, de 28 de febrero).
5. La Ley 1/2022, de 8 de marzo, de educación de las Illes Balears (BOIB núm. 38, de 17 de marzo).
6. El Decreto 39/2011, de 29 de abril, por el cual se regula la atención a la diversidad y la orientación educativa en los centros educativos no universitarios sostenidos con fondos públicos (BOIB núm. 67, de 5 mayo).
7. El Decreto 59/2022, de 27 de diciembre, por el cual se establecen las normas que han de regir las convocatorias para el establecimiento y la renovación per de los conciertos educativos a partir del curso académico 2023-2024 (BOIB núm. 169, de 29 de diciembre).
8. El Decreto 5/2024, de 29 de mayo, de la presidenta de las Illes Balears, por el cual se modifica el Decreto 12/2023, de 10 de julio, de la presidenta de las Illes Balears, por el cual se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, modificado por el Decreto 16/2023, de 20 de julio; por el Decreto 17/2023, de 23 de agosto; por el decreto 1/2024, de 4 de enero y por el Decreto 4/2024 de 17 de mayo (BOIB núm. 73, de 31 de mayo).
Por todo esto, dicto la siguiente
Resolución
1. Determinar la ampliación de la dotación de especialistas en pedagogía terapéutica (PT), de especialistas en audición y lenguaje (AL) y de especialistas en atención a la diversidad (AD) de los centros privados concertados para el curso 2024-2025 en los términos previstos en el anexo de esta Resolución.
2. Ordenar la publicación de esta Resolución y su anexo en el Boletín Oficial de las Illes Balears, la Sede Electrónica de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears y en la página web de la Dirección General de Personal Docente y Centros Concertados.
Interposición de recursos
Contra esta Resolución, que no agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso de alzada ante el consejero de Educación y Universidades en el plazo de un mes a partir del día siguiente de su publicación, de acuerdo con los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y el artículo 58 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
Palma, en la fecha de la firma electrónica (5 de septiembre de 2024)
El director general de Personal Docente y Centros Ismael Alonso Sánchez