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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

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ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA Y ADMINISTRACIONES PÚBLICAS

Núm. 570816
Extracto de la Resolución de la consejera de Presidencia y Administraciones Públicas por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones para las reales academias de las Illes Balears para el año 2024

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Identificador BNDS: 782807

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria de subvenciones para reales academias para el año 2023. El texto completo se puede consultar a la Base de datos nacional de subvenciones (http://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/ge/ca/index).

Primero Entidades beneficiarias

Pueden ser beneficiarias de las subvenciones que prevé la convocatoria las corporaciones de derecho público inscritas en el Registro de academias de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears que, además, cumplan los requisitos que establece el apartado 4.2 de la convocatoria.

Segundo Objeto

La convocatoria tiene por objeto facilitar a las corporaciones de derecho público (reales academias) de las Islas Baleares la realización de sus fines de estudio y generación de conocimiento para favorecer su transferencia a las instituciones y a la sociedad.

Tercero Bases reguladoras

La convocatoria se lleva a cabo al amparo de la Orden de la consejera de Presidencia de 24 de agosto de 2018 por la cual se aprueban las bases de subvenciones de la Consejería de Presidencia y Administraciones Públicas.

Cuarto Cuantía

El importe máximo que se destina a la convocatoria es de 38.000 € (treinta y ocho mil euros) con cargo a la partida presupuestaria 11701 131B01 48000 00 de los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para el año 2024.

La determinación del importe de la subvención se establece en el apartado 11 de la convocatoria, de acuerdo con los criterios previstos en el apartado 13.

Quinto Plazo de presentación de solicitudes

El plazo para presentar las solicitudes es de quince días hábiles a contar desde el día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

Los modelos para presentar la solicitud están disponibles en la página web de la Dirección general de Relaciones Institucionales y de Relaciones con el Parlamento de la Consejería de Presidencia y Administraciones Públicas (http://dgri.caib.es) y en la Sede Electrónica de esta Administración.

Palma, 2 de septiembre de 2024 La consejera de Presidencia y Administraciones Públicas Antònia Maria Estarellas Torrens