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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección II. Autoridades y personal

Subsección segunda. Oposiciones y concursos

AYUNTAMIENTO DE LLUCMAJOR

Núm. 570672
Orden de contratar una plaza de personal especializado, clase oficial primera sin especialidad personal laboral fijo

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Texto

Por Resolución de esta Alcaldía n.º 2024003027 de día 22 de agosto de 2024, se ha dictado lo siguiente:

Antecedentes 

Primero.- Vista la convocatoria del proceso de estabilización por el sistema de concurso-oposición para la cobertura de una (1) plaza de personal laboral categoría Personal especializado, clase oficial primera sin especialidad, nivel V del Convenio colectivo del Ayuntamiento de Llucmajor, las bases de la cual se publicaron en el BOIB n.º 156, de día 1 de diciembre y el anuncio de la cual se publicó en el BOE n.º 307, de 23 de diciembre de 2022.

Segundo.- Visto el anuncio de valoración de méritos y requisitos de las personas aspirantes, realizado por el Tribunal día 30 de abril de 2024 y publicado el mismo día.

Tercero.- Visto el Decreto 2024001930, de día 5 de junio de 2024 en el cual se establece que el Sr. Miguel Ángel Bolaños Fernández, ha superado el proceso selectivo de concurso-oposición.

En consecuencia,

RESUELVO

PRIMERO.- Ordenar la contratación del Sr. Miguel Ángel Bolaños Fernández, con DNI **2207***, como personal laboral fijo Oficial primera, categoría Personal especializado, clase oficial primera sin especialidad, nivel V del Convenio colectivo, derivada de la Oferta de Ocupación Pública Extraordinaria de 2022 del Ayuntamiento de Llucmajor.

SEGUNDO.- Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.

TERCERO.- Requerir al Sr. Miguel Ángel Bolaños Fernández para que firme contrato en el plazo máximo de tres días hábiles, a contar a partir del día siguiente a la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.

CUARTO.- Dar traslado de esta Resolución al Pleno del Ayuntamiento, así como a la Unidad de Recursos Humanos por su conocimiento y efectos oportunos. 

Contra esta resolución los interesados podrán interponer un recurso potestativo de reposición ante este Ayuntamiento, en el plazo de un mes a contar del día siguiente de la publicación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

También podrán interponer alternativamente un recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-administrativo con sede en Palma, en el plazo de dos meses, de conformidad con lo establecido en los artículos 30, 112.3 y 114.1 c) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y 8, 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

En caso de optar por interponer el recurso de reposición, no se podrá interponer un recurso contencioso-administrativo hasta que se haya notificado la resolución expresa del recurso de reposición o haya transcurrido un mes desde su interposición sin haber recibido la notificación, fecha en que se podrá entender desestimado por silencio administrativo.

Todo ello sin perjuicio de que puedan interponer cualquier otro recurso que estimen oportuno.

Llucmajor, 9 de septiembre de 2024 La alcaldesa María Francisca Lascolas Rosselló