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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección II. Autoridades y personal

Subsección segunda. Oposiciones y concursos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

ESCUELA BALEAR DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA (EBAP)

Núm. 568585
Resolución de la consejera de Presidencia y Administraciones Públicas por la que se adjudican los puestos de trabajo de personal funcionario de carrera de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, por el procedimiento de libre designación, convocado por Resolución de 21 de junio de 2024 (BOIB n.º 86, de 29 de junio)

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Texto

Antecedentes

1. Por Resolución de 21 de junio de 2024 (BOIB n.º 86, de 29 de junio) se publicaron la convocatoria y las bases del procedimiento para proveer lugares de trabajo de personal funcionario de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares por el procedimiento de libre designación.

2. Mediante Resolución de 11 de julio de 2024 (BOIB n.º 91, de 11 de julio) se rectificaron los errores detectados en el anexo 1 y en el anexo 2 de la Resolución mencionada.

3. El día 22 de julio de 2024 finalizó el plazo previsto en la convocatoria para presentar las solicitudes para participar en el procedimiento.

4. En fecha 26 de julio de 2024 se publicó en la página web http://ebap.caib.es la Resolución de la consejera de Presidencia y Administraciones Públicas, de la misma fecha, por la que se aprueban las listas provisionales de personas aspirantes admitidas y excluidas, con indicación de las causas de exclusión, de este procedimiento de provisión de puestos de trabajo.

5. Mediante Resolución de la consejera de Presidencia y Administraciones Públicas, de 16 de agosto de 2024, publicada en la misma fecha, se aprobaron las listas de las listas definitivas de personas aspirantes admitidas y excluidas, con indicación de las causas de la exclusión, del concurso de referencia, a la vez que dió por desistidas a las personas interesadas que no subsanaron o aportaron los correspondientes documentos preceptivos, dentro del plazo establecido por la convocatoria.

6. En fechas 22 y 23 de agosto de 2024 presentaron escrito de renuncia para participar en el procedimiento de provisión de puestos de trabajo, la sra. Esperança Coll Bestard y la sra. Maria Lourdes Calafat Nadal, respectivamente.

7. De acuerdo con la base 7 del Anexo 1 de la convocatoria, los órganos responsables/titulares de las consellerías/órganos autónomos donde figuran adscritos los puestos de trabajo objeto de convocatoria, han formulado las propuestas de adjudicación, de entre las personas más idóneas para desarrollar las funciones específicas de estos puestos de trabajo.

Por otro lado, han quedado desiertos los siguientes puestos de trabajo:

CONSELLERIA EDUCACIÓ I UNIVERSITATS

- F01760077 Secretaria Personal

CONSELLERIA D'EMPRESA, OCUPACIÓ I ENERGIA

- F0176009A Secretaria Personal

- F01760112 Secretaria Personal (IBASSAL)

CONSELLERIA DE PRESIDÈNCIA I ADMINISTRACIONS PÚBLIQUES

- F01760083 Secretaria Personal

- F0103001H Cap del Departament del Secretariat del Govern

- F01760119 Secretaria Personal

- F00550002 Director/a de l'Institut de seguretat pública de les Illes Balears

 

CONSELLERIA DE SALUT

- F02650001 Coordinador/a del portal de salut i la pàgina web

CONSELLERIA DE SALUT DE LES ILLES BALEARS (IB-SALUT)

- F01760065 Secretaria Personal

- F01760085 Secretaria de Gabinet

O.A. SERVEI D'OCUPACIÓ DE LES ILLES BALEARS

- F00470017 Direcció Oficina Palma

CONSELLERIA DE TURISME, CULTURA I ESPORTS

- F01050005 Director/a acadèmic del Consorci Escola Hoteleria de les IB (Eivissa)

Fundamentos de Derecho

1. El artículo 16 c) de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares (BOIB n.º 44, de 3 de abril).

2. El artículo 6.3 f) y 81 de la Ley 3/2007, de 27 de marzo, de la función pública de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares (BOIB n.º 49, de 3 de abril).

3. El Decreto Ley 6/2022, de 13 de junio, de nuevas medidas urgentes para reducir la temporalidad en la ocupación pública (BOIB n.º 78, de 16 de junio).

4. Los artículos 31 y siguientes del Decreto 33/1994, de 28 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de provisión de lugares de trabajo y promoción profesional de los funcionarios al servicio de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares (BOIB n.º 41, de 5 de abril).

5. La Resolución de 21 de junio de 2024 (BOIB n.º 86, de 29 de junio), por la que se aprueban la convocatoria y las bases del procedimiento para proveer lugares de trabajo de personal funcionario de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares por el procedimiento de libre designación.

Resolución

Vistos los antecedentes y fundamentos de derecho expuestos, y de conformidad con los preceptos legales y el artículo 16 c) de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares; de conformidad con las competencias que le atribuye el art. 6.3 f) de la Ley 3/2007, de función pública de la comunidad autónoma de las Islas Baleares,

Resuelvo

1. Aprobar el nombramiento de los funcionarios que han obtenido, por el sistema de libre designación, los puestos de trabajo objeto del procedimiento de provisión indicado, de conformidad con las propuestas de adjudicación de las consejerías y Organismos Autónomos donde están adscritos estos puestos de trabajo.

2. Aceptar las renuncias presentadas per las señoras Maria Lourdes Calafat Nadal y Esperança Coll Bestard.

3. Ordenar la publicación de los nombramientos en el Boletín Oficial de las Illes Balears y en el Boletín Oficial del Estado, de los funcionarios que han obtenido, por el sistema de libre designación, puestos de trabajo objeto del citado procedimiento de provisión, de conformidad con las propuestas de adjudicación de las consellerías donde están adscritos los citados puestos de trabajo. Este listado se adjunta como anejo a esta resolución.

4. Declarar desiertos los siguientes puestos de trabajo:

CONSELLERIA EDUCACIÓ I UNIVERSITATS

- F01760077 Secretaria Personal

 

CONSELLERIA D'EMPRESA, OCUPACIÓ I ENERGIA

- F0176009A Secretaria Personal

- F01760112 Secretaria Personal (IBASSAL)

CONSELLERIA DE PRESIDÈNCIA I ADMINISTRACIONS PÚBLIQUES

- F01760083 Secretaria Personal

- F0103001H Cap del Departament del Secretariat del Govern

- F01760119 Secretaria Personal

- F00550002 Director/a de l'Institut de seguretat pública de les Illes Balears​​​​​​​

​​​​​​​CONSELLERIA DE SALUT

- F02650001 Coordinador/a del portal de salut i la pàgina web

CONSELLERIA DE SALUT DE LES ILLES BALEARS (IB-SALUT)

- F01760065 Secretaria Personal

- F01760085 Secretaria de Gabinet

O.A. SERVEI D'OCUPACIÓ DE LES ILLES BALEARS

- F00470017 Direcció Oficina Palma

CONSELLERIA DE TURISME, CULTURA I ESPORTS

- F01050005 Director/a acadèmic del Consorci Escola Hoteleria de les IB (Eivissa)

5. El plazo para tomar posesión del nuevo destino obtenido es de tres días hábiles si el destino radica en la misma localidad a la cual ya estaba destinado, o de un mes si el nuevo destino se ubica en una localidad diferente.

En los casos en que la persona adjudicataria lo pida y, además, lo justifique debidamente, la consejera de Presidencia y Administraciones Públicas puede conceder una prórroga del plazo.

Sin embargo, en el caso de las personas que están en situación de excedencia voluntaria especial prevista en el artículo 29 de la Ley 12/2023, de 29 de diciembre, de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares para el año 2024, el plazo para tomar posesión se entiende aplazado hasta que acabe el periodo de la excedencia. El personal funcionario que está en alguna situación que implica el derecho a la reserva del puesto de trabajo de acuerdo con el artículo 23.2 del Real Decreto 365/1995, de 10 de marzo, por el cual se aprueba el Reglamento de situaciones administrativas de los funcionarios civiles de la Administración General del Estado, permanecerá en la situación que corresponda, con reserva del lugar obtenido.

6. La consejera de Presidencia y Administraciones Públicas puede decidir excepcionalmente:

a) Aplazar la fecha del cese del funcionario o funcionaria durante un plazo máximo de un mes, completada la prórroga que prevé el apartado anterior, por exigencias del funcionamiento normal de los servicios. En este caso, si el funcionario o funcionaria lo solicita, se le tienen que respetar las retribuciones del nuevo puesto de trabajo.

b) Prorrogar, por un plazo de hasta veinte días hábiles, la incorporación del funcionario o funcionaria al nuevo destino si implica cambio de localidad y se alegan razones justificadas de la prórroga solicitada.

7. En todo caso, el cómputo de los plazos para tomar posesión se tienen que iniciar cuando acaben los permisos o las licencias que se hayan podido conceder a las personas interesadas, salvo que por causas justificadas el órgano competente decida suspenderlos

8. Las personas funcionarias a las que se adjudique la titularidad de un puesto de trabajo en esta convocatoria tendran la obligación de permanecer en el puesto de trabajo adjudicado un mínimo de dos años antes de participar en otro procedimiento de provisión ordinario, sin perjuicio que se apliquen las excepciones que prevé el apartado 4 del citado mencionado.

A estos efectos, las personas a las que se adjudique un puesto de trabajo no podrán participar en convocatorias de provisión de puestos de trabajo en comisión de servicios durante dos años.

 

​​​​​​​Interposición de recursos

Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, las personas excluidas pueden interponer un recurso potestativo de reposición ante la consejera de Presidencia y Administraciones Públicas, en el plazo de un mes a contar a partir del día siguiente que se haya publicado la Resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

También se puede interponer un recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo contencioso-administrativo de Palma en el plazo de dos meses a contar a partir del día siguiente que se haya publicado esta Resolución, de acuerdo con los artículos 8.2 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

 

(Firmado electrónicamente: 6 de septiembre de 2024)

La consejera de Presidencia y Administraciones Públicas ​​​​​​​Antònia Maria Estarellas Torrens

Documentos adjuntos