Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
FONDO DE GARANTÍA AGRARIA Y PESQUERA DE LAS ILLES BALEARS (FOGAIBA)
Núm. 562820
Resolución de Revocación de resolución de denegación de prórroga de las ayudas, exp. 002 ( Prórroga 2020) de fecha 03 de setiembre de 2024, al amparo de la Resolución del presidente del Fondo de Garantia Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) de 27 de febrero de 2015, por la cual se convocan subvenciones para el Fomento de la Producción Integrada, para el año 2015
El apartado 9.3 de la Resolución del presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) de 27 de febrero de 2015 por la cual se convocan subvenciones para el Fomento de la Producción Integrada, para el año 2015, especifica que la resolución expresa se notificará a las personas interesadas mediante su publicación en el Boletín Oficial de las Islas Baleares de acuerdo con los términos que prevé el artículo 45.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Los expedientes han sido tramitados por el Fondo de Garantia Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA), en cumplimiento del que dispone el artículo 43 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
El vicepresidente del FOGAIBA, con fecha de 3 de setiembre de 2024, dicta lo siguiente:
“PROPUESTA DE RESOLUCIÓN DE REVOCACIÓN DE RESOLUCIÓN DE DENEGACIÓN
Programa de Desarrollo Rural de las Islas Baleares 2014-2020
Mesura 10.1.1- Fomento de la Producción Integrada
Convocatoria 2015 - Prórroga 2020
Documento: Resolución
Expediente: PI002/2015
Código SIA: 2261172
Emisor (DIR3): A04026954
Código BDNS: 304725
Antecedentes
1.Con fecha 15 de junio de 2015 y con número de registro 5925/2015, SR. FRANCISCO BARCELO ORDINAS con NIF ***8988** y en nombre y representación de SON PONS AGRÍCOLA C.B. con NIF E57550253, presentó en el registro del FOGAIBA una solicitud para poder acogerse a la línea de ayudas destinadas al fomento de la producción integrada al amparo de la Resolución del presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) de día 27 de febrero de 2015, publicada en el BOIB núm. 30 día 28 de febrero de 2015, modificada por Resolución de 9 de junio de 2015, publicada en el BOIB núm. 87 día 11 de junio de 2015, por Resolución de día 4 de mayo de 2016, publicada en el BOIB núm. 57 día 7 de mayo de 2016, y por Resolución de 22 de julio de 2016, publicada en el BOIB núm. 95 día 28 de julio de 2016.
2.La citada ayuda se concedió mediante Resolución del vicepresidente del FOGAIBA de día 2 de junio de 2017, por un importe anual de CUATRO MIL DOSCIENTO NUEVE EUROS Y CINCUENTA CÉNTIMOS (4.209,50 €) por las anualidades 2015-2019 :
Anualidad |
Importe pagado |
2015 |
4209,50€ |
2016 |
4209,50€ |
2017 |
4209,48€ |
2018 |
3783,19€ |
2019 |
4209,50€ |
3.Con fecha 30 de marzo de 2020 y con número de registro de entrada L95E7775/2020, SR. FRANCISCO BARCELO ORDINAS con NIF ***8988**, en nombre y representación de la entidad SON PONS AGRÍCOLA C.B, presentó en el registro del FOGAIBA una solicitud de ayuda para poder acogerse a la línea de ayudas para prorrogar los compromisos asumidos para el fomento de la producción integrada al amparo de la Resolución de la presidenta del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares de día 3 de febrero de 2020, publicada en el BOIB nº16 día 6 de febrero de 2020.
4.Con fecha 10 de junio de 2021 el vicepresidente en materia agraria del FOGAIBA dictó resolución de denegación a los beneficiarios de las ayudas, Rd7 de fecha 10 de junio de 2021.
5.Con fecha 17 de mayo de 2021, y con número de registro GOIBE186359/2021, SR. ANTONIO COLOMAR ROIG con NIF ***5902** presentó en el registro del FOGAIBA una solicitud de ayuda para acogerse a la línea para prorrogar los compromisos asumidos para el fomento de la producción integrada al amparo de la Resolución de la presidenta del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares de día 24 de enero de 2021, publicada en el BOIB núm. 13 día 30 de enero de 2021.
6.La citada ayuda se concedió mediante Resolución del vicepresidente del FOGAIBA de día 19 de abril de 2022, por un importe anual de CUATRO MIL DOS CIENTOS-NUEVE EUROS Y CINCUENTA Y CÉNTIMOS (4.209,50 €) (prórroga anualidad 2021 ).
Fundamentos de derecho
1.Resolución del presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) de 27 de febrero de 2015 por la que se aprueba la convocatoria para el año 2015 de las ayudas destinadas al fomento de la producción integrada, la resolución de 9 de junio de 2015 y de 4 de mayo.
2.Resolución del presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA), de 22 de julio BOIB núm.95 de 28 de julio de 2016 por la que se modifican los créditos y las cofinanciaciones de diversas convocatorias de subvenciones del FOGAIBA, correspondientes a las medidas contempladas en el Programa de Desarrollo Rural de las Islas Baleares 2014-2020.
3.Resolución de la presidenta del Fons de Garantia Agraria y Pesquera de les Illes Balears (FOGAIBA) de 3 de febrero de 2020, por la que se aprueba la convocatoria, para el 2020, de las ayudas para prorrogar los compromisos asumidos para el fomento de la producción integrada.
4.Reglamento (UE) núm. 1305/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, relativo a la ayuda al desarrollo rural a través del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER) y por el que se deroga el Reglamento (CE) núm. 1698/2005 del Consejo.
5.Reglamento (UE) núm. 1306/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, sobre la financiación, gestión y seguimiento de la Política Agrícola Común, por el que se derogan los Reglamentos (CE) núm. 352/78, (CE) núm. 165/94, (CE) núm. 2799/98, (CE) núm. 814/2000, (CE) núm. 1290/2005 y (CE) núm. 485/2008 del Consejo.
6.Reglamento delegado (UE) núm. 640/2014 de la Comisión, de 11 de marzo de 2014, por el que se completa el Reglamento (UE) núm. 1306/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, en lo que se refiere al sistema integrado de gestión y control ya las condiciones sobre la denegación o retirada de los pagos y sobre las sanciones administrativas aplicables a los pagos directos, a la ayuda al desarrollo rural ya la condicionalidad.
7.Reglamento de ejecución (UE) núm. 808/2014 de la Comisión, de 17 de julio de 2014, por el que se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento (UE) núm. 1305/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, relativo a la ayuda al desarrollo rural a través del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER).
8.Reglamento de ejecución (UE) núm. 809/2014 de la Comisión, de 17 de julio de 2014, por el que se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento (UE) núm. 1306/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, en lo que respecta al sistema integrado de gestión y control, las medidas de desarrollo rural y la condicionalidad.
9.Real decreto 1075/2014, de 19 de diciembre, sobre la aplicación a partir de 2015 de los pagos directos a la agricultura y la ganadería y otros regímenes de ayuda, así como sobre la gestión y control de los pagos directos y de los pagos al desarrollo rural.
10.Real decreto 1078/2014, de 19 de diciembre, por el que se establecen las normas de condicionalidad que deben cumplir los beneficiarios que reciban pagos directos o determinadas primas anuales de desarrollo rural, o pagos en virtud de los programas de apoyo a la reestructuración y reconversión o de apoyo a la cosecha en verde, en el sector vitivinícola.
11.Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.
12.Real decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.
13.Decreto legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de subvenciones.
14.Programa de Desarrollo Rural de las Islas Baleares 2014-2020. 15.Orden del consejero de Agricultura, Medio Ambiente y Territorio de 19 de febrero de 2015, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en el marco del Programa de Desarrollo Rural de las Islas Baleares 2014-2020 .
16.Ley 3/2019, de 31 de enero, Agraria de las Islas Baleares.
17.Decreto 65/2007, de 25 de mayo, de constitución, organización y funcionamiento del Organismo Pagador de los gastos del Fondo Europeo Agrícola de Garantía (FEAGA) y del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER), a la comunidad autónoma de las Islas Baleares BOIB núm. 082 de 2007; en virtud de la Orden de la consejera de Agricultura y pesca de 23 de diciembre de 2005, por la que se dispone la asunción de la ejecución de la política de mejora y fomento de los sectores agrario y pesquero por parte del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares, establece en el artículo 1 que el FOGAIBA asume la ejecución de la política de la Consejería de Agricultura y Pesca referente a la aplicación de las medidas de fomento y mejora de los sectores agrario y pesquero , a partir del 1 de enero de 2006.
18.Llei 39/2015, d'1 d'octubre, del procediment comú de les administracions públiques .
Propuesta de Resolución de Revocación de la Resolución de Denegación
Por todo ello, se informa favorablemente y propongo al vicepresidente del FOGAIBA que dicte resolución en los siguientes términos:
1. Revocar la Resolución de denegación de la prórroga 2020 de la ayuda para el fomento de producción integrada para el beneficiario SON PONS AGRÍCOLA, CB con NIF E57550253 por error administrativo.
2. Notificar la resolución de concesión de la prórroga 2020 al interesado en el Boletín Oficial de las Islas Baleares. Anexo I.
Palma, a fecha de la firma electrónica
La jefe de Servicio de Ayudas al Desarrollo Rural Gemma Canós Franch
Conforme con la propuesta, dicto Resolución
Palma, a fecha de la firma electrónica
El vicepresidente del FOGAIBA Fernando Fernández Such”
ANEXO 1 Perceptor concesión PI2020
PRÓRROGA |
EXP INTERNO |
NIF |
NOMBRE O RAZÓN SOCIAL |
GRUPO DE CULTIVO |
SUPF COMPROMETIDA |
IMPORT EA CONCEDIR |
IMPORTE EFEADER |
IMPORTE AGE |
IMPORT E CAIB |
2020 |
2 |
E57550253 |
SON PONS AGRICOLA CB |
FRUIT SECS |
28,93 |
4209,50€ |
2104,75 |
210,48 |
1894,27 |
OLIVAR |
1,91 |
Palma, fecha de la firma electrónica (5 de septiembre de 2024)
El director gerente del FOGAIBA Joan Josep Coll Bibiloni