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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección II. Autoridades y personal

Subsección segunda. Oposiciones y concursos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

ESCUELA BALEAR DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA (EBAP)

Núm. 547161
Resolución de la consejera de Presidencia y Administraciones públicas por la que se constituye una bolsa temporal de personal funcionario interino del cuerpo ayudante facultativo, escala socioeducativa, especialidad educador/a infantil para la isla de Mallorca de la Administración especial, correspondiente a las pruebas selectivas convocadas por Resolución de 16 de septiembre de 2022 (BOIB núm. 122, de 17 de septiembre)

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Texto

Hechos

1. En fecha 17 de septiembre de 2022, se publicó en el BOIB núm. 122 la Resolución de la consejera de Presidencia, Función Pública e Igualdad de 16 de septiembre de 2022 por la que se aprueba la convocatoria del proceso de estabilización por concurso oposición para cubrir las plazas de personal funcionario de la Administración general y especial de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

2. En fecha 28 de mayo de 2024, se publicó la Resolución de la consejera Presidencia y Administraciones Públicas por la que se aprueban la lista definitiva de méritos alegados, la lista de aprobados de la fase de oposición, la lista informativa de orden de aspirantes y lista de personas requeridas a presentar documentación del proceso de estabilización por concurso oposición para cubrir las plazas de personal funcionario de los subgrupos A1, A2, C1 y grupo AP de la Administración especial de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

3. En fecha 29 de agosto de 2024, la Dirección General de Función Pública solicita a la EBAP la constitución de una bolsa temporal para nombrar a personal funcionario interino con las personas que hayan aprobado el primer ejercicio del proceso de estabilización por concurso oposición para acceder al cuerpo de ayudante facultativo, escala socioeducativa, especialidad educador/a infantil de la isla de Mallorca (BOIB núm.122, de 17 de septiembre), dado que las bolsas del cuerpo, escala y especialidad mencionado se encuentran actualmente agotadas.

Fundamentos de derecho

1. El Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.

2. La Ley 3/2007, de 27 de marzo, de la Función Pública de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

3. El Decreto 30/2009, de 22 de mayo de 2016, por la que se aprueba el procedimiento de selección de personal funcionario interino al servicio de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, en particular los siguientes preceptos:

  • El apartado 10 del artículo 3, que dispone lo siguiente:

10. Agotada la posibilidad del apartado anterior, antes de aplicar el procedimiento extraordinario y sólo hasta la constitución definitiva de la bolsa de trabajo que tendrá lugar cuando termine el proceso selectivo de personal funcionario de un determinado cuerpo, escala o especialidad , puede utilizarse, para nombrar personal funcionario interino de este mismo cuerpo, escala o especialidad, la relación de las personas aspirantes que hayan aprobado alguna de las pruebas o ejercicios realizados hasta ese momento, de acuerdo con el orden de prelación recogido en el artículo 3.4 de este Decreto. Las personas funcionarias interinas que empiecen a prestar servicios como consecuencia de este supuesto, estarán en la situación de no disponible en la bolsa que se constituya al finalizar el proceso selectivo mencionado. En el momento del cese se incorporan automáticamente a la bolsa ordinaria constituida, en el orden de prelación que les corresponda de acuerdo con el apartado 3 de este artículo.

  • El punto 3 del artículo 3, en lo que se refiere a la integración en bolsas de una isla de personas que opten a las plazas de una isla diferente, siempre que en la solicitud hayan hecho constar su disponibilidad a prestar servicios como personal interino en una de estas islas. Estas personas deben integrarse en la lista a continuación de las personas que hayan aprobado al menos un ejercicio de la oposición en el proceso selectivo correspondiente a la isla para la que haya plazas, en su caso.
  • El punto 5 del artículo 3, que establece los criterios de desempate.
  • El artículo 9 sobre selección de personal funcionario interino con discapacidad.

4. El Decreto ley 6/2022, de 13 de junio, de nuevas medidas urgentes para reducir la temporalidad en el empleo público de las Illes Balears.

5. El Decreto 12/2023, de 10 de julio, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears y posteriores modificaciones.

Por todo ello, dicto la siguiente,

RESOLUCIÓN

1. Aprobar la constitución de la bolsa de trabajo temporal del personal funcionario interino del cuerpo ayudante facultativo, escala socioeducativa, especialidad educador/a infantil para la isla de Mallorca de la Administración especial de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, integrada por los aspirantes que han participado en las pruebas selectivas convocadas mediante Resolución de la consejera de Presidencia , Función Pública e Igualdad de 16 de septiembre de 2022 (BOIB núm. 122, de 17 de septiembre) y que obtenido una puntuación mínima de 5 puntos en el ejercicio realizado en fecha 23 de marzo de 2024.

La composición de la bolsa de trabajo, con orden de prelación final, se adjunta como anexo de esta Resolución.

La comprobación de los requisitos se realizará antes del nombramiento como funcionario interino.

La no presentación ante la Administración competente de la documentación que, en su caso, se requiera para acreditar el cumplimiento de los requisitos establecidos en la convocatoria, determina la imposibilidad de tomar posesión del puesto y la exclusión de la bolsa.

2. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares, en el portal del opositor (oposicions.caib.es) y en la sede electrónica de la CAIB (caib.es).

Interposición de recursos

Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que la dicta en el plazo de un mes a contar a partir del día siguiente de haber recibido su notificación, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

También se puede interponer directamente un recurso contencioso administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Palma en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente de haber recibido la notificación de la Resolución, de acuerdo con los artículos 8.2 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.

 

(Firmado electrónicamente: 2 de septiembre de 2024)

La consejera de Presidencia y Administraciones Públicas Antònia Maria Estarellas Torrens

 

ANEXO

Bolsa temporal de personal funcionario interino del cuerpo ayudante facultativo, escala socioeducativa, especialidad educador/a infantil para la isla de Mallorca de la Administración especial de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears

CONCURSO OPOSICIÓN CAF EDUCADOR/A INFANTIL MALLORCA

DNI

APELLIDOS, NOMBRE

PUNTOS

POSICIÓN

***7068*

BERNAT SOLER, CONCHITA

56

1

***1335*

TRILLO-FIGUEROA ALEMANY, AINA

54

2

***3739*

SASTRE QUESADA, SONIA

53

3

***3164*

GARCIA HINOJOSA, MARIA INMACULADA

44

4

***0998*

CERRON BRUNO, NELLY JACKELINE

42

5

***6892*

RUIZ HERRERA, MARIA DE LOS ANGELES

33

6

***8761*

FERNANDEZ MATEOS, VANESA

31

7

***4150*

CANO RAYA, GLORIA

29

8

***9910*

VERGER LANAS, ADELA ALEJANDRA

25