Sección II. Autoridades y personal
Subsección segunda. Oposiciones y concursos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
ESCUELA BALEAR DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA (EBAP)
Núm. 547158
Resolución de la consejera de Presidencia y Administraciones Públicas por la que se aprueba una nueva lista del aspirante que ha superado el proceso excepcional de estabilización por concurso extraordinario de méritos del cuerpo de ayudante facultativo, escala de agente de medio ambiente para la isla de Mallorca, de la Administración especial de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares y se ofrece el puesto de trabajo
Antecedentes
1. Mediante la Resolución de la consejera de Presidencia, Función Pública e Igualdad de 16 de septiembre de 2022, se aprobaron las bases generales que deben regir el proceso excepcional de estabilización por concurso extraordinario de méritos para cubrir las plazas de personal funcionario de la Administración general y especial de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares (BOIB núm. 122, de 17 de septiembre de 2022).
2. En el BOIB núm. 50 de 16 de abril de 2024, se publicó la Resolución de la consejera de Presidencia y Administraciones públicas por la que se aprueban las listas de aspirantes que han superado el proceso excepcional de estabilización por concurso extraordinario de méritos del cuerpo facultativo técnico, del cuerpo de ayudante facultativo y del cuerpo facultativo subalterno y se ofrecieron los puestos de trabajo.
3. El señor Pere Pomar Sureda, mediante escrito presentado en fecha 24 de abril de 2024, renunció a participar en el proceso excepcional de estabilización por concurso extraordinario de méritos, del cuerpo de ayudantes facultativos, escala de agentes de medio ambiente para la isla de Mallorca.
4. En fecha 17 de mayo de 2024, el Tribunal del proceso de estabilización por concurso extraordinario de méritos, del cuerpo de ayudantes facultativo, escala de agentes de medio ambiente, acordó ampliar a un número de personas adicionales de la lista informativa publicada mediante la Resolución de la consejera de Presidencia, Función Pública e Igualdad de 20 de febrero de 2023 y requerir a las personas aspirantes que para que acreditaran los méritos alegados.
5. Concluido el trámite de revisión y baremación por el tribunal del punto 4 citado, en fecha 7 de junio se publicó la lista provisional con las puntuaciones que han obtenido las personas aspirantes de la ampliación de la lista informativa del cuerpo de ayudantes facultativos, escala agentes de medio ambiente, del proceso excepcional de estabilización por concurso extraordinario de méritos para cubrir las plazas de personal funcionario de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears y se otorgó un plazo de siete días hábiles, a contar a a partir del día siguiente de esta publicación, para alegar las rectificaciones que consideraran pertinentes.
6. Concluido el plazo otorgado y resueltas las alegaciones, en fecha 26 de agosto de julio se publicó la lista definitiva de valoración de méritos con las puntuaciones que han obtenido las personas aspirantes de la ampliación de la lista informativa .
7. Visto lo anterior, el tribunal ha acordado elevar a la consejera de Presidencia y Administraciones Públicas la propuesta del nuevo el aspirante que ha superado el proceso selectivo del concurso de méritos del cuerpo de ayudante facultativo, escala de agentes de medio ambiente, para la isla de Mallorca, para que dicte su resolución de aprobación.
8. En la misma Resolución se debe ofrecer a la persona seleccionada, la lista del puesto de trabajo correspondiente a la plaza convocada para que solicite destino y se le debe requerir para que en el plazo de siete días hábiles presente la documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos.
Fundamentos de derecho
1. La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
2. La Ley 3/2007, de 27 de marzo, de la función pública de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.
3. El Decreto ley 6/2022, de 13 de junio, de nuevas medidas urgentes para reducir la temporalidad en la ocupación pública de las Islas Baleares.
4. El Decreto 27/1994, de 11 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de ingreso del personal al servicio de la comunidad autónoma.
5. La Resolución de la consejera de Presidencia, Función Pública e Igualdad, por la que se aprueba la convocatoria del proceso excepcional de estabilización por concurso extraordinario de méritos para cubrir las plazas de personal funcionario de la Administración general y especial de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, y posteriores modificaciones.
6. El Decreto 12/2023, de 10 de julio, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, y posteriores modificaciones.
Por todo ello, dicto la siguiente
Resolución
1. Aprobar la nueva lista de la persona que ha superado el proceso selectivo del proceso excepcional de estabilización por concurso extraordinario de méritos del cuerpo de ayudante facultativo, escala de agentes de medio ambiente para la isla de Mallorca.
CUERPO DE AYUDANTES FACULTATIVOS, ESCALA DE AGENTES DE MEDIO AMBIENTE, MALLORCA |
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DNI |
APELLIDOS, NOMBRE |
***0421* |
VERICAD MARCUELLO, MIGUEL ALEJANDRO |
2. Publicar el puesto de trabajo que se ofrece del cuerpo de ayudante facultativo, escala de agentes de medio ambiente para la isla de Mallorca de la Administración especial de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears a efectos de que la persona que ha superado este proceso excepcional de estabilización por concurso extraordinario de méritos solicite su destino, que figura en el anexo 1 de esta Resolución.
3. Requerir a la persona aspirante que figura en el punto primero y que ha superado este proceso a fin de que en el plazo de siete días hábiles presente la documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos.
La acreditación de los requisitos debe realizarse de acuerdo con lo que se establece en la base 12 del anexo 2 de la convocatoria mencionada.
Si no se presenta la documentación dentro del plazo fijado, salvo casos de fuerza mayor, que deben ser debidamente acreditados y, en su caso, apreciados por la Administración mediante resolución motivada o, si en el momento de examinar la documentación se deduce que falta alguno de los requisitos exigidos, la persona interesada no podrá ser nombrada personal funcionario de carrera y sus actuaciones quedarán anuladas, sin perjuicio de la responsabilidad en que haya incurrido por falsedad en la solicitud inicial.
4. Publicar esta resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares, en el Portal del Opositor (oposicions.caib.es) y en la Sede electrónica de la CAIB.
Interposición de recursos
Contra esta Resolución, que pone fin a la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante la consejera de Presidencia y Administraciones Públicas en el plazo de un mes, a contar a partir del siguiente a su publicación, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.
También se puede interponer un recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears, en el plazo de dos meses a contar a partir del siguiente a la publicación de la resolución, de acuerdo con los artículos 8.2 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.
(Firmado electrónicamente: 2 de septiembre de 2024)
La consejera de Presidencia y Administraciones Públicas Antònia Maria Estarellas Torrens