Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
AYUNTAMIENTO DE SELVA
Núm. 543643
Acuerdo de la Junta de Gobierno Local de día 20 de junio de 2024, por el que se aprueba la Oferta Pública de Empleo de 2023 del Ayuntamiento de Selva
Una vez sometida a negociación colectiva y acordada en la sesión de la Mesa General Conjunta de día 12 de junio de 2024, por Acuerdo de la Junta de Gobierno Local de día 20 de junio de 2024, se aprobó la Oferta Pública de Empleo de 2023 del Ayuntamiento de Selva, y que en la parte dispositiva dice:
ACUERDO
Primero.- Aprobar la Oferta Pública de Empleo del Ayuntamiento de Selva per el año 2023, y que contiene los siguientes puestos:
Personal Funcionario. |
Administración Especial. |
Grupo |
Subgrupo |
Plaza |
Vacantes |
Turno Libre |
Reserva discapacidad. |
Promoción interna. |
C | C2 | Celador/a | 1 | 1 |
Administración Especial. |
Servicios Especiales. |
Grupo |
Subgrupo |
Plaza |
Vacantes |
Turno Libre |
Reserva discapacidad. |
Promoción interna. |
C |
C1 |
Oficial de Policía |
1 |
|
|
1 |
C | C1 | Policía | 3 | 3 |
Personal Laboral. |
Nivel de equiparación. |
Plaza |
Vacantes |
Turno Libre |
A2 |
Directores/eras Escoleta |
3 |
3 |
Segon.- Publicar en el tablón de anuncios y en la sede electrònica de la Corporación y en el Boletín Oficial de les Illes Balears.
Contra este acordo que agota la vía administrativa, se podrán interponer, alternativamente, los siguientes recursos:
a) El recurso potestativo de reposición, que se interpondrá ante el órgano que ha dictado este acuerdo en el plazo de un mes, a contar a partir del dia seguiente al de la publicación en el BOIB del presente acordo, de conformidad con lo establecido en el artículo 123 i siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de procediment administratiu comú.
b) El recurso contencioso administrativo ante el órgano competente de la jurisdicción contenciosa administrativa, en el plazo de dos meses, a contar a partir del día siguiente a la publicación en el BOIB del presente acuerdo de conformidad con lo que dispone el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la jurisdicción contenciosa administrativa.
No obstante lo anterior, se podrá ejercer, si es el caso, cualquier otro recurso que estime oportuno.
(Firmado electrónicamente: 30 de agosto de 2024
El alcalde Joan Rotger Seguí)