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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

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AYUNTAMIENTO DE SANT ANTONI DE PORTMANY

Núm. 543439
Extracto de la Convocatoria y Bases reguladoras de la concesión de subvenciones al alquiler de vivienda dirigidas a jóvenes residentes en el municipio de Sant Antoni de Portmany para 2024

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

En conformidad con el que prevén los artículos 17.3b) y 20.8.ª) de la Ley 38/2003 de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria, el texto completo de la cual se puede consultar a la Base de datos nacional de subvenciones

(http://www.infosubvenciones.es).

Código identificador BDNS: 781746

Primero. Beneficiarios.

Serán beneficiarios de estas subvenciones las personas mayores de 18 años, o menores de edad legalmente emancipados/adas, y que no hayan cumplido los 31 años el último día de presentación de las solicitudes de la subvención y empadronadas en el municipio de Sant Antoni de Portmany ininterrumpidamente durante 12 meses con anterioridad en el último día del plazo para presentar las solicitudes.

Segundo. Objeto.

El objeto de esta convocatoria es la concesión del Ayuntamiento de Sant Antoni de Portmany de subvenciones al alquiler de vivienda dirigidas a jóvenes residentes en el municipio de Sant Antoni de Portmany.

Con estas ayudas se quiere paliar los efectos del encarecimiento del alquiler en el municipio de Sant Antoni de Portmany, y facilitar la permanencia a la vivienda alquilada del colectivo de jóvenes de entre 18 y 31 años, uno de los más afectados.

Tercero. Bases reguladoras: Convocatoria.

Bases reguladoras de la concesión de subvenciones al alquiler de vivienda dirigidas a jóvenes residentes en el municipio de Sant Antoni de Portmany 2024. Publicadas en la página web municipal (http://www.santantoni.net) y tablón de anuncios digital de la sede electrónica(http://santantoni.sedelectronica.es/board)

Quart. Cuantía.

A las ayudas objeto de esta convocatoria se destinará la cantidad máxima de 20.000 euros, con cargo a la partida núm 0053370489000 del ejercicio presupuestario 2024. La cuantía de la subvención será del 25 por ciento de las mensualidades presentadas correctamente, tomando de referencia la media de las últimas 12 mensualidades anteriores a la convocatoria, con un tope máximo de 1.800 euros.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.

Las solicitudes tienen que ir dirigidas el Alcalde, y presentarse mediante el trámite electrónico en la sede electrónica del Ayuntamiento de Sant Antoni de Portmany, en conformidad con el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, en el plazo de 10 días hábiles desde la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de las Islas Baleares. La presentación de la solicitud comporta la aceptación exprés de las bases. Las solicitudes se tienen que hacer mediante el modelo y los anexos que se encuentran en este trámite.

 

Sant Antoni de Portmany (23 de agosto de 2024)

El alcalde Marcos Serra Colomar