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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

CONSEJO INSULAR DE EIVISSA

Núm. 531645
Decreto del presidente mediante el cual se aprueba la modificación del Plan estratégico de subvenciones del Consell Insular de Eivissa (2023-2025) correspondiente al Departamento de Promoción Económica, Cooperación Municipal y Recursos Humanos

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Con fecha 28 de agosto de 2024 se dictó el Decreto de presidencia núm. 2024000625, el cual dispone lo siguiente:

«1 - El día 12 de junio de 2024, el Ayuntamiento de San Juan de Labritja pidió al Consejo Insular de Eivissa, la suscripción de un Convenio de colaboración entre el Consejo Insular de Eivissa y el Ayuntamiento de San Juan de Labritja para la financiación del proyecto “EVACUACIÓN DE AGUAS PLUVIALES EN EL NÚCLEO DE SANT MIQUEL”, con un presupuesto de ejecución material de 410.112,05 €, en base a lo siguiente:

«El pueblo de Sant Miquel de Balançat se sitúa en la zona norte de la isla de Ibiza y en el noroeste del término municipal de Sant Joan de Labritja. Lo atraviesa la carretera PM-804, que se convierte en Calle de Ibiza al entrar en el núcleo urbano de Sant Miquel, siendo éste la Calle principal que atraviesa la población, quedando a ambos lados de la misma las edificaciones dedicadas tanto a uso residencial como locales comerciales; y la que podemos calificar de arteria principal del pueblo y que tiene continuidad hacia el Puerto de Sant Miquel.

Una vez la Calle de Ibiza se convierte en la Carretera SN-1, a una distancia aproximada de 55 metros, existe actualmente un acceso vecinal asfaltado, que coincide con uno de los extremos del conocido como Vial “J”, que atravesará la población de Sant Miquel, quedando ubicado en el Este de la Calle principal, conocido como Calle de Ibiza, y conectará directamente con la Calle des Port.

Cabe remarcar que previo o simultáneamente a la construcción de dicho Vial “J”, será totalmente necesario realizar una canalización general de aguas pluviales que conduzca estas aguas recogidas por el vial proyectado hasta la zona más baja del pueblo de Sant Miquel hasta el cauce del Torrent, y que es el objeto de este proyecto.

Esta canalización servirá, además de la evacuación de las aguas pluviales que se recojan en el futuro Vial “J”, para la evacuación de las aguas pluviales que actualmente discurren en superficie por la Calle de Eivissa y las procedentes del Puig de Misa, que también se conectan a la canalización proyectada.

El ayuntamiento cuenta con el Proyecto Básico y de Ejecución necesario de Evacuación de Aguas Pluviales del núcleo de Sant Miquel, redactado por el Arquitecto Daniel Roig Riera, que asciende a un presupuesto total de 410.112,05 €.

Asimismo, disponemos de la preceptiva autorización de la Dirección General de Recursos Hídricos, así como del informe favorable del Departamento de Carreteras del Consell Insular de Eivissa.».

2 - En fecha 23 de enero de 2023, el Consejo Ejecutivo aprobó el Plan estratégico de subvenciones del Consell Insular de Eivissa para los años 2023-2025, publicado en el BOIB núm. 12, de 26 de enero de 2023 y en el acuerdo del Consejo Ejecutivo, concretamente en el apartado tercero, se recoge la delegación en la Presidencia de la aprobación de las modificaciones que se puedan producir durante la vigencia del citado Plan estratégico (BOIB) núm. 171, de 31-12-2022.

3 - Visto el Decreto de Presidencia núm.2023000467, de estructura del gobierno del Consell Insular de Ibiza y creación de departamentos (BOIB nº 88 de 29 de junio de 2023), que le atribuye al Departamento de Promoción Económica Cooperación Municipal y Recursos Humanos, entre otros, "La actividad competencial propia del Consell Insular en materia de cooperación y asistencia local en los municipios de la isla, recogidas tanto en la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases de régimen local como en la ley 4/2022, de 28 de junio, de consejos insulares”.

4 - La Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases de régimen local, en su artículo 36, establece que es competencia de las diputaciones o entidades equivalentes, como es el caso de los Consells Insulars de acuerdo con el artículo 41 de dicha ley, la asistencia y cooperación jurídica, económica y técnica a los municipios, así como la cooperación en el fomento del desarrollo económico y social.

5 - El artículo 120 de la Ley 4/2022, de 28 de junio de consejos insulares establece, en su apartado 1, que de acuerdo con la legislación básica del Estado, los consejos insulares y sus entidades instrumentales pueden suscribir convenios con sujetos de derecho público y privado, sin que ello implique cesión de la titularidad de la competencia.

6 - El Pleno del Consejo Insular de Eivissa, en sesión de fecha 1 de diciembre de 2023 aprobó con carácter inicial el expediente del Presupuesto del Consejo Insular de Eivissa para el ejercicio 2024 (BOIB núm. 164, de 2 -12-2023). La aprobación definitiva del presupuesto del Consell Insular de Eivissa para el ejercicio 2024 fue publicada en el BOIB núm 176, de 30-12-2023.

7 - El artículo 8.1 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones prevé que los órganos de las administraciones públicas o cualquier ente que propongan el establecimiento de subvenciones, con carácter previo deben concretar en un plan estratégico de subvenciones, los objetivos y efectos que se pretenden con su aplicación, el plazo necesario para su consecución, los costes previsibles y sus fuentes de financiación, que deben supeditarse en todo caso al cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria.

8 - De conformidad con el artículo 10.1 del Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio (en adelante, RLGS), los planes estratégicos de subvenciones a las que hace referencia el artículo 8 de la Ley general de subvenciones se configuran como un instrumento de planificación de las políticas públicas que tengan por objeto el fomento de una actividad de utilidad pública o interés social o de promoción de una finalidad pública.

9 - El artículo 12.3 del RLGS determina que los planes estratégicos de subvenciones tienen carácter programático y que su contenido no crea derechos ni obligaciones; su efectividad queda condicionada a la puesta en marcha de las diferentes líneas de subvenciones, atendiendo, entre otros condicionantes, a las disponibilidades presupuestarias de cada ejercicio, lo que hace que el plan estratégico no sea un documento rígido y que éste pueda variarse justificando su modificación.

10 - Dada la Providencia de inicio de la consejera ejecutiva del Departamento de Cultura, Educación y Patrimonio (por delegación de la consejera ejecutiva del Departamento de Promoción Económica, Cooperación Municipal y Recursos Humanos, DP 2024000593, de fecha 12 de agosto de 2024 ) de fecha 27 de agosto de 2024, csv 15250327333575063136, para la modificación del Plan estratégico de subvenciones del Consell Insular de Eivissa 2023 - 2025, en lo referente a su Departamento, en el sentido de realizar las siguientes modificaciones:

  • Incluir una nueva línea específica de ayuda para la financiación del proyecto “EVACUACIÓN DE AGUAS PLUVIALES EN EL NÚCLEO DE SANT MIQUEL”, con un presupuesto de ejecución material de 410.112,05 €.

11 - En cuanto a la competencia para tramitar el presente expediente, el Decreto de Presidencia núm. 2023000467, de estructura del gobierno del Consell Insular de Eivissa y creación de departamentos (BOIB nº 88 de 29 de junio de 2023), atribuye al Departamento de Promoción Económica Cooperación Municipal y Recursos Humanos, entre otros, "La actividad competencial propia del Consell Insular en materia de cooperación y asistencia local en los municipios de la isla, recogidas tanto en la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases de régimen local como en la ley 4/2022, de 28 de junio, de consejos insulares”.

12 - Corresponde al presidente la aprobación de las modificaciones del PES 2023-2025, en virtud del apartado primero del Acuerdo del Pleno del Consell Insular de Eivissa en relación con la propuesta del consejero ejecutivo del Departamento de Hacienda, Gestión Económica, Deportes y Juventud, respecto a la delegación de la aprobación del Plan estratégico de subvenciones y sus posibles modificaciones (BOIB núm. 171, de 31-12-2022).

Visto el informe propuesta favorable en relación a la modificación del Plan estratégico de subvenciones 2023-2025 de la jefa de Servicio de Presidencia de fecha 27 de agosto de 2024.

Vista la propuesta de la consejera ejecutiva del Departamento de Promoción Económica, Cooperación Municipal y Recursos Humanos de fecha 27 de agosto de 2024.

Por todo lo anterior, y en uso de las facultades que tengo conferidas,

DECRETO

PRIMERO.- Aprobar la siguiente modificación del Plan estratégico de subvenciones del Consell Insular de Eivissa (2023-2025):

  • Incluir una nueva línea específica de ayuda para la financiación del proyecto “EVACUACIÓN DE AGUAS PLUVIALES EN EL NÚCLEO DE SANT MIQUEL”, con un presupuesto de ejecución material de 410.112,05 €.

DEPARTAMENTO

Departamento de Promoción Económica, Cooperación Municipal y Recursos Humanos

Sección

Cooperación Municipal

Línea de acción (nombre de la acción)

Aportación económica al Ayuntamiento de Sant Joan de Labritja para la financiación del proyecto “EVACUACIÓN DE AGUAS PLUVIALES EN EL NÚCLEO DE SANT MIQUEL”

Forma de otorgamiento (concurrencia competitiva o subvención directa)

Directa

Objetivos estratégicos

Ejecutar proyecto de obras para la mejora de la canalización general y la evacuación de aguas pluviales en el pueblo de Sant Miquel de Balansat (Sant Joan de Labritja)

Destinatarios

Ayuntamiento de Sant Joan de Labritja

Indicadores de evaluación

% ejecutado en relación con el presupuesto presentado

% justificado en relación con el importe concedido

Plazo de ejecución de las obras e inversiones

Aplicación presupuestaria

9420 76205

Coste previsto

410.112,05 €

Compatibilidad

Compatibilidad

SEGUNDO.- Publicar el decreto que se dicte en el BOIB, en el portal de transparencia del Consejo Insular de Eivissa, y dar cuenta al Consejo Ejecutivo.»

 

Ibiza, 29 de agosto de 2024

La jefa de Servicio de Presidencia Concepción Rebollo Laserna