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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección II. Autoridades y personal

Subsección segunda. Oposiciones y concursos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

ESCUELA BALEAR DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA (EBAP)

Núm. 522869
Resolución de la consejera de Presidencia y Administraciones Públicas por la que se constituye la bolsa preferente en la isla de Ibiza de personal laboral temporal del Grupo D, Nivel 5, de la categoría auxiliar técnico/a educativo/a

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Texto

Hechos

1. Mediante la Resolución de 16 de septiembre de 2022 (BOIB núm. 122, de 17 de septiembre) de la consejera de Presidencia, Función Pública e Igualdad se aprobó la convocatoria del proceso excepcional de estabilización por concurso extraordinario de méritos para cubrir las plazas de personal laboral de la Administración general y especial de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

2. En fecha 17 de noviembre de 2023 se publicaron en el portal del opositor de la CAIB las listas definitivas de valoración de méritos del proceso excepcional de estabilización por concurso extraordinario de méritos para cubrir plazas de personal laboral auxiliar técnico/a educativo/a de Ibiza, en las que se baremaron con carácter definitivo veinticuatro del total de cuarenta y ocho personas aspirantes que participaban.

3. Mediante Resolución de la consejera de Presidencia y Administraciones Públicas de 17 de noviembre de 2023 (BOIB núm. 158, de 21 de noviembre) se adjudicaron las 12 plazas que se ofrecieron en el proceso de estabilización en la isla de Ibiza de auxiliar técnico/a educativo/a. No obstante, y a consecuencia de la renuncia de una de las personas aspirantes seleccionadas, se dictó una nueva resolución de la mencionada consejera de fecha 12 de marzo de 2024 (BOIB núm. 38, de 19 de marzo), en la que se nombraba a una nueva persona aspirante en sustitución de la que había renunciado.

4. En cumplimiento de lo dispuesto en la base 20 del anexo 2 de la convocatoria del proceso de estabilización se han revisado y baremado las veinticuatro personas aspirantes que quedaban pendientes. La finalidad de baremarlas, aunque ya se había adjudicado la plaza ofrecida en estabilización, es a efectos de conformar una bolsa preferente de personal laboral de la mencionada categoría en la isla de Ibiza.

Con esta finalidad, el 12 de julio de 2024 se publicó en el portal del opositor de la CAIB la lista provisional de puntuaciones obtenidas por las veinticuatro personas aspirantes mencionadas. Contra esta lista provisional se han presentado alegaciones.

5. En sesión celebrada el 20 de agosto de 2024, el Tribunal calificador admitió la alegación presentada por la aspirante Ana Maria Ferrer Juan una vez acreditado que cumplía los requisitos para ser incluida en la lista, si bien en la última posición con la puntuación mínima.

En la misma sesión, el Tribunal ha elaborado, por orden de mayor a menor puntuación, la lista de las personas aspirantes que deben conformar la bolsa preferente y que se propondrá a la consejera de Presidencia y Administraciones Públicas para su aprobación.

Esta lista está integrada por un total de treinta y seis personas aspirantes. Por un lado, por once de las veinticuatro personas que aparecen en la lista definitiva publicada en el portal del opositor el 17 de noviembre de 2023, todas ellas con una puntuación igual o superior a 10 puntos; y, por otro lado, por las veinticuatro personas aspirantes que figuran en la lista provisional de méritos publicada en el portal del opositor el 12 de julio de 2024, todas ellas también con una puntuación igual o superior a 10 puntos. A esto, debe añadirse la persona aspirante que ha optado su disposición a prestar servicios en la isla de Mallorca y de Ibiza.

En los casos en los que se ha producido un empate entre las personas aspirantes, se ha efectuado el desempate aplicando los criterios previstos en la base 15.2 del anexo 2 de la convocatoria, tal como queda reflejado en el acta de la sesión del Tribunal calificador efectuada el 20 de agosto de 2024.

Fundamentos de derecho

1. El Decreto ley 6/2022, de 13 de junio, de nuevas medidas urgentes para reducir la temporalidad en el empleo público de las Illes Balears, en el artículo 24.2 dispone:

2. Las convocatorias de estabilización, por el sistema de concurso de méritos, deben prever que las personas que no superen el proceso selectivo, y que no tengan la posibilidad de participar en el proceso de estabilización por el sistema de concurso oposición, por no haber plazas del mismo cuerpo, escalera, subescalera, clase, especialidad o categoría profesional, convocadas por el sistema de concurso oposición, deben incluirse en bolsas de personal ordinarias y/o extraordinarias vigentes en cada una de las administraciones. En estas bolsas se integrarán los candidatos que hayan obtenido la puntuación mínima de 10 puntos.

2. El mencionado precepto legal se desarrolla en la base 20 del anexo 2 de la convocatoria al establecer lo siguiente:

20.1. Las personas que hayan participado en este procedimiento y que no hayan superado el proceso selectivo y no tengan la posibilidad de participar en el proceso de estabilización por el sistema de concurso-oposición, porque no hay plazas de la misma categoría y especialidad convocadas por este sistema, deben incluirse en una bolsa de personal laboral temporal de la categoría y especialidad correspondientes en que hayan participado. Esta bolsa debe tener carácter preferente en cualquier otra bolsa ordinaria y/o extraordinaria que esté vigente en la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

20.2. A los efectos anteriores, una vez finalizado el proceso selectivo, los Tribunales requerirán a las personas incluidas en la lista informativa de orden de aspirantes de la base 11 que cumplan los requisitos del párrafo anterior y que han declarado que disponen de un mínimo de 10 puntos que, en el plazo de 10 días hábiles, acrediten los méritos alegados en la declaración responsable. Este requerimiento puede hacerse de manera parcial en un porcentaje mínimo correspondiente al 120% de plazas convocadas y respetando la posición de la lista informativa.

El Tribunal debe revisar y baremar los méritos declarados según el procedimiento establecido en las bases 13 y 14, y una vez revisados, conformará una lista por orden de puntuación obtenida con todas las personas que hayan alcanzado un mínimo de 10 puntos.

[...]

20.3. Una vez comprobados los méritos de todos los aspirantes que hayan declarado un mínimo de 10 puntos, debe publicarse la constitución de las bolsas de personal laboral temporal de cada categoría y especialidad correspondiente que derivan de esta convocatoria y que quedarán formadas por islas, según el mayor número de puntuación obtenida una vez revisados los méritos, y siempre que se haya obtenido un mínimo de 10 puntos.

3. Tanto el artículo 20 del Decreto ley 6/2022 como la base 15.2 del anexo 2 de la convocatoria establecen, en relación con los desempates, lo siguiente:

15.2. En caso de que se produzcan empates, deben resolverse atendiendo sucesivamente los siguientes criterios:

1.º La mayor antigüedad en la misma categoría y especialidad acreditada en la administración de la CAIB.

2.º La mayor antigüedad acreditada en la Administración a la que se opta.

3.º La mayor puntuación obtenida en el mérito de cursos de formación.

4.º La mayor puntuación obtenida en el mérito de superación de ejercicios en convocatorias anteriores.

5.º La mayor puntuación acreditada en el conjunto de administraciones y entidades del sector público.

6.º El hecho de ser mujer, en el caso de infrarepresentación del sexo femenino en la categoría y la especialidad de que se trate.

7.º Las personas víctimas de violencia de género.

8.º La persona de más edad.

9.º Si finalmente el empate persiste, deberá hacerse un sorteo.

4. El apartado 2.1.3 del anexo 5 de la convocatoria establece lo siguiente:

2.1.3. En los casos en los que deban constituirse bolsas de nombramiento de personal temporal, los aspirantes, a efectos de mejorar la agilidad, deben hacer constar en la solicitud, si procede, su disponibilidad para prestar servicios como personal temporal en una isla diferente de la isla a cuyas plazas optan.

También pueden hacerla constar con posterioridad, antes de que se agote la bolsa correspondiente, y en este caso pasarán a ocupar el último lugar de la lista.

Por todo ello, dicto la siguiente

Resolución

1. Aprobar la constitución de la bolsa preferente para la isla de Ibiza de personal laboral temporal del Grupo D, Nivel 5, auxiliar técnico/a educativo/a, de acuerdo con lo dispuesto en la base 20 del anexo 2 de la convocatoria del proceso excepcional de estabilización por concurso extraordinario de méritos para cubrir las plazas de personal laboral de la Administración general y especial de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears aprobada por Resolución de la consejera de Presidencia, Función Pública e Igualdad de 16 de septiembre de 2022 (BOIB núm. 122, de 17 de septiembre).

La composición de la bolsa de trabajo con la orden de prelación final se adjunta como anexo de esta Resolución.

2. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears, en el portal del opositor y en la sede electrónica de la CAIB.

Interposición de recursos

Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, puede interponerse un recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que la dicta en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al que se haya recibido la notificación, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

También puede interponerse ante la jurisdicción social de Palma en el plazo de dos meses a contar desde la publicación, de acuerdo con los artículos 10.4.a) y concordantes de la Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la jurisdicción social.

 

Palma, en la fecha de la firma electrónca (27 de agosto de 2024)

La consejera de Presidencia y Administraciones Públicas Antònia Maria Estarellas Torrens

 

ANEXO Bolsa preferente del Grupo D, Nivel 5, auxiliar técnico/a educativo/a para la isla de Ibiza de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears

CONCURSO AUXILIAR TÉCNICO/A EDUCATIVO/A IBIZA

DNI

LINAJES Y NOMBRE

PUNTOS

POSICIÓN

***5274*

GARCIA TUR, EVA

64,500

1

***5211*

SAURA RODRÍGUEZ, MARIA PILAR

61,766

2

***5388*

RIBAS FERNÁNDEZ, ALICIA

58,750

3

***5970*

TUR BONET, MARGARITA

58,500

4

***9367*

TORRAS BALAGUER, YOLANDA ALICIA

57,000

5

***5566*

RIBAS JIMÉNEZ, MARIA MAR

55,782

6

***2138*

SÁNCHEZ COBOS, ADRIANA

53,250

7

***5578*

PARRA PLAZA, MARIA JOAQUINA

53,250

8

***5881*

RODRÍGUEZ RODRÍGUEZ, AMANDA

51,750

9

***5930*

MORENO GARCÍA, LUCIA

51,250

10

***0188*

BARRANCO SOTO, AURORA

48,100

11

***5330*

MARCOS GONZÁLEZ, ESTHER

44,647

12

***6891*

QUEVEDO ALOMO, MELINA ELIZABETH

42,500

13

***5879*

TORRES PLANELLS, LORENA

41,500

14

***5854*

TUR RIBAS, NEUS

37,599

15

***7715*

GARCÍA SANZ, MARIA BEGOÑA

31,750

16

***0165*

LÒPEZ MANZANEDA, MARIA DOLORES

31,033

17

***9810*

SEVILLA RAMON, PAULA

30,664

18

***6122*

FERRER RAMON, MARIA ISABEL

29,900

19

***5751*

MARI TUR, LIDIA

29,500

20

***5449*

PODADERA MARTIN, JOSÉ ANTONIO

29,433

21

***5524*

PERONA TORRALBO, INMACULADA LAURA

29,000

22

***4819*

VILLORIA LÓPEZ, ALBA MARIA

27,400

23

***5719*

COSTA JUAN, JOSEFINA

26,949

24

***2077*

PALOMARES CABRERA, CARME

26,200

25

***5704*

PERIAGO MARTÍ, ROSER

26,147

26

***0594*

RAMON COSTA, LAURA MARIA

25,833

27

***5185*

RAMON MARI, MARINA

23,000

28

***5189*

ESCANDELL LUCAS, CRISTINA

21,100

29

***7570*

VERDU BORDONADO, ANABEL

21,000

30

***3967*

MURILLO MURILLO, ISMAEL

19,000

31

***5691*

CUEVAS ROMERO, NOEMI

17,000

32

***5889*

SOLERA JIMÉNEZ, MARTA

16,431

33

***5080*

TORRES TAMARIT, ELSA MARIA

12,600

34

***5706*

MORENO TORRES, ALEJANDRO

10,000

35

***5864*

FERRER JUAN, ANA MARIA

10,000

36