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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección II. Autoridades y personal

Subsección segunda. Oposiciones y concursos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

ESCUELA BALEAR DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA (EBAP)

Núm. 520163
Resolución de la consejera de Presidencia y Administraciones Públicas por la que se constituye la bolsa preferente en la isla de Mallorca de personal laboral temporal del Grupo C, Nivel 4, de la categoría técnico/a especialista, especialidad mantenimiento

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Texto

Hechos

1. Mediante la Resolución de 16 de septiembre de 2022 (BOIB núm. 122, de 17 de septiembre) de la consejera de Presidencia, Función Pública e Igualdad se aprobó la convocatoria del proceso excepcional de estabilización por concurso extraordinario de méritos para cubrir las plazas de personal laboral de la Administración general y especial de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.

2. En fecha 17 de noviembre de 2023 se publicaron en el portal del opositor de la CAIB las listas definitivas de valoración de méritos del proceso excepcional de estabilización por concurso extraordinario de méritos para cubrir las plazas de personal laboral técnico especialista, especialidad mantenimiento, en Mallorca, en la que se baremaron con carácter definitivo nueve de un total de diecisiete personas que presentaron solicitud para participar en este procedimiento de estabilización. De estas, dos sacaron una puntuación inferior a 10 puntos.

3. El 4 de enero de 2024 se publicó en el BOIB núm. 2 la Resolución de la consejera de Presidencia y Administraciones Públicas, en la que se adjudicaron las dos plazas que se ofrecían en el proceso de estabilización en la isla de Mallorca de técnico especialista, especialidad mantenimiento.

4. En cumplimiento de lo dispuesto en la base 20 del anexo 2 de la convocatoria del proceso de estabilización, se han llevado a cabo los trámites para revisar y baremar siete de un total de ocho aspirantes que quedaban pendientes, dado que una de las personas aspirantes quedó excluida del procedimiento por no acreditar el cumplimiento del requisito de catalán para participar.

La finalidad de baremarlos, aunque ya se habían adjudicado las dos plazas ofrecidas en estabilización, es a efectos de conformar una bolsa preferente de personal laboral temporal de la mencionada categoría en la isla de Mallorca.

Con esta finalidad, el 1 de agosto de 2024 se publicó en el portal del opositor de la CAIB la lista provisional de puntuaciones obtenidas por los siete aspirantes pendientes de baremar. Contra esta lista no se han presentado alegaciones.

5. En la sesión celebrada el 20 de agosto de 2024, el Tribunal calificador encargado de confeccionar la bolsa preferente en la isla de Mallorca de la categoría técnico/a especialista, especialidad mantenimiento, ha elaborado por orden de mayor a menor puntuación la lista de los aspirantes que deben conformar la bolsa preferente y que se propondrá a la consejera de Presidencia y Administraciones Públicas para su aprobación.

Esta lista está integrada, por un lado, por cinco de las nueve personas que aparecen en la lista definitiva publicada en el portal del opositor el 17 de noviembre de 2023 que han sacado una puntuación de 10 puntos o superior, al excluir de ella dos de los aspirantes que no llegaron a obtener un mínimo de 10 puntos y dos más que ganaron la plaza; y, por otro lado, por los siete aspirantes que han obtenido una puntuación de 10 puntos o superior en la lista provisional de méritos publicada en el portal del opositor el 1 de agosto de 2024.

En los casos en los que se ha producido un empate entre los aspirantes, se ha efectuado el desempate aplicando los criterios de desempate previstos en la base 15.2 del anexo 2 de la convocatoria, tal como queda reflejado en el acta de la sesión del Tribunal calificador efectuada el 20 de agosto de 2024.

Fundamentos de derecho

1. El Decreto ley 6/2022, de 13 de junio, de nuevas medidas urgentes para reducir la temporalidad en el empleo público de las Islas Baleares, en el artículo 24.2 dispone:

2. Las convocatorias de estabilización, por el sistema de concurso de méritos, deberán prever que las personas que no superen el proceso selectivo, y que no tengan la posibilidad de participar en el proceso de estabilización por el sistema de concurso-oposición, por no haber plazas del mismo cuerpo, escala, subescala, clase, especialidad o categoría profesional, convocadas por el sistema de concurso-oposición, deben incluirse en bolsas de personal funcionario interino o de personal laboral temporal, específicas y preferentes a las bolsas ordinarias y/o extraordinarias vigentes en cada una de las administraciones. En estas bolsas se integrarán los candidatos que hayan obtenido la puntuación mínima de 10 puntos.

2. El mencionado precepto legal se desarrolla en la base 20 del anexo 2 de la convocatoria al establecer lo siguiente:

20.1. Las personas que hayan participado en este procedimiento y que no hayan superado el proceso selectivo y no tengan la posibilidad de participar en el proceso de estabilización por el sistema de concurso-oposición, porque no hay plazas de la misma categoría y especialidad convocadas por este sistema, deben incluirse en una bolsa de personal laboral temporal de la categoría y especialidad correspondientes en que hayan participado. Esta bolsa debe tener carácter preferente en cualquier otra bolsa ordinaria y/o extraordinaria que esté vigente en la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.

20.2. A los efectos anteriores, una vez finalizado el proceso selectivo, los Tribunales requerirán a las personas incluidas en la lista informativa de orden de aspirantes de la base 11 que cumplan los requisitos del párrafo anterior y que han declarado que disponen de un mínimo de 10 puntos que, en el plazo de 10 días hábiles, acrediten los méritos alegados en la declaración responsable. Este requerimiento puede hacerse de manera parcial en un porcentaje mínimo correspondiente al 120% de plazas convocadas y respetando la posición de la lista informativa.

El Tribunal debe revisar y baremar los méritos declarados según el procedimiento establecido en las bases 13 y 14, y una vez revisados, conformará una lista por orden de puntuación obtenida con todas las personas que hayan alcanzado un mínimo de 10 puntos.

[...]

20.3. Una vez comprobados los méritos de todos los aspirantes que hayan declarado un mínimo de 10 puntos, debe publicarse la constitución de las bolsas de personal laboral temporal de cada categoría y especialidad correspondiente que derivan de esta convocatoria y que quedarán formadas por islas, según el número más alto de puntuación obtenida una vez revisados los méritos, y siempre que se haya obtenido un mínimo de 10 puntos.

3. Tanto el artículo 20 del Decreto ley 6/2022 como la base 15.2 del anexo 2 de la convocatoria establecen, en relación con los desempates, lo siguiente:

15.2. En caso de que se produzcan empates, deben resolverse atendiendo sucesivamente los siguientes criterios:

1.º La mayor antigüedad en la misma categoría y especialidad acreditada en la administración de la CAIB.

2.º La mayor antigüedad acreditada en la Administración a la que se opta.

3.º La mayor puntuación obtenida en el mérito de cursos de formación.

4.º La mayor puntuación obtenida en el mérito de superación de ejercicios en convocatorias anteriores.

5.º La mayor puntuación acreditada en el conjunto de administraciones y entidades del sector público.

6.º El hecho de ser mujer, en el caso de infrarepresentación del sexo femenino en la categoría y la especialidad de que se trate.

7.º Las personas víctimas de violencia de género.

8.º La persona de más edad.

9.º Si finalmente el empate persiste, deberá hacerse un sorteo.

Por todo ello, dicto la siguiente

Resolución

1. Aprobar la constitución de la bolsa preferente en la isla de Mallorca de personal temporal del Grupo C, Nivel 4, técnico/a especialista, especialidad mantenimiento, de acuerdo con lo dispuesto en la base 20 del anexo 2 de la convocatoria del proceso excepcional de estabilización por concurso extraordinario de méritos para cubrir las plazas de personal laboral de la Administración general y especial de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares aprobada por Resolución de la consejera de Presidencia, Función Pública e Igualdad de 16 de septiembre de 2022 (BOIB núm. 122, de 17 de septiembre).

La composición de la bolsa de trabajo, con las mencionadas exclusiones por no haber alcanzado un mínimo de 10 puntos y con la orden de prelación final, después de aplicar los criterios de desempate, se adjunta como anexo de esta Resolución.

2. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears, en el portal del opositor y en la sede electrónica de la CAIB.

Interposición de recursos

Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, puede interponerse un recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que la dicta en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al que se haya recibido la notificación, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.

También puede interponerse ante la jurisdicción social de Palma en el plazo de dos meses a contar desde la publicación, de acuerdo con los artículos 10.4.a) y concordantes de la Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la jurisdicción social.

 

Palma, en la fecha de la firma electrónica (26 de agosto de 2024)

La consejera de Presidencia y Administraciones Públicas Antònia Maria Estarellas Torrens

 

ANEXO Bolsa preferente del Grupo C, Nivel 4, técnico/a especialista, especialidad mantenimiento, para la isla de Mallorca de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares

CONCURSO TÉCNICO/A ESPECIALISTA, ESPECIALIDAD MANTENIMIENTO MALLORCA

DNI

LINAJES Y NOMBRE

PUNTOS

POSICIÓN

***4384*

CAPO MARTORELL, ANTONI

65,400

1

***3940*

NOGUERA CLAR, BERNARDO

57,300

2

***7444*

VALLE NICOLAU, ANTONIO

51,300

3

***6993*

SOCIAS BENNASSAR, PAU

41,430

4

***0432*

CABOT CANALS, ANTONI

35,000

5

***5768*

RUIZ POU, CARLOS

32,300

6

***9437*

RECASENS OLIVER, JOSEP

20,000

7

***2284*

BOIZA MARTÍNEZ, DAVID

18,666

8

***8354*

MAS OLIVER, MIGUEL

15,300

9

***7133*

FUSTER MARTÍNEZ, MIGUEL

11,200

10

***9621*

CARRETERO PIZA, PEDRO

10,000

11

***8370*

DURAN SERVERA, ANTONI

10,000

12