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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE SALUD

Núm. 519813
Resolución del director general de Investigación en Salud, Formación y Acreditación de las Illes Balears por la que se establece el procedimiento autonómico para obtener el certificado necesario para acceder extraordinariamente al título de especialista en Medicina de Urgencias y Emergencias y se hacen públicas las instrucciones generales del trámite

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Texto

Antecedentes

1. El 6 de agosto de 2024 la consellera de Salud dictó resolución en la que designaba a la Dirección General de Investigación en Salud, Formación y Acreditación como órgano competente para expedir el certificado del ejercicio profesional para el acceso extraordinario al título de especialista en Medicina de Urgencias y Emergencias, que prevé el Real Decreto 610/2024, de 2 de julio (BOIB nº. 105, de 10 de agosto de 2024).

2. Resulta necesario establecer el trámite pertinente, facilitar unas instrucciones dirigidas tanto a interesados como a centros y publicar la documentación de interés relacionada con este procedimiento.

Fundamentos de Derecho

1. Real Decreto 610/2024, de 2 de julio, por el que se establece el título de médico especialista en Medicina de Urgencias y Emergencias y se actualizan diversos aspectos en la formación del título de médico especialista en Medicina Familiar y Comunitaria, que sienta las bases de este procedimiento.

2. Resolución de la consellera de Salud, relativa a la designación del órgano competente para expedir el certificado de acreditación de ejercicio profesional para el acceso extraordinario al título de especialista en Medicina de Urgencias y Emergencias previsto en la disposición transitoria primera del Real Decreto 610/2024, de 2 de julio.

Resolución

1. Establecer el trámite autonómico para solicitar el certificado acreditativo de prestación de servicios.

2. Adjuntar las instrucciones relativas al procedimiento, lista de los centros C.1.1 y C.2.5.7 autorizados y el modelo de documento propuesta que deberán firmar los centros.

3. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

Interposición de recursos

Contra esta Resolución, que no agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso de alzada ante la consellera de Salud en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su fecha de publicación, de acuerdo con el artículo 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y el artículo 58 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, del Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

 

Palma, en fecha de la firma electrónica (21 de agosto de 2024)

El director general de Investigación en Salud, Formación y Acreditación Vicenç Juan Verger

Documentos adjuntos