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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección I. Disposiciones generales

AYUNTAMIENTO DE BUNYOLA

Núm. 516454
Aprobación definitiva del Presupuesto General, Bases de Ejecución, plantilla para el ejercicio 2024

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Habiéndose aprobado definitivamente el expediente de aprobación del presupuesto municipal del ejercicio 2024, por acuerdo de Pleno de fecha 22 de agosto de 2024, y comprensivo aquél del Presupuesto General de este Ayuntamiento, Bases de Ejecución, plantilla de Personal funcionario, laboral y eventual, de conformidad con el artículo 169 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de Haciendas Locales aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo y el artículo 20 del Real Decreto 500/1990 , de 20 de abril, se publica el resumen del mismo por capítulos:

RESUMEN POR CAPÍTULOS

PRESUPUESTO DE INGRESOS 2024

CAPÍTULO

1

IMPUESTOS DIRECTOS

2.519.824,71 euros

2

IMPUESTOS INDIRECTOS

934.274,22 euros

3

TASAS Y OTROS INGRESOS

1.598.126,34 euros

4

TRANSFERENCIAS CORRIENTES

2.458.872,18 euros

5

INGRESOS PATRIMONIALES

61.800,00 euros

 

TOTAL

7.572.897,46 euros

PRESUPUESTO DE GASTOS 2024

CAPÍTULO

1

GASTOS DE PERSONAL

2.496.132,00 euros

2

GASTOS CORRIENTES DE BIENES Y SERVICIOS

3.485.052,61 euros

3

GASTOS FINANCIEROS

48.500,00 euros

4

TRANSFERENCIAS CORRIENTES

958.537,08 euros

5

FONDO DE CONTINGENCIA

75.728,97 euros

6

INVERSIONES REALES

155.183,80 euros

9

PASIVOS FINANCIEROS

353.763,00 euros

 

TOTAL

7.572.897,46 euros

PLANTILLA DE PERSONAL 2024

A) PERSONAL FUNCIONARIO

Denominación

Núm.

Vacantes

Grupo

Observaciones

A.1. HABILITACIÓN DE CARÁCTER NACIONAL

 

 

 

 

1.1.Secretaria-Intervención

 

 

 

 

-Secretario/a

1

1

A1

 

-Interventor/a

1

1

A1

 

-Tresorero/a

1

1

A1

 

A.2. ESCALA DE ADMINISTRACIÓN GENERAL

 

 

 

 

2.1.Subescala Técnica

 

 

 

 

- Técnico/a Superior

2

2

A1

 

2.2.Subescala Administrativa

 

 

 

 

- Administrativo/a

1

1

C1

 

A.3. ESCALA DE ADMINISTRACIÓN ESPECIAL

 

 

 

 

3.1.Subescala Técnica

 

 

 

 

- Técnico/a Superior economista

1

 

A1

 

- Aparejador/a-zelador/a

1

1

A2

 

3.2. Subescala Servicios Especiales

 

 

 

 

- Oficial Policia

2

1

C1

 

- Policia Local

7

2

C1

 

B) PERSONAL LABORAL

Denominación

Núm.

Vacantes

Observaciones

B.1. De actividad permanente y dedicación completa.

 

 

 

- Servicios de Obras

 

 

 

- Oficial 1ª Albañil

1

 

 

- Operario

1

1

 

- Servicios de Mantenimiento

 

 

 

- Oficial 1ª Mantenimiento

1

1

 

- Oficial 2ª Mantenimiento

2

1

 

- Operario Mantenimiento

3

3

 

- Auxiliar Administrativo/a

8

8

 

- Guarda forestal

1

1

 

- Trabajador/a Social

1

1

 

- Coordinador/a Escoleta Municipal

1

 

 

- Educador/a Escoleta Municipal

5

 

 

 

Denominación

Núm. Tiempo parcial

Vacantes

Observaciones

B.2. De actividad temporal y/o dedicación parcial.

 

 

 

- Trabajador/a Familiar

3

3

30 h/semanales

- Guarda forestal

1

1

30 h/semanales

C) PERSONAL EVENTUAL

Denominación

Núm.

Observaciones

- Coordinador/a regidorias

1

 

Contra el presente Acuerdo, conforme al artículo 171.1 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo se podrá interponer recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears, en el plazo de dos meses a contar desde el día de la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso -Administrativa.

Sin perjuicio de ello, según lo fijado en el artículo 171.3 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, la interposición de este recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o Acuerdo impugnado.

(Firmado electrónicamente: 23 de agosto de 2024

El alcalde presidente Juan Antonio Riera Llabrés)