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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

INSTITUTO DE INVESTIGACIÓN Y FORMACIÓN AGROALIMENTARIA Y PESQUERA DE LAS ILLES BALEARS (IRFAP)

Núm. 514220
Propuesta de resolución y Resolución definitiva de inscripción en el Programa de uso de semilla certificada de determinadas especies forrajeras del año 2024 del presidente del IRFAP

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Texto

Antecedentes

El Instituto de Investigación y Formación Agroalimentaria y Pesquera de las Illes Balears (IRFAP) y la Consejería de Agricultura, Pesca y Medio Natural, han iniciado conjuntamente el Programa de uso de semilla certificada de determinadas especies forrajeras del año 2024, en las Illes Balears.

El Programa tiene como objetivo incrementar la investigación agronómica de los cultivos herbáceos extensivos y fomentar el intercambio de información entre los agricultores que formen parte del Programa y los investigadores del IRFAP y técnicos de la Consejería de Agricultura, Pesca y Medio Natural, con el fin de avanzar en aquellos aspectos del manejo de las explotaciones agrarias que supongan mejoras ambientales y agronómicas, en un contexto de cambio climático.

Además, el uso de semilla certificada en los cultivos herbáceos extensivos implica una serie de ventajas para los agricultores/as y ganaderos/as, como son la garantía en cuanto a pureza específica, pureza varietal, elevado nivel de germinación, homogeneidad, sanidad, trazabilidad del material genético y garantía de etiquetaje oficial, entre otras.

De conformidad con el documento publicado en la web del IRFAP, titulado Instrucciones de participación en el Programa de uso de semilla certificada de determinadas especies forrajeras del año 2024, durante el plazo establecido para la inscripción del Trámite 1, que finalizaba el día 17 de junio del 2024, a las 24:00 h, se recibieron un total de 424 inscripciones.

A los efectos de lo establecido en las Bases reguladoras de las ayudas de mínimis del Programa de uso de semilla certificada de determinadas especies forrajeras del año 2024 del convenio (BOIB núm. 86 de 29 de junio de 2024), la Dirección de Desarrollo de la Producción Agraria del IRFAP llevó a cabo el control administrativo y de la documentación aportada en las inscripciones, y notificó individualmente el resultado de este control a todos los solicitantes. Además, en el BOIB Núm. 99 del día 27 de julio de 2024, se publicó el Anuncio del Informe y Propuesta provisional de Resolución de inscripción en el Programa de uso de semilla certificada de determinadas especies forrajeras del año 2024 del director de Desarrollo de la Producción Agraria del IRFAP, con 412 inscritos provisionalmente. Dentro del plazo máximo de 10 días hábiles del que disponían las personas interesadas para presentar alegaciones, sólo se ha recibido una, que ha sido de desistimiento.

En base a todo lo citado, en el Anexo II adjunto, se relacionan los 411 interesados que han presentado, en tiempo y forma, la documentación prevista en las Instrucciones de participación en el Programa de uso de semilla certificada de determinadas especies forrajeras del año 2024, y se ha comprobado que cumplen con los requisitos exigidos para su inscripción en el Programa.

Fundamentos de derecho.

1. Convenio de colaboración entre la Consejería de Agricultura, Pesca y Medio Natural y el Instituto de Investigación y Formación Agroalimentaria y Pesquera de las Illes Balears (IRFAP) para establecer las bases reguladoras de las ayudas al amparo del Programa de uso de semilla certificada de especies forrajeras, del Programa de uso de semilla certificada de especies de cereales y de leguminosas, del Programa de siembra de semilla de determinadas especies melíferas, y del Programa de soporte a la inseminación artificial para la mejora genética del ganado bovino de aptitud lechera, para el mantenimiento de los beneficios ambientales y sociales que genera la actividad agraria en las Illes Balears, publicado en el BOIB núm. 86 de 29 de junio de 2024.

2. Las Instrucciones de participación en el Programa de uso de semilla certificada de determinadas especies forrajeras del año 2024, publicadas en la página web del IRFAP el día 7 de junio de 2024.

3. El Informe y Propuesta provisional de Resolución de inscripción en el Programa de uso de semilla certificada de determinadas especies forrajeras del año 2024 del director de Desarrollo de la Producción Agraria del IRFAP, publicado en la página web del IRFAP el día 25 de julio de 2024.

 

4. El Anuncio del Informe y Propuesta provisional de Resolución de inscripción en el Programa de uso de semilla certificada de determinadas especies forrajeras del año 2024 del director de Desarrollo de la Producción Agraria del IRFAP, publicado en el BOIB Núm. 99 de día 27 de julio de 2024.

Propuesta de resolución definitiva

Por todo esto, se informa favorablemente y propongo al Presidente del IRFAP que dicte la Resolución definitiva de inscripción al Programa de uso de semilla certificada de determinadas especies forrajeras del año 2024, en los términos siguientes:

1. Inscribir a los 411 titulares de explotaciones agrarias, con las superficies y los cultivos detallados en el Anexo II, en el Programa de uso de semilla certificada de determinadas especies forrajeras del año 2024.

2. Notificar esta Resolución definitiva a las personas interesadas.

Interposición de recursos

Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, puede interponerse con carácter potestativo un recurso de reposición frente el presidente del IRFAP, o solicitar su impugnación directamente frente el orden jurisdiccional contencioso administrativo. En el caso de optar por un recurso de reposición, no se podrá interponer un recurso contencioso administrativo hasta que se haya resuelto expresamente el de reposición, o se haya producido su desestimación. El plazo para la interposición del recurso de reposición es de un mes, contador desde el día siguiente a esta publicación en el Boletín Oficial de las Illes Balears. Transcurrido este plazo, únicamente podrá interponerse un recurso contencioso administrativo, sin perjuicio, si fuera el caso, de la procedencia del recurso extraordinario de revisión. Todo lo citado de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas, el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, y el artículo 30 del Decreto 28/2014, de 27 de junio, de aprobación de los estatutos del Instituto de Investigación y Formación Agroalimentaria y Pesquera de las Illes Balears, modificado por el Decreto 37/2022 de 29 de agosto de modificación de los Estatutos aprobados por el Decreto 28/2014, de 27 de junio.

 

Palma, a fecha de la firma electrónica (21 de agosto de 2024)

Propone, El director de Desarrollode la Producción Agraria del IRFAP Jaume Jaume Sureda,

Conforme con la Propuesta, dicto Resolución,

El presidente del IRFAP Joan Simonet Pons

Documentos adjuntos