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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDADES

Núm. 511915
Corrección de errores advertidos en la Resolución del director general de Personal Docente y Centros Concertados por la cual se aprueba la Instrucción 1/2024 para la constitución de las bolsas de crédito horario de las organizaciones sindicales y para la tramitación de las solicitudes de las liberaciones sindicales del sector docente

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Texto

Hechos

1. En el BOIB núm. 96, de 20 de julio de 2024, se publicó la Resolución del director general de Personal Docente y Centros Concertados por la cual se aprueba la Instrucción 1/2024 para la constitución de las bolsas de crédito horario de las organizaciones sindicales y para la tramitación de las solicitudes de las liberaciones sindicales del sector docente.

2. Se han advertido errores en el título de la Resolución y en el anexo 1.

Fundamentos de derecho

1. El artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, dispone que las administraciones públicas pueden rectificar, en cualquier momento, de oficio o a instancia de las personas interesadas, los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos.

2. El director general de Personal Docente y Centros Concertados es el órgano competente en esta materia, de acuerdo con el Acuerdo del Consejo de Gobierno de día 23 de septiembre de 2011 por el cual se adoptan medidas para la reducción del déficit público en relación con la suspensión de la aplicación de pactos y acuerdos subscritos entre la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears y las organizaciones sindicales más representativas relativos al desarrollo de la acción social (BOIB núm. 145, de 27 de septiembre).

Por todo esto, dicto la siguiente

RESOLUCIÓN

1. Corregir los errores advertidos en la Resolución del director general de Personal Docente y Centros Concertados por la cual se aprueba la Instrucción 1/2024 para la constitución de las bolsas de crédito horario de las organizaciones sindicales y para la tramitación de las solicitudes de las liberaciones sindicales del sector docente siguientes:

En el título y en el anexo 1, donde dice:

Instrucción 1/2024 para la constitución de las bolsas de crédito horario de las organizaciones sindicales y para la tramitación de las solicitudes de los liberación sindicales del sector docente

Tiene que decir:

Instrucción 3/2024 para la constitución de las bolsas de crédito horario de las organizaciones sindicales y para la tramitación de las solicitudes de los liberación sindicales del sector docente

2. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

 

Palma, en la fecha de la firma electrónica (20 de agosto de 2024)

El director general de Personal Docente y Centros Concertados Ismael Alonso Sánchez