Sección II. Autoridades y personal
Subsección segunda. Oposiciones y concursos
AYUNTAMIENTO DE LLUCMAJOR
Núm. 506826
Orden de contratar un técnico de grado medio, clase encargado/a personal laboral fijo
Por Resolución de esta Alcaldía n.º 2024002895 de día 13 de agosto de 2024, se ha dictado lo siguiente:
Antecedentes
Primero.- Vista la convocatoria del proceso de estabilización por el sistema de concurso-oposición para la cobertura de una (1) plaza de Encargado/a de la categoría Técnico/a de grado medio, clase Encargado/a, nivel III del Convenio colectivo del Ayuntamiento de Llucmajor, las bases de la cual se publicaron en el BOIB n.º 156, de día 1 de diciembre y el anuncio de la cual se publicó en el BOE n.º 307, de 23 de diciembre de 2022.
Segundo.- Visto el anuncio de valoración de méritos y requisitos de las personas aspirantes, realizado por el Tribunal día 12 de junio de 2024 y publicado el mismo día.
Tercero.- Visto el Decreto 2024002380, de día 5 de julio de 2024 en el cual se establece que el Sr. Sebastián Puig Solivellas, ha superado el proceso selectivo de concurso-oposición.
En consecuencia,
RESUELVO
PRIMERO.- Ordenar la contratación del Sr. Sebastián Puig Solivellas, con DNI **0552***, como personal laboral fijo Encargado, categoría técnico/a de grado medio, clase Encargado/a, nivel III del Convenio colectivo, derivada de la Oferta de Ocupación Pública Extraordinaria de 2022 del Ayuntamiento de Llucmajor.
SEGUNDO.- Publicar esta resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.
TERCERO.- Requerir al Sr. Sebastián Puig Solivellas para que firme contrato en el plazo máximo de tres días hábiles, a contar a partir del día siguiente a la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.
CUARTO.- Dar traslado de esta Resolución al Pleno del Ayuntamiento, así como a la Unidad de Recursos Humanos por su conocimiento y efectos oportunos.
Contra esta resolución los interesados podrán interponer un recurso potestativo de reposición ante este Ayuntamiento, en el plazo de un mes a contar del día siguiente de la publicación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
También podrán interponer alternativamente un recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-administrativo con sede en Palma, en el plazo de dos meses, de conformidad con lo establecido en los artículos 30, 112.3 y 114.1 c) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y 8, 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.
En caso de optar por interponer el recurso de reposición, no se podrá interponer un recurso contencioso-administrativo hasta que se haya notificado la resolución expresa del recurso de reposición o haya transcurrido un mes desde su interposición sin haber recibido la notificación, fecha en que se podrá entender desestimado por silencio administrativo.
Todo ello sin perjuicio de que puedan interponer cualquier otro recurso que estimen oportuno.
Llucmajor, 13 de agosto de 2024
La alcaldesa María Francisca Lascolas Rosselló