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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

AYUNTAMIENTO DE CALVIÀ

Núm. 505972
Resolución de Alcaldía relativa a la modificación del decreto de alcaldía de fecha 13/06/2024 de creación de nuevos mercados periódicos semanales en el municipio de Calvià (El Toro, Magaluf y Palmanova-Son Caliu)

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Texto

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero.- Por Resolución de Alcaldía en fecha 13/06/2024 se crearon los siguientes mercados anuales:

  • MERCADO SEMANAL DE EL TORO; todos los miércoles, en las vías y zonas públicas que se determinan en el Anexo I adjunto, que forma parte integrante de la presente resolución.
  • MERCADO SEMANAL DE PALMANOVA; todos los domingos, en las vías y zonas públicas que se determinan en el Anexo I adjunto, que forma parte integrante de la presente resolución.
  • MERCADO SEMANAL DE MAGALUF; todos los jueves, en las vías y zonas públicas que se determinan en el Anexo I adjunto, que forma parte integrante de la presente resolución.

Segundo.- En el Anexo I del mencionado Decreto de Alcaldía se publicaron los planos de ubicación de los tres mercados creados.

Tercero.- Consta informe jurídico de la sección de Comercio de fecha 07/08/2024.

VALORACIÓN JURÍDICA

Primero.- El artículo 13.2 del Reglamento regulador para la organización, instalación y montaje de los mercados periódicos y temporales en el término municipal de Calvià (BOIB nº 78 de 11/06/2024), establece las competencias de Alcaldía, entre ellas:

“b.- La modificación de la situación y delimitación de los mismos.”

En el mercado de El Toro, hay una nueva distribución de los puestos inicialmente previstos en los planos aprobados y publicados en el BOIB nº88, de 4 de julio de 2024.

Respecto al mercado de Magaluf, se ha decidido trasladar a una nueva ubicación, siendo ésta el aparcamiento de la Avenida Palmeras, al ser insuficiente el espacio inicialmente previsto en la calle Galeón.

Segundo.-El artículo 88.6 de la Ley 39/2015 dispone que “la aceptación de informes o dictámenes servirá de motivación a la resolución cuando se incorporen al texto de la misma”.

Por lo expuesto, a tenor de lo dispuesto en la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, el Reglamento de Mercados y demás legislación aplicable, se dicta la siguiente

RESOLUCIÓN

PRIMERO.- MODIFICAR los planos aprobados por Resolución de Alcaldía de fecha 13/06/2024 de los siguientes mercados:

  • MERCADO SEMANAL DE MAGALUF; en las vías y zonas públicas que se determinan en el Anexo I adjunto, que forma parte integrante de la presente resolución.
  • MERCADO SEMANAL DE EL TORO; en las vías y zonas públicas que se determinan en el Anexo I adjunto, que forma parte integrante de la presente resolución.

SEGUNDO.- CONFIRMAR todas las demás prescripciones de la parte dispositiva de la Resolución de Alcaldía de fecha 13/06/2024.

TERCERO.- ORDENAR la publicación de la presente resolución en el BOIB, en el tablón de anuncios municipal y en la página web municipal.

PIE DE RECURSO. -Lo que traslado a Vd. a los efectos que procedan, significándole que, contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el mismo órgano que la ha dictado, de acuerdo con lo dispuesto en el art. 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. El plazo para interponerlo es de un mes a contar desde el día siguiente al de la recepción de la presente notificación, no pudiendo, en este caso, interponer recurso contencioso-administrativo hasta que se haya resuelto expresamente el de reposición o se haya producido la desestimación presunta del mismo.

El recurso de reposición deberá presentarse en el Registro General de este Ajuntament o en las dependencias y medios a que se refiere el art. 16.4 de la Ley 39/2015 antes citada, y se entenderá desestimado cuando no se resuelva y notifique en el plazo de un mes, a contar del día siguiente a su interposición, quedando en este caso expedita la vía contencioso-administrativa.

De no utilizar el recurso potestativo de reposición, cabe interponer directamente recurso contencioso-administrativo, conforme a lo establecido en el artículo 123 anteriormente citado, y en los artículos 45 y siguientes de la Ley 29/98, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de los de Palma de Mallorca en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la recepción de la presente notificación. Ello sin perjuicio de cualquier otro recurso o acción que se estime pertinente.

 

Calvià, (signat electrònicament: 7 d'agost de 2024)

La tte de alcalde delegada de Turismo, Comercio, Actividades, Playas y Litoral (PD 12/01/2024) Elisa Monserrat Mayol

 

ANEXO I: PLANOS