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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección II. Autoridades y personal

Subsección segunda. Oposiciones y concursos

AYUNTAMIENTO DE CIUTADELLA

Núm. 498198
Modificación de la convocatoria y bases del procedimiento selectivo para proveer, mediante el sistema de promoción interna, dos (2) plazas de oficial policía local, en ejecución de la OPO 2023 y 2024 del Ayuntamiento de Ciutadella de Menorca, aprobadas mediante acuerdo de la Junta de Gobierno municipal de día 22 de mayo de 2024

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Texto

Mediante Resolución núm 2024/LD3003/0001157 de l'Àrea d'Organització i Seguretat Ciutadana de 31 de julio de 2024, se acordó estimar las consideraciones jurídicas incluidas dentro del Oficio presentado por parte del director del Instituto de Seguridad Pública de las Islas Baleares, y en consecuencia, se modificó la convocatoria y bases del procedimiento selectivo para proveer, mediante el sistema de promoción interna, dos (2) plazas de oficial policía local, en ejecución de la OPO 2023 y 2024 del Ayuntamiento de Ciutadella de Menorca, aprobadas mediante acuerdo de la Junta de Gobierno municipal de día 22 de mayo de 2024.

De conformidad, se procede a su publicación en el Boletín Oficial de las Islas Baleares y al tablón de anuncios del sitio web del Ayuntamiento de Ciutadella de Menorca, a los efectos establecidos en el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días hábiles a contar desde el siguiente al de la publicación de esta resolución en el «Boletín Oficial del Estado».

Los restantes y sucesivos anuncios relativos al desarrollo del proceso selectivo se harán públicos en el tablón de anuncios de la web del Ajuntament (www.ajciutadella.org) o en el portal del opositor del Ajuntament de Ciutadella y, además, el nombramiento como funcionarios interinos y la aprobación de la relación de aspirantes que hayan superado el proceso selectivo y formen parte de la bolsa serán publicados en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.

Contra la convocatoria y sus bases, que ponen fin a la vía administrativa, se puede interponer recurso potestativo de reposición ante la Alcaldía en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de las Islas Baleares, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de procedimiento administrativo común.

También se puede interponer el recurso contencioso administrativo ante el Juzgado de este orden jurisdiccional en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente de la publicación en el Boletín Oficial de las Islas Baleares de acuerdo con los artículos 8.2 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso administrativa.

 

(Firmado electrónicamente: 9 de agosto de 2024)

El alcalde Llorenç Ferrer Monjo

 

ANEXO

Se hace público que por Resolución del Área de Organización y Seguridad Ciudadana n.º 2024/LD3003/0001157, de fecha 31 de julio de 2024, se ha resuelto el que sigue:

RESUELVO

PRIMERO.- Estimar las consideraciones jurídicas incluidas en el Oficio presentado por parte del director del Instituto de Seguridad Pública de las Islas Baleares, sr. Vicenç Martorell Palou, en fecha 29/07/2024 de acuerdo con el fundamento jurídico primero del presente informe, en el sentido y con las consecuencias que se especifican a continuación, con conservación de los actos y trámites desarrollados en el proceso de selección, a tenor del que dispone el artículo 51 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre.

SEGUNDO.- Eliminar la base decimotercera, decimocuarta y párrafo tercero de la base undécima, así como enmendar el encabezamiento y base primera y, sin perjuicio de que ahora, en consecuencia, la base decimoquinta sucede a la base decimotercera, de las bases reguladoras del proceso de selección a fin de proveer dos plazas de Oficial de la policía local por el sistema de acceso de promoción interna y mediante concurso-oposición (convocatoria publicada en lo BOIB núm 77, de día 08/06/2024), todo de conformidad con el fundamento jurídico primero del presente informe y con todo, sin afectar al resto de bases reguladoras del proceso selectivo, de acuerdo con la nueva redacción de de las bases que incluye el Anexo del presente informe,

de forma que, en la base undécima, donde dice:

«UNDÉCIMA. Curso de capacitación y periodo de prácticas

La fase de oposición se completa con la superación de un periodo de prácticas.

Este periodo está integrado por la superación tanto del curso de capacitación correspondiente a la categoría de oficial como de la fase de prácticas en el municipio, relacionadas con las propias de esta categoría.

Tanto solo aquellos aspirantes que ya dispongan del curso de capacitación podrán ser nombrados como personal funcionario en prácticas. El resto de aspirantes que no acredite contar con el curso de capacitación, será nombrado como tal una vez superada el mismo.

Las persones aspirantes que no superen el periodo de prácticas de acuerdo con el procedimiento de calificación previsto perderán su derecho a su nombramiento como personal funcionario de carrera de la categoría de oficial de policía local, mediante una resolución motivada de la Alcaldía, a propuesta del órgano responsable de la evaluación del periodo de prácticas.

Si algún aspirante es calificado como no apto en la fase de prácticas, o bien si abandona las prácticas antes de su calificación o es expulsado, en la misma resolución se puede requerir a las personas aspirantes que hayan aprobado todas las pruebas del concurso-oposición, por orden de puntuación obtenida.

La incorporación de estas personas aspirantes en ningún caso se puede realizar en un curso ya iniciado y se tiene que aplazar a comienzos del curso de capacitación inmediatamente posterior.

La resolución mencionada, que agota la vía administrativa, se puede recorrer en los términos que establece la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas».

Tiene que decir:

«UNDÉCIMA. Curso de capacitación y periodo de prácticas

La fase de oposición se completa con la superación de un periodo de prácticas.

Este periodo está integrado por la superación tanto del curso de capacitación correspondiente a la categoría de oficial como de la fase de prácticas en el municipio, relacionadas con las funciones propias de esta categoría.

Las persones aspirantes que no superen el periodo de prácticas de acuerdo con el procedimiento de calificación previsto perderán su derecho al nombramiento como personal funcionario de carrera de la categoría de oficial de policía local, mediante una resolución motivada de la Alcaldía, a propuesta del órgano responsable de la evaluación del periodo de prácticas.

Si algún aspirante es calificado como no apto en la fase de prácticas, o bien si abandona las prácticas antes de su calificación o es expulsado, en la misma resolución se puede requerir a las personas aspirantes que hayan aprobado todas las pruebas del concurso-oposición, por orden de puntuación obtenida.

La incorporación de estas personas aspirantes en ningún caso se puede realizar en un curso ya iniciado y se tiene que aplazar a comienzos del curso de capacitación inmediatamente posterior.

La resolución mencionada, que agota la vía administrativa, se puede recorrer en los términos que establece la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas».

-Al encabezamiento, donde dice:

«Bases para regir el procedimiento selectivo para proveer 2 plazas de oficial de la policía local, por el sistema de promoción interna, en ejecución de lo opo 2023 y 2024 y la posterior constitución de bolsa del Ayuntamiento de Ciutadella de Menorca».

Tiene que decir:

«Bases para regir el procedimiento selectivo para proveer 2 plazas de oficial de la policía local, por el sistema de promoción interna, en ejecución de lo opo 2023 y 2024».

- Igualmente, en la base primera donde dice:

«PRIMERA. Objeto de la convocatoria, procedimiento de selección y normativa

1. La presente convocatoria tiene por objeto regular el proceso selectivo para proveer, como personal funcionario de carrera, dos (2) plazas de la categoría de oficial de la policía local, vacantes y dotadas presupuestariamente, correspondientes a la Oferta de Ocupación Pública del año 2023 (BOIB n.º 62, de día 13 de mayo de 2023) y 2024 (BOIB n.º 28, de día 24 de febrero de 2024), por el sistema de acceso de promoción interna y mediante concurso- oposición así como la posterior constitución de la bolsa correspondiente con los aspirantes que hubieran aprobado todas las pruebas del concurso-oposición por orden de la puntuación obtenida, especificando que la naturaleza de la misma será para cubrir vacantes mediante comisión de servicio [...]».

Tiene que decir:

«PRIMERA. Objeto de la convocatoria, procedimiento de selección y normativa

1. La presente convocatoria tiene por objeto regular el proceso selectivo para proveer, como personal funcionario de carrera, dos (2) plazas de la categoría de oficial de la policía local, vacantes y dotadas presupuestariamente, correspondientes a la Oferta de Ocupación Pública del año 2023 (BOIB n.º 62, de día 13 de mayo de 2023) y 2024 (BOIB n.º 28, de día 24 de febrero de 2024), por el sistema de acceso de promoción interna y mediante concurso- oposición[...]».

TERCERO.- Publicar la presente resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares (BOIB) y en la sede electrónica de este Ayuntamiento, así y como al tablón de anuncios de la sede electrónica municipal o al portal del opositor del Ayuntamiento de Ciutadella, para mayor difusión.

CUARTO.- Disponer que se publique un extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado, a efectos que este anuncio sirva de cómputo para el plazo de presentación de instancias.

QUINTO.- Notificar esta resolución administrativa a las partes interesadas teniendo en cuenta el derecho de audiencia ex art. 118 LPCAP.

SEXTO.- Ratificar esta Resolución en la próxima Junta de gobierno que se celebre.

 

(Firmado electrónicamente: 9 de agosto de 2024)

El alcalde Llorenç Ferrer Monjo