Sección V. Anuncios
Subsección segunda. Otros anuncios oficiales
AYUNTAMIENTO DE INCA
Núm. 495702
Aprobación inicial de la Modificación puntual núm. 16 del PGOU de Inca consistente en el cambio del parámetro de altura de la parcela de la calle Gloria nº 149
Por el ayuntamiento en Pleno, en sesión ordinaria de día 25 de juliol de 2024 se adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo:
«1.- DEJAR SIN EFECTOS el acuerdo de Pleno adoptado en sesión ordinaria de día 30/11/2023, relativo a la aprobación inicial de la propuesta de la Modificación puntual núm. 16 del PGOU de Inca consistente en el cambio de calificación de la parcela de la calle de la Glòria nº 149 de ensanche (EI) a equipamiento sociocultural (SC), redactado por el arquitecto Dª. Teresa Linares Bibiloni.
2.- APROBAR INICIALMENTE la Modificación puntual núm. 16 del PGOU de Inca consistente en el cambio del parámetro de altura de la parcela de la calle Glòria nº 149 de 3 a 4 plantas, redactado por el arquitecto Dª. Teresa Linares Bibiloni.
3.- SOMETER a información pública por el plazo de treinta días (30 días), mediante anuncios que se publicarán en el Boletín Oficial de las Illes Balears, en un diario de mayor difusión de la Comunidad Autónoma y en la sede electrónica del Ayuntamiento, la propuesta de Modificación Puntual y el documento de evaluación ambiental estratégica ordinaria; pueden examinar el expediente en el Área de Urbanismo de este Ayuntamiento para formular las sugerencias y alegaciones que se consideren oportunas.
4.- SUSPENDER el otorgamiento de licencias de parcelación, edificación y demolición en los casos que puedan contradecir las determinaciones previstas en la propuesta de Modificación Puntual.
5.- ACORDAR la no sujeción a evaluación ambiental estratégica simplíficada la presente propuesta de Modificación puntual, de acuerdo con lo previsto en los apartados 4 c) y 5 del artículo 12 de la Decreto legislativo 1/2020, de 28 de agosto, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de evaluación ambiental de las Illes Balears, una vez que ha sido justificado mediante el presente informe-propuesta.
6.- SOLICITAR los informes correspondientes a las Administraciones Públicas que puedan verse afectadas por la presente Modificación puntual de planeamiento, conforme previsto el artículo 55.3 y 6 de la Ley 12/2017, de 29 de diciembre, de urbanismo de las Islas Baleares.
7- NOTIFICAR, personalmente, el presente acuerdo a las personas y/o interesados que como consecuencia de la nueva aprobación inicial se puedan ver afectados.»
(Firmado electrónicamente: 2 de agosto de 2024)
La alcaldesa accidental Maria del Carmen Osés Ramos