Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
AYUNTAMIENTO DE CIUTADELLA
Núm. 493978
Modificación bases generales del concurso oposición para la oferta pública de empleo del Ayuntamiento de Ciutadella 2021, 2022, 2023 y 2024
Se hace pública la modificación que aprueba la resolución de la Alcaldía núm. 214 de 7 de agosto de 2024 de las Bases Generales aprobadas por la Junta de Gobierno en sesión de carácter ordinario de fecha 17 de julio de 2024, que a continuación se transcriben:
MODIFICACIÓN BASES GENERALES DEL CONCURSO OPOSICIÓN PARA LA OFERTA PÚBLICA DE EMPLEO DEL AJUNTAMENT DE CIUTADELLA 2021, 2022, 2023 y 2024
PRIMERO.- Aprobar la modificación de las Bases generales del concurso oposición para la Oferta pública de empleo del Ayuntamiento de Ciutadella de Menorca de los años 2021, 2022, 2023 y 2024, en el sentido siguiente:
BASES GENERALES
Donde dice:
3.1. Plazos
El plazo para librar la solicitud es de veinte días hábiles contados desde el día siguiente a haberse publicado la convocatoria en el Boletín Oficial de las Islas Baleares. Si el último día de presentación de instancias cae en sábado o festivo, se prorroga hasta el día hábil siguiente.
Tiene que decir:
3.1. Publicidad y plazos
Se publicarán las convocatorias, junto con el texto íntegro de las bases reguladoras de las pruebas selectivas, en el Boletín Oficial de las Islas Baleares y en la plataforma municipal https://oposicions.ajciutadella.org. Un extracto de la convocatoria se publicará en el Boletín Oficial del Estado, siendo la fecha de este anuncio la que servirá para el cómputo del plazo de presentación de instancias.
Por lo tanto. el plazo para librar la solicitud será de veinte días hábiles contados desde el día siguiente a haberse publicado cada una de las convocatorias correspondientes en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Si el último día de presentación de instancias cae en sábado o festivo, se prorroga hasta el día hábil siguiente.
En el anexo II,
Donde dice:
2.2.1. Titulaciones académicas oficiales, de estudios finalizados, que tengan relación directa o complementaria con el contenido y el nivel técnico profesional de la plaza a la cual se opta y que no se exijan como requisito en la convocatoria:
• Por cada crédito ..................................... 0,035 puntos
• Por cada 10 horas ................................ 0,035 puntos
Tiene que decir:
2.2.1. Titulaciones académicas oficiales, de estudios finalizados, que tengan relación directa o complementaria con el contenido y el nivel técnico profesional de la plaza a la cual se opta y que no se exijan como requisito en la convocatoria:
• Por cada crédito ..................................... 0,035 puntos
• Por cada 25 horas ................................ 0,035 puntos
Donde dice:
2.2.2. Cursos de formación que tengan relación directa con el contenido profesional y el nivel técnico de la plaza a la cual se opta:
• Con certificado de aprovechamiento ............................ 0,030 p/10 h
• Con certificado de asistencia .............................. 0,025 p/10 h
Tiene que decir:
2.2.2. Cursos de formación que tengan relación directa con el contenido profesional y el nivel técnico de la plaza a la cual se opta:
• Con certificado de aprovechamiento ............................ 0,030 p/10 h
• Con certificado de asistencia .............................. 0,015 p/10 h
SEGUNDO.- Ordenar la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares y el anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado y en la plataforma municipal https://oposicions.ajciutadella.org.
TERCERO.- Comunicar la publicación de esta Resolución a la Junta de personal.
CUARTO.- Ratificar la presente Resolución por la Junta de Gobierno.
Contra este acuerdo, que no pone fin a la vía administrativa, se puede interponer recurso de alzada en el plazo de un mes a partir del día siguiente de haberse publicado. El recurso se puede interponer formalmente ante el mismo Consell Executiu o ante la Comissió de Govern, que es el órgano competente para resolverlo.
Contra la desestimación expresa de este recurso de alzada se puede interponer un recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo contencioso-administrativo de Palma que corresponda, en el plazo de dos meses contadores a partir del día siguiente después de recibir la notificación de la desestimación de este recurso de alzada.
Si han transcurrido tres meses desde la interposición del recurso de alzada y no se ha recibido la notificación expresa, se entiende desestimado por silencio y se puede interponer el recurso contencioso-administrativo ante el juzgado de lo contencioso-administrativo de Palma que corresponda, sin limitación de tiempo.
No obstante, si procede, se puede interponer cualquier otro recurso que considere oportuno. Todo ello, de conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso- administrativa, y de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
(Firmado electrónicamente: 8 de agosto de 2024)
El alcalde Llorenç Ferrer Monjo