Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA E INNOVACIÓN
Núm. 492956
Resolución del consejero de Economía, Hacienda e Innovación, de aprobación y autorización del arrendamiento directo de unas oficinas ubicadas en el edificio ONCE en la calle Foners, 7, de Palma
Hechos
1. El 21 de junio de 2024 tuvo entrada en la Dirección General del Tesoro, Política Financiera y Patrimonio un oficio del secretario general de la Consejería de Agricultura, Pesca y Medio Natural, de 13 de junio de 2024, para tramitar un expediente de arrendamiento directo de unas oficinas (núm. 301 y 302) situadas en el edificio ONCE en la calle Foners, 7, de Palma, destinado a ubicar la oficina de Implantación y Ejecución del Plan Estratégico de Ganadería de las Islas Baleares (Oficina PER).
2. Junto con el oficio, se han remitido, entre otros, los documentos siguientes:
3. El 25 de junio de 2024, vía mail, se notificaron a la Consejería de Agricultura, Pesca y Medio Natural incidencias detectadas en la documentación enviada y se pidió su enmienda para poder continuar con el procedimiento de arrendamiento directo.
4. El 5 de julio de 2024 tuvieron entrada en la Dirección general del Tesoro, Política Financiera y Patrimonio (VALIB 308259) las enmiendas por parte de la Consejería de Agricultura, Pesca y Medio Natural.
5. El 8 de julio de 2024, el Servicio de Patrimonio emitió un informe favorable del expediente de referencia.
6. El 8 de julio de 2024, la directora general del Tesoro, Política Financiera y Patrimonio emitió propuesta de resolución del arrendamiento directo mencionado.
7. El 18 de julio de 2024 la Intervención delegada emitió informe de fiscalización previa favorable.
Fundamentos de derecho
1. El artículo 65 y los siguientes de la Ley 6/2001, de 11 de abril, del patrimonio de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares (BOIB núm. 49, de 24 de abril), el Decreto 127/2005, de 16 de diciembre, por el cual se aprueba el Reglamento de despliegue de la Ley 6/2001, de 11 de abril del patrimonio de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares (BOIB núm. 192, de 24 de diciembre de 2005) y el resto de disposiciones aplicables.
2. Ley 29/1994, de 24 de noviembre, de arrendamientos urbanos y sus modificaciones posteriores.
3. El Decreto 8/2023, de 10 de julio, de la presidenta de las Islas Baleares, por el cual se determina la composición del Gobierno y se establece la estructura de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.
4. El Decreto 9/2023, de 10 de julio, de la presidenta de las Islas Baleares, por el cual se dispone el nombramiento de los miembros del Gobierno de las Islas Baleares.
5. Decreto 16/2023, de 20 de julio, de la presidenta de las Islas Baleares, por el cual se modifica el Decreto 12/2023, de 10 de julio, de la presidenta de las Islas Baleares, por el cual se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.
6. Decreto 56/2023, de 21 de julio, por el cual se dispone el nombramiento de altos cargos de la Consejería de Economía, Hacienda e Innovación.
RESOLUCIÓN
1. Aprobar y autorizar la contratación, de forma directa, del arrendamiento de unas oficinas (núm. 301 y 302) situadas en el edificio ONCE en la calle Foners, 7, de Palma (referencia catastral 0804003DD7800D0001UB), con el propietario, Organización Nacional de Ciegos Españoles, con CIF G72872815, como parte arrendadora, y la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, como parte arrendataria, para ubicar la oficina de Implantación y Ejecución del Plan Estratégico de Ganadería de las Islas Baleares (Oficina PER)..
2. Establecer que el contrato tiene efectos desde la fecha de la firma del mismo, hasta el 30 de noviembre de 2028. El plazo del contrato se establece de manera obligatoria para la parte arrendadora y potestativa para la parte arrendataria.
3. Disponer que se pacta una renta de 1.210 € mensuales, incluido IVA . El precio del arrendamiento no será objeto de revisión periódica a lo largo del contrato principal.
4. Poner el local arrendado a disposición de la Consejería de Agricultura, Pesca y Medio Natural, la cual tiene que adoptar todas las medidas que hagan falta para administrar y de mantener el inmueble en condiciones de servir siempre a la finalidad a que se destina.
5. Anotar las características de este arrendamiento en el Inventario General de Bienes y Derechos de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.
6. Notificar esta Resolución a las partes interesadas y publicarla en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.
Interposición de recursos
Contra esta Resolución —que agota la vía administrativa— se puede interponer recurso potestativo de reposición ante el consejero de Economía, Hacienda e Innovación en el plazo de un mes contador desde el día siguiente de haberse notificado y publicado en el Boletín Oficial de las Islas Baleares, de acuerdo con el artículo 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.
También se puede interponer directamente recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo contencioso administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares en el plazo de dos meses contadores a partir del día siguiente de haberse notificado y publicado la Resolución, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción contenciosa administrativa.
(Firmado electrónicamente: 25 de julio de 2024)
El consejero de Economía, Hacienda e Innovación Antoni Costa Costa