Mediante el Decreto 4/2024, de 17 de mayo, de la presidenta de las Illes Balears, se ha modificado el Decreto 12/2023, de 10 de julio, de la presidenta de las Illes Balears, por la cual se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, modificado por el Decreto16/2023, de 20 de julio, por el Decreto 17/2023, de 23 de agosto y por el Decreto 1/2024, de 4 de enero.
La modificación ha afectado a la estructura de la consejería de Educación y Universidades y, en consecuencia se dictó el Acuerdo de traspaso de personal entre la consejería de Economía, Hacienda e Innovación y la consejería de Educación y Universidades.
Por este motivo, se hace necesario recoger formalmente las funciones en un anexo a la Orden 13/2024 del consejero de Educación y Universidades de 29 de abril de 2024 por la cual se aprueban las funciones de los puestos de trabajo de la Consejería de Educación y Universidades y del Instituto Balear de Infraestructuras y Servicios Educativos (IBISEC).
Por todo esto, de acuerdo con el artículo 34 de la Ley 3/2007, de 27 de marzo, de la Función Pública de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, y en conformidad con las pautas que fija la Instrucción 1/2012, de 28 de febrero, de la directora general de Función Pública, Administraciones Públicas y Calidad de los Servicios por la cual se fijan los criterios para elaborar las órdenes de funciones de los puestos de trabajo del personal funcionario de las diferentes consejerías, dicto la siguiente
ORDEN
Artículo 1
Funciones de los puestos de trabajo de la Consejería de Educación y Universidades
Se aprueban las funciones de los nuevos puestos de trabajo de la Consejería de Educación y Universidades consecuencia del Acuerdo de traspaso de personal entre la consejería de Economía, Hacienda e Innovación y la consejería de Educación y Universidades de acuerdo con lo que establece el anexo 1 de esta Orden, y referidas, únicamente, a las plazas dotadas económicamente en los presupuestos y a las no dotadas en previsión de serlo.
Artículo 2
Descripción de funciones
1. La descripción de funciones de los diferentes puestos de trabajo contenida en los anexos de esta Orden se tiene que considerar como una relación sucinta, de forma que las funciones enumeradas no tienen carácter exhaustivo ni excluyente.
2. Los puestos de trabajo jerarquizados de la Consejería de Educación y Universidades tienen las funciones genéricas que establece el punto II cuarto de la Instrucción 1/2012, de 28 de febrero, de la directora general de Función Pública, Administraciones Públicas y Calidad de los Servicios por la cual se fijan los criterios para confeccionar las órdenes de funciones de los puestos del personal funcionario.
3. Corresponde a los jefes y jefas de servicio y de departamento, en su caso, dirigir, coordinar y supervisar los ritmos de trabajo y la presencia en el puesto de trabajo del personal adscrito al Servicio o al Departamento.
Artículo 3
Régimen de suplencias
1. En el caso de vacante de jefe de departamento o de servicio o en ausencia de la persona titular, tiene que asumir las funciones el jefe o la jefa de departamento o de servicio que designe el órgano directivo al cual está adscrito el puesto de trabajo, todo esto sin perjuicio del régimen ordinario de suplencias que, si procede, se establezca.
2. En el resto de puestos de trabajo vacantes o en ausencia de la persona titular, asume las funciones la persona que ocupa el puesto de trabajo inmediatamente superior jerárquicamente, en conformidad con el anexo 2 .
Disposición derogatoria única
Normas que se derogan
Quedan derogadas todas las disposiciones de rango igual que contradigan lo que dispone esta Orden y, en particular, la Orden del consejero de Fondos Europeos, Universidad i Cultura de 11 de octubre de 2021 (BOIB núm. 142, de 16 de octubre de 2021) por la cual se aprueban las funciones de los puestos de trabajo de la Consejería Fondos Europeos, Universidad y Cultura en relación a estas plazas que se traspasan a la Consejería de Educación y Universidades.
Disposición final única
Entrada en vigor
Esta Orden entrará en vigor el día siguiente de haberse publicado en el Boletín Oficial de las Illes Balears.
Palma, en fecha de la firma electrónica (5 de agosto de 2024)
El consejero de Educación y Universidades Antoni Vera Alemany
ANEXO 1 PUESTOS BASE DE LA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDADES (PALMA) (UNIDAD: EDU0100002)
Puesto base técnico/a superior (F0167027R):
- Realizar las funciones establecidas en el artículo 31 de la Ley 2/2007, de 16 de marzo, de Cuerpos y Escalas de la Administración de la comunidad autónoma de las Illes Balears.
- Llevar a cabo cualquier otra función que le encomiende su superior jerárquico o su superior jerárquica
Puesto base técnico/a superior (F01670119):
- Realizar las funciones establecidas en el artículo 31 de la Ley 2/2007, de 16 de marzo, de Cuerpos y Escalas de la Administración de la comunidad autónoma de las Illes Balears.
- Llevar a cabo cualquier otra función que le encomiende su superior jerárquico o su superior jerárquica
DIRECCIÓN GENERAL DE UNIVERSIDADES, INVESTIGACIÓN Y ENSEÑANZAS ARTÍSTICAS SUPERIORES (PALMA) (UNITAT: EDU1340001)
Jefe/a del Servicio de Planificación de la Investigación (F0114005G)
Bajo la dependencia directa del director o directora general, le corresponde:
- Controlar y coordinar las funciones que se derivan del fomento, la planificación, la coordinación y la evaluación de la investigación y desarrollo tecnológico del sistema balear de I+D.
- Asumir las tareas correspondientes a la Secretaría General de la Comisión Interdepartamental de Ciencia y Tecnología (CICIT) creada por la Ley 7/2022, de 5 de agosto, de la ciencia, la tecnología y la innovación de las Illes Balears.
- Realizar la propuesta de elaboración del borrador del plan de ciencia, tecnología e innovación de las Illes Balears.
- Prestar apoyo a la elaboración y planificación de los programas y acciones concretas del Plan de Ciencia, Tecnología e Innovación de las Illes Balears.
- Prestar apoyo a la gestión del Plan de Ciencia, Tecnología e Innovación de las Illes Balears.
- Realizar el seguimiento del Plan de Ciencia, Tecnología e Innovación de las Illes Balears.
- Prestar apoyo técnico a la Comisión Interdepartamental de Ciencia y Tecnología.
- Relacionarse, colaborar y coordinarse con otros departamentos del Gobierno de las Illes Balears sobre ciencia y tecnología.
- Estudiar y analizar las operaciones o actividades estadísticas que se le asignen o delegarlas, bajo su supervisión.
- Colaborar en la relación institucional con los organismos públicos nacionales en materia de ciencia y tecnología.
- Asistir a reuniones de coordinación con las instituciones estatales competentes en materia de investigación sobre el Sistema de Ciencia Tecnología e Innovación (SICTI).
- Elaborar estudios y análisis relacionados con el Sistema de Ciencia Tecnología e Innovación de las Illes Balears.
- Preparar y hacer el seguimiento de los proyectos de inversión del Servicio de Investigación y Desarrollo.
- Supervisar los resultados de la vigilancia tecnológica y de redes del conocimiento y de las webs de transferencia de conocimiento.
- Participar en la difusión, la divulgación y la comunicación de la ciencia y la tecnología (o I+D).
- Velar por el cumplimiento del principio de transversalidad de género en las actuaciones del Servicio, de acuerdo con lo establecido en el artículo 15 de la Ley Orgánica 3/2007.
- Suplir el jefe o jefa de Servicio de Investigación y Desarrollo en caso de vacante, ausencia o enfermedad.
- Dirigir, coordinar y supervisar el equipo humano de la unidad.
- Proponer los objetivos de la unidad y evaluar su grado de consecución.
- Asesorar a la persona jerárquicamente superior en la materia propia de la unidad.
- Llevar a cabo cualquier otra función que le encomiende la persona jerárquicamente superior.
Jefe/a del Servicio de Investigación y Desarrollo (F01140100)
Bajo la dependencia directa del director o directora general, le corresponde:
- Tramitar y controlar las convocatorias de promoción de la investigación.
- Gestionar y administrar el Plan de Ciencia, Tecnología e Innovación (PCTI) y hacer el seguimiento.
- Preparar, realizar y coordinar los expedientes de subvenciones correspondientes a las convocatorias de los programas de apoyo a la investigación que se deriven del PCTI.
- Tramitar los convenios con los centros de investigación.
- Dar asistencia y apoyo técnico a los programas operativos de los Fondos Europeos.
- Preparar las propuestas de resolución.
- Emitir informes sobre los convenios entre las entidades públicas de investigación y la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
- Efectuar estudios y análisis relacionados con la ciencia y la tecnología.
- Regular aspectos técnicos y jurídicos relacionados con subvenciones en materia de ciencia y tecnología.
- Llevar a cabo la gestión técnica, presupuestaria y administrativa de la coordinación, seguimiento y desarrollo del Plan de Ciencia, Tecnología e Innovación de las Illes Balears.
- Coordinar la temporalización de las convocatorias de subvenciones.
- Encargarse de la coordinación técnica con los centros de investigación.
- Proponer nuevos centros para su conversión en estaciones incluidas dentro de la Red de Estaciones de Investigación de las Illes Balears.
- Establecer relaciones con institutos y centros de investigación para firmar convenios para la puesta en marcha de estaciones de investigación.
- Coordinar y controlar la Red de Estaciones de Investigación de las Illes Balears.
- Participar en la difusión, la divulgación y la comunicación de la ciencia y la tecnología (o I+D).
- Velar por el cumplimiento del principio de transversalidad de género en las actuaciones del Servicio, de acuerdo con lo establecido en el artículo 15 de la Ley Orgánica 3/2007.
- Suplir al jefe o jefa de Servicio y dirigir, coordinar y supervisar el equipo humano de la unidad.
- Proponer los objetivos de la unidad y evaluar su grado de consecución.
- Asesorar a la persona jerárquicamente superior en la materia propia de la unidad.
- Llevar a cabo cualquier otra función que le encomiende la persona jerárquicamente superior.
Jefe/a de la Sección II (F01130143)
Bajo la dependencia del jefe o jefa del Servicio de Planificación de la Investigación, le corresponde:
- Prestar apoyo a la elaboración y planificación de los programas y acciones concretas del Plan de Ciencia, Tecnología e Innovación de las Illes Balears.
- Prestar apoyo a la gestión del Plan de Ciencia, Tecnología e Innovación de las Illes Balears.
- Realizar el seguimiento del Plan de Ciencia, Tecnología e Innovación de las Illes Balears.
- Prestar apoyo técnico a la Comisión Interdepartamental de Ciencia y Tecnología.
- Encargarse de la relación, colaboración y coordinación con otros departamentos de Gobierno de las Illes Balears sobre ciencia y tecnología.
- Colaborar en la relación institucional con los organismos públicos nacionales en materia de ciencia y tecnología.
- Elaborar estudios y análisis relacionados con el Sistema de Ciencia, Tecnología e Innovación de las Illes Balears.
- Llevar a cabo la preparación y seguimiento de los proyectos de inversión del Servicio de Investigación y Desarrollo.
- Suplir al jefe o jefa del Servicio en caso de vacante, ausencia o enfermedad.
- Prestar apoyo técnico al jefe o jefa del Servicio.
- Llevar a cabo cualquier otra función que le encomiende la persona jerárquicamente superior.
Jefe/a de la Sección III (F01130479)
Bajo la dependencia del jefe o jefa del Servicio de Investigación y Desarrollo, le corresponde:
- Desempeñar las funciones genéricas del puesto de trabajo y las específicas de apoyo al jefe o jefa del Servicio de Investigación.
- Redactar los convenios con los centros de investigación.
- Redactar los convenios para las estaciones de investigación integradas dentro de la XEIIB
- Colaborar en la redacción de las propuestas disposiciones normativas derivadas de la Ley 7/2022, de 5 de agosto, de la ciencia, la tecnología y la innovación de las Illes Balears, en coordinación con los servicios jurídicos de la Consejería.
- Redactar las autorizaciones de uso para los grupos de investigación que soliciten utilizar las estaciones de investigación de la XEIIB.
- Tramitar los convenios de colaboración.
- Supervisar las convocatorias de ayudas previamente a la tramitación.
- Emitir informes jurídicos, preparar propuestas de resolución y resolver recursos.
- Tramitar los expedientes de subvenciones nominativas y directas que gestiona el Servicio de Investigación.
- Suplir al jefe o jefa del Servicio en caso de vacante, ausencia o enfermedad.
- Prestar apoyo técnico al jefe o jefa del Servicio.
- Llevar a cabo cualquier otra función que le encomiende la persona jerárquicamente superior.
Jefe/a de la Sección IV (F01130662)
Bajo la dependencia del jefe o jefa del Servicio de Investigación y Desarrollo, le corresponde:
- Gestionar los expedientes de convenios y subvenciones en materia de ciencia y tecnología.
- Regular aspectos técnicos y jurídicos relacionados con subvenciones en materia de ciencia y tecnología.
- Llevar a cabo la gestión técnica, presupuestaria y administrativa de la coordinación, seguimiento y desarrollo del Plan de Ciencia, Tecnología e Innovación de las Illes Balears.
- Coordinar la temporalización de las convocatorias de subvenciones.
- Llevar a cabo la coordinación técnica con los centros de investigación.
- Suplir al jefe o jefa del Servicio en caso de vacante, ausencia o enfermedad.
- Prestar apoyo técnico al jefe o jefa del Servicio.
- Llevar a cabo cualquier otra función que le encomiende la persona jerárquicamente superior.
Jefe/a de la Sección V (F01130667)
Bajo la dependencia del jefe o jefa de Servicio de Investigación y Desarrollo, le corresponde:
- Desempeñar las funciones genéricas del puesto de trabajo y las específicas de apoyo al jefe o jefa del Servicio de Investigación y Desarrollo.
- Preparar la documentación referida a proyectos y programas de investigación y desarrollo.
- Prestar asistencia y apoyo técnico a los programas operativos de los fondos europeos aplicados a la investigación y el desarrollo.
- Redactar las convocatorias de ayudas y subvenciones para la investigación y el desarrollo que se deriven de los fondos europeos.
- Controlar la ejecución de las ayudas y subvenciones para la investigación y el desarrollo derivados de los fondos europeos.
- Tramitar y gestionar los proyectos de fondos europeos relacionados con la investigación (MRR, FEDER, FSE y otros).
- Suplir al jefe o jefa del Servicio en caso de vacante, ausencia o enfermedad.
- Prestar apoyo técnico al jefe o jefa del Servicio.
- Llevar a cabo cualquier otra función que le encomiende la persona jerárquicamente superior.
Jefe/a del Negociado III (F01110931)
Bajo la dependencia del jefe o jefa del Servicio de Investigación y Desarrollo, le corresponde:
- Coordinar las tareas derivadas de los servicios comunes.
- Colaborar en diferentes actuaciones que ponga en funcionamiento el Servicio de Investigación y Desarrollo.
- Prestar apoyo a la tramitación de ayudas.
- Prestar apoyo a la organización de jornadas.
- Ejecutar y gestionar decisiones de órganos y unidades superiores.
- Prestar apoyo administrativo y ofimático al jefe o jefa .
- Llevar a cabo cualquier otra función que le encomiende la persona jerárquicamente superior.