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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

AGENCIA TRIBUTARIA DE LAS ILLES BALEARS

Núm. 491350
Resolución del presidente de la Agencia Tributaria de las Illes Baleares (ATIB) a propuesta del director de la ATIB, por la cual se aprueban las listas definitivas de las personas que acceden a un nuevo nivel correspondiente a la carrera profesional horizontal del personal funcionario de la ATIB y de las personas a las que se les deniega el acceso a un nuevo nivel

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Texto

El director de la Agencia Tributaria de las Illes Baleares (ATIB) ha formulado la siguiente propuesta de resolución:

Antecedentes

1. Mediante el Acuerdo del Consejo General de la ATIB, de 25 de octubre de 2018, se ratificó el Acuerdo de la Mesa de Negociación, de 5 de octubre de 2018, por el cual se aprueba el sistema de evaluación de competencias profesionales que se debe aplicar al personal funcionario de la ATIB.

2. Mediante el Acuerdo del Consejo General, de 14 de diciembre de 2023, se han ratificado los acuerdos de la Mesa de Negociación de la ATIB, de 8 de mayo de 2023, por los cuales se desarrolla la carrera profesional horizontal en el ámbito del personal de la ATIB y el área de valoración "Bloque III. Aprendizaje, docencia y gestión del conocimiento", en el que se determinan los criterios de valoración y el baremo de puntuación aplicable a esta convocatoria (BOIB núm. 173, de 23 de diciembre de 2023).

3. Mediante la Resolución del presidente de la ATIB de 29 de diciembre de 2023 se aprobó la convocatoria ordinaria para acceder a nuevos niveles de carrera profesional horizontal del personal funcionario de la ATIB (BOIB núm. 8, de 16 de enero).

4. Mediante la Resolución del presidente de la ATIB de 15 de mayo de 2024 (BOIB núm. 70, de 28 de mayo), se aprobaron las listas provisionales y se estableció un plazo de diez días hábiles para formular alegaciones.

Estas listas eran las siguientes:

  • La lista provisional de las personas que acceden a un nuevo nivel de carrera con indicación del nivel de carrera que se alcanza y de la fecha de efectos administrativos (anexo 1).
  • La lista provisional de las personas a las que se les deniega el acceso al nivel de carrera con indicación del motivo (anexo 2).

5. El plazo para presentar alegaciones finalizó el 11 de junio de 2024. Durante este plazo, se han presentado 2 alegaciones, ambas estimadas.

6. El comité de valoración, en fecha 2 de julio de 2024, ha resuelto las alegaciones y ha elevado al director de la ATIB las propuestas de listas definitivas siguientes:

  • La lista definitiva de personas que alcanzan un nuevo nivel de carrera profesional con indicación del nivel alcanzado y de la fecha de efectos administrativos.
  • La lista definitiva de las personas a las que se les deniega el acceso a un nuevo nivel de carrera profesional con indicación del motivo.

Fundamentos de derecho

1. El punto 19 del anexo 1 de los acuerdos ratificados por el Acuerdo de 23 de diciembre de 2023 prevé el procedimiento para la obtención de nuevos niveles de carrera profesional, el cual se inicia de oficio mediante la aprobación de una convocatoria y debe tener una duración máxima de seis meses.

2. La disposición transitoria primera, del anexo 1, de los mismos acuerdos, establece los requisitos para poder participar en esta primera convocatoria posterior a los acuerdos de desarrollo del sistema de carrera profesional.

3. La disposición adicional cuarta prevé que, en la convocatoria ordinaria de carrera profesional, las personas solicitantes pueden señalar la fecha en la que se cumplen los requisitos para solicitar el cambio de nivel de entre las determinadas en la convocatoria y, una vez comprobados los requisitos, la resolución que reconozca el nuevo nivel deberá tener efectos administrativos desde la fecha señalada.

También prevé que, en todo caso, y como máximo, los efectos económicos deben ser desde el 1 de enero de 2023 y que, en el supuesto de que no se señale la fecha de cumplimiento de requisitos, esta debe ser el 1 de enero de 2023, tanto económica como administrativamente.

4. La base 5.3 del anexo 1 de la Resolución del presidente de la ATIB, de 29 de diciembre de 2023, establece la creación de un único comité de valoración que se encarga de las solicitudes presentadas por el personal funcionario de todos los subgrupos A1, A2, C1, C2 y AP.

5. La base 5.4 del anexo 1 de la Resolución del presidente de la ATIB, de 29 de diciembre de 2023, establece, entre otras, como función de los comités de valoración, la de elevar al Presidente de la ATIB la lista definitiva de las personas que alcanzan un nuevo nivel de carrera profesional y la lista definitiva de las personas a las que se les deniega la solicitud de acceso al nuevo nivel con indicación del motivo.

6. La base 5.7 establece que, una vez resueltas las alegaciones, el comité de valoración debe elevar una propuesta a la dirección de la ATIB, la cual debe proponer al presidente de la ATIB que dicte una resolución que debe contener los siguientes datos:

  • La lista definitiva de personas que alcanzan un nuevo nivel de carrera profesional con indicación del nivel alcanzado y de la fecha de efectos administrativos.
  • La lista definitiva de las personas a las que se les deniega el acceso a un nuevo nivel de carrera profesional con indicación del motivo.

Esta resolución debe publicarse de la misma manera que se indica para la resolución con las listas provisionales.

Propuesta de resolución

Atendiendo a los antecedentes expuestos, haciendo uso de las atribuciones que en materia de personal me confieren las normas vigentes, propongo al presidente de la ATIB que dicte una resolución en los siguientes términos:

1. Aprobar las listas definitivas siguientes:

  • La lista definitiva de las personas que acceden a un nuevo nivel de carrera con indicación del nivel de carrera que se alcanza y de la fecha de efectos administrativos (anexo 1).
  • La lista definitiva de las personas a las que se les deniega el acceso al nivel de carrera con indicación del motivo (anexo 2).

2. Publicar esta Resolución y los anexos en el Boletín Oficial de las Illes Baleares y en el tablón de anuncios de la sede de la ATIB en Mallorca, así como en los servicios territoriales de Ibiza y Menorca.

Por todo ello, dicto la siguiente

Resolución

Manifestar la conformidad con la propuesta de resolución y dictar resolución en los mismos términos.

Interposición de recursos

Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante el Presidente de la ATIB en el plazo de un mes contado desde el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de las Illes Baleares, de acuerdo con el artículo 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Baleares.

También se puede interponer directamente un recurso contencioso administrativo ante el Juzgado Contencioso Administrativo de Palma en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a la publicación de la Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Baleares, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso administrativa.

 

Palma, (firmado electrónicamente: 1 de agosto de 2024)

El presidente de la Agencia Tributaria de las Illes Baleares Antoni Costa Costa

El director proponente Justo Alberto Roibal Hernández (Orden 22/12/2016, BOIB 163 de 29/12/2016)

 

ANEXO I

Lista definitiva de las personas que acceden a un nuevo nivel de carrera profesional horizontal del personal funcionario de la ATIB:

APELLIDOS Y NOMBRE

NUEVO NIVEL

SUBGRUPO

EFECTOS ADMINISTRATIVOS

AMORAGA GRIMALT, CATALINA

NI

A1

2021

BARCELO BRUYEL, CARMEN

NI

A1

2023

BAUZA SEGUI, MARGARITA

NI

AP

2023

BESPIN OLIVER, MARIA ASUNCION

N III

A1

2021

BESTARD CASAUS, MARIA ROSARIO                    

N IV

A2

2023

BIBILONI MARTINEZ, ELENA

N III

A1

2023

BIBILONI VALLCANERAS, MARIA

N IV

C2

2023

BODAS POL, ESTHER                                

N III

C2

2021

BORNE MAS, ANA MARIA                             

N III

A1

2021

BUJOSA GARI, ANDREU                              

N IV

C2

2023

CABANILLAS DE LA RICA, MARIA TRINIDAD

NIV

C2

2023

CAMPS MORLA, ANNA MARIA

N III

A2

2021

CAÑELLAS CARDONA, MAGDALENA                      

N IV

A1

2023

CARDONA SEGUÍ, MARGARITA

N I

C2

2022

COMA VAQUER, SALVADOR                            

N IV

C2

2021

ESCANDELL MORATO, JOAN FCO

N IV

C2

2023

FIOL ALZAMORA, MARIA MARGARITA

NI

C1

2021

FUSTER ARROM, ANTONIO                            

N III

A1

2021

GARAU GARCIA, MANUEL ANGEL                       

N IV

A2

2021

GARAU PUJOL LEONOR

N II

C1

2021

GAYA CLADERA, ANTONIA

NI

A1

2021

GENOVARD RIBOT, MARGARITA                        

NI

A1

2023

GONZALEZ LOPEZ, RAFAEL

NI

A2

2021

GRAU JOFRE, JUAN CARLOS

N IV

A1

2023

HOLGADO CARDENAS, JOSEFA

NI

C2

2022

HOMAR GRAXELL, BARTOMEU

N IV

C2

2021

HUELS , MICHELLE CAROLINA                        

N III

A1

2023

LLABRES FERRER, MARTA                            

N IV

A1

2021

LLINAS PARETS, COLOMA

N III

C2

2023

LLOR CARDONA, ERNEST XAVIER

N I

C2

2023

LOPEZ NOVES, INMACULADA                          

N IV

C2

2023

MARTIN MEDINA, SUSANA

N II

C2

2021

MAS CORTES, MARIA ISABEL

N IV

C2

2021

MATAS BESTARD, FRANCISCO JAVIER

N III

C2

2021

MENDEZ RODRIGUEZ, MARIA LOURDES                  

N III

A1

2023

MUÑOZ LOPEZ, JOSEFA                              

N IV

C2

2023

NADAL BOVER, JUANA ANA                           

N IV

C2

2023

NADAL GORNALS, JOAN

N I

C2

2023

NAVARRO PEREZ, Mª DEL CARMEN

N II

C2

2023

OBRADOR DE AGUILAR, MARIA SARA

N III

C2

2023

OCAÑA SERRANO SILVIA

N II

C2

2021

PALOU BENITO, MARIA DE LA LUZ                    

N IV

C2

2021

PASCUAL VERD, SANTIAGO VICENTE

N III

C2

2023

PEREZ BUENO, JOAQUIN                             

N III

C2

2021

POL COLL, JUANA

N III

C2

2021

POMAR HERNANDEZ, CATALINA MERCE                  

N IV

A2

2023

PUJOLS SARRIAS, ELISENDA

N III

C2

2023

REUS MESTRE, ANTONI XAVIER                       

N IV

C2

2023

RODRIGUEZ HERNÁNDEZ, JOSEFA

N I

C2

2023

ROIG SARRALDE, MONICA

N IV

C2

2021

ROMERO PEREZ, FRANCISCO JAVIER

N II

C2

2021

RUIZ PORRES, PEDRO ANTONIO                       

NI

A1

2023

SALVA RUIZ, ANTONIA

NI

C2

2023

SANCHEZ BORREGUERO, EULALIA

N IV

C2

2021

SASTRE ROIG, CATALINA MARIA

N II

C2

2023

SAURINA SANCHEZ, ALEJANDRO

N III

C2

2021

SOBERATS CRESPI, MARGARITA                       

N IV

A2

2021

SOGORB TUR, TERESA                               

N IV

C2

2021

SUAU CAIMARI, MARGARITA

N I

C2

2022

TEIXIDOR COLL, MAGDALENA

N IV

A2

2023

VALLS FORTUNY, CRISTINA

N IV

C2

2021

VECINA DIAZ, MARIA CANDELARIA                    

N IV

C2

2021

VELAZQUEZ GARCÍA, SOCORRO

NII

C2

2021

VERGES GIMENEZ, AINA

NII

A2

2021

VILLALONGA PONS, MARIA ANGELES

NIV

C2

2021

VIVO SASTRE, JOAQUIN

NIV

C2

2023

 

ANEXO II

Lista definitiva de las personas a quienes se deniega el acceso a un nuevo nivel de carrera profesional horizontal del personal funcionario de la ATIB:

CERVERÓ DOMENECH, MÒNICA

Motivo de exclusión:

  • No haber obtenido la puntuación mínima exigida en el bloque relativo al aprendizaje, docencia y gestión del conocimiento (base 3, letra e), de la convocatoria.

ROSSI, SEBASTIANO

Motivo de exclusión:

  • No haber ejercido el período mínimo de 5 años (base 3, letra b) de la convocatoria.
  • No haber obtenido la puntuación mínima exigida en el bloc relativo al aprendizaje, docencia y gestión del conocimiento (base 3, letra e) de la convocatoria).