Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDADES
Núm. 491144
Resolución del consejero de Educación y Universidades por la que se autoriza el cambio de la denominación específica del IES Port d'Alcúdia que pasa a denominarse IES Moll Vell
Hechos
1. Mediante la Resolución del consejero de Educación, Universidad e Investigación de 11 de noviembre de 2019 se actualizó la oferta formativa para el curso 2019/2020 de las enseñanzas autorizadas, como consecuencia de la implantación, la supresión y el cambio de perfil o régimen de los ciclos formativos de formación profesional en centros públicos de educación secundaria, en centros integrados de formación profesional y en centros de educación de personas adultas. Como consecuencia de esta autorización la configuración del IES Puerto de Alcudia fue: Educación secundaria obligatoria (de primero a cuarto de la ESO ), 2 unidades de PMAR, que se transformó en el año 2021 en 2 unidades de PDC y 1 unidad UEECO de básica especial.
2. El 26 de julio de 2024, a través del VALIB con número de identificador 314559, el IES Port d'Alcúdia presentó una solicitud de autorización de cambio de denominación del centro a IES Moll Vell. A la solicitud se adjunta un certificado donde se especificó que el cambio de denominación ha sido aprobado por unanimidad en el Consejo Escolar en fecha 27 de junio de 2024, también indicó que se había sido un proceso de participación de toda la comunidad educativa, un procedimiento democrático donde finalmente salió elegida la denominación de MOLL VELL.
3. El 2 de agosto de 2024, la jefa del servicio de Planificación Educativa y después de revisada la documentación, emitió un informe favorable sobre el cambio de denominación del IES Port d'Alcúdia en el IES Moll Vell.
4. El 2 de agosto de 2024, la directora general de Planificación y Gestión Educativas emitió una propuesta de resolución por la que se propone la autorización del cambio de denominación del IES Port d'Alcúdia en el IES Moll Vell .
Fundamentos de derecho
1. La Ley orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del derecho a la educación (BOE núm. 159, de 4 de julio).
2. La Ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación (BOE núm. 106, de 4 de mayo), modificada por la Ley orgánica 3/2020, de 29 de diciembre (BOE núm. 340, de 30 de diciembre).
3. La Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares (BOIB núm. 44, de 3 de abril).
4. La Ley 1/2022, de 8 de marzo, de educación de las Illes Balears, que establece en el artículo 102 de creación de centros, que la creación, la supresión y la transformación de centros públicos corresponde al Gobierno de las Islas Baleares, que debe establecer los tipos de enseñanzas que se desarrollarán (BOIB núm. 38, de 17 de marzo).
5. El Decreto 39/2011, de 29 de abril, por el que se regula la atención a la diversidad y la orientación educativa en los centros educativos no universitarios sostenidos con fondos públicos (BOIB nº67, de 5 de mayo).
6. El Estatuto de autonomía de las Illes Balears, aprobado por la Ley orgánica 1/2007, de 28 de febrero (BOE núm. 52, de 1 de marzo), que establece, en el artículo 36.2 que, en materia de enseñanza, corresponde a la Comunidad Autónoma de las Illes Balears la competencia de desarrollo legislativo y de ejecución de la enseñanza en toda su extensión, niveles y grados, modalidades y especialidades.
7. El Decreto 5/2024, de 29 de mayo, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se modifica el Decreto 12/2023, de 10 de julio, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, modificado por el Decreto 16/2023, de 20 de julio; por el Decreto 17/2023, de 23 de agosto; por el Decreto 1/2024, de 4 de enero, y por el Decreto 4/2024, de 17 de mayo (BOIB núm. 73, de 31 de mayo).
Por todo ello, y de acuerdo con la propuesta formulada por la Dirección General de Planificación y Gestión Educativas con fecha 2 de agosto de 2024, dicto la siguiente
Resolución
1. Autorizar el cambio de la denominación específica del IES Port d'Alcúdia en el IES Moll Vell.
2. Instar a que se actualicen los datos fiscales y sociales del IES Moll Vell e inscribirlos en el Registro estatal de centros docentes no universitarios (RCD) del Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes y en el Registro autonómico de la Consejería de Educación y Universidades estas actualizaciones.
3. Determinar que, como consecuencia de estas modificaciones, el centro queda configurado de la siguiente forma:
Código de centro: 07013590
Denominación genérica: Instituto de educación secundaria
Denominación específica: Moll Vell
Titular: Conselleria d'Educació i Universitats
Domicilio: c/ del Bisbe Pont, s/n
Localidad: Port d'Alcúdia
Municipio: Alcúdia
CP: 07400
Enseñanzas autorizadas:
4. Notificar esta Resolución a la dirección del centro, a la Dirección General de Personal Docente y Centros Concertados y al Departamento de Gestión Económica de la Secretaría General de la Consejería de Educación y Universidades para su conocimiento.
5. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares .
Interposición de recursos
Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer recurso potestativo de reposición ante el consejero de Educación y Universidades en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de la publicación, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.
También se puede interponer directamente un recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente de la publicación, de acuerdo con los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.
Palma, en fecha de la firma electrónica (6 de agosto de 2024)
El consejero de Educación y Universidades Antoni Vera Alemany