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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

CONSEJO DE GOBIERNO

Núm. 485603
Acuerdo del Consejo de Gobierno de 2 de agosto de 2024 por el cual se aprueba la modificación de la relación de puestos de trabajo correspondiente al personal funcionario de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears

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Texto

 

Mediante el Decreto 4/2024, de 17 de mayo, de la presidenta de las Illes Balears, se ha modificado el Decreto 12/2023, de 10 de julio, de la presidenta de las Illes Balears, por el cual se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, modificado por el Decreto 16/2023, de 20 de julio, por el Decreto 17/2023, de 23 de agosto, y por el Decreto 1/2024, de 4 de enero. Modificación que ha afectado a la estructura de la Consejería de Economía, Hacienda e Innovación y de la Consejería de Educación y Universidades.

En la sesión del día 26 de julio de 2024, la PROP.007337532024, incluida en el anexo, fue informada a las organizaciones sindicales representadas en la Mesa Sectorial de Servicios Generales de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

Se consideran los artículos 5.2.e), 31 y 91 de la Ley 3/2007, de 27 de marzo, de la función pública de la comunidad autónoma de las Illes Balears.

Por todo ello, el Consejo de Gobierno a propuesta de la consejera de Presidencia y Administraciones Públicas, en la sesión del día 2 de agosto de 2024 adoptó, entre otros, el Acuerdo siguiente:

Primero. Aprobar las modificaciones puntuales de la Relación de puestos de trabajo correspondiente al personal funcionario de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears que se adjunta como anexo en este Acuerdo.

Segundo. Publicar este Acuerdo y el anexo en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

Tercero. Disponer que este Acuerdo, en relación con los puestos de trabajo recogidos en el anexo, tenga efectos desde el día siguiente a su publicación.

Contra este Acuerdo, que agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante el Consejo de Gobierno en el plazo de un mes contador a partir del día siguiente a su publicación, de acuerdo con el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, y el artículo 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

 

También se puede interponer un recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo contencioso administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears en el plazo de dos meses contadores a partir del día siguiente a su publicación, de acuerdo con los artículos 8.2, 10.1 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, que regula la jurisdicción contencioso-administrativa, sin perjuicio que la persona interesada pueda interponer cualquier otro que considere procedente.

 

Palma, 2 de agosto de 2024

La secretaria del Consejo de Gobierno Antònia Maria Estarellas Torrens

Documentos adjuntos