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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

AYUNTAMIENTO DE FERRERIES

Núm. 484897
Resolución de Alcaldía número 2024/PRE/0000584 de 30/07/2024 por el cual se aprueba el padrón de la tasa para la prestación del servicio de abastecimiento domiciliario de agua y alcantarillado del 2T/2024 y notificación colectiva

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Texto

A efectos de realizar la notificación colectiva - en los términos que se deducen del artículo 102.3 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria- y de someterlos al trámite de información pública, se exponen al público en el Boletín Oficial de las Islas Baleares, el tablón municipal de edictos y en el tablón de edictos de la sede electrónica en un plazo de quince días hábiles, a fin de que quienes se estimen interesados puedan formular observaciones o presentar alegaciones o reclamaciones.

Contra el acto de aprobación de los citados padrones y/o las liquidaciones contenidas en los mismos podrá interponerse recurso previo de reposición ante la Alcaldía en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de finalización del plazo de exposición pública, de acuerdo a lo establecido en el artículo 14 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo.

De conformidad con lo establecido en el artículo 62.3 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, y en el artículo 24 del Reglamento General de Recaudación, aprobado por Real Decreto 939/2005, de 29 de julio, se pone en conocimiento de los contribuyentes que el cobro en período voluntario de la tasa para la prestación del servicio de abastecimiento domiciliario de agua y alcantarillado del segundo trimestre de 2024, será en:

Localidad: Ferreries

Oficina de Recaudación Municipal

Horario: de 9.00h a 14.00h

 

Concepto

Período voluntario

Fecha de cargo en cuenta

Servicio de abastecimiento de agua y alcantarillado 2T/2024

Del 09/08/2024 al 10/10/2024

05/09/2024

Los contribuyentes que hayan recibido el aviso de pago podrán realizar el pago presentándolo en la oficina de recaudación o en las oficinas de las siguientes entidades: Caixabank, Banca March, BBVA, Banco Santander y Caixa Colonya. También podrán realizarlo a través de la sede electrónica del Ayuntamiento de Ferreries o en la oficina de recaudación municipal.

Los contribuyentes que no hayan recibido el aviso de pago podrán pagarlo a través de la sede electrónica del Ayuntamiento de Ferreries o en las oficinas de Recaudación Municipal de Ferreries en el horario y plazo establecidos.

Transcurrido el plazo de ingreso voluntario sin que se haya satisfecho la deuda se iniciará el período ejecutivo -de acuerdo con el tenor de los artículos 26, 28 y 161 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria- que determinará la exigencia de los intereses de demora, así como los recargos que correspondan y, en su caso, los costes del procedimiento de apremio.

 

Ferreries, en la fecha de la firma electrónica (31 de julio de 2024)

El alcalde Pedro Pons Huguet